STSJ Castilla y León 2229/2015, 8 de Octubre de 2015

PonenteJAVIER ORAA GONZALEZ
ECLIES:TSJCL:2015:4452
Número de Recurso359/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución2229/2015
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID

Sala de lo Contencioso Administrativo Sección SEGUNDA

VALLADOLID C/ Angustias s/n

SENTENCIA: 02229/2015

N.I.G: 47186 33 3 2013 0100587

PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000359 /2013 LP

Sobre: URBANISMO

De D./ña. COMUNIDAD DE BIENES DIRECCION000

LETRADO Mª PILAR PEREZ PEREZ

PROCURADOR D./Dª. ANA ISABEL FERNANDEZ MARCOS

Contra D./Dª. AYUNTAMIENTO DE LEÓN

LETRADO ANTONIO FERNANDEZ POLANCO

PROCURADOR D./Dª. JOSE LUIS MORENO GIL

SENTENCIA Nº 2229

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

DOÑA ADRIANA CID PERRINO

En Valladolid, a ocho de octubre de dos mil quince.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso número 359/13, en el que se impugna:

El acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de León, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 29 de enero de 2013, que aprobó definitivamente el Proyecto de modificación del Plan Parcial del Sector de suelo urbanizable delimitado ULD 15-02 "Los Juncales" -de manera indirecta también se ha impugnado el acuerdo que aprobó definitivamente el propio Plan Parcial mencionado, el de 29 de diciembre de 2006 que se publicó en los Boletines Oficiales de Castilla y León y de la Provincia de León de, respectivamente, los días 15 y 19 de febrero de 2007-.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: La Comunidad de Bienes DIRECCION000, C.B., representada por la Procuradora Sra. Fernández Marcos y defendida por la Letrada Sra. Pérez Pérez. Como demandada: El Ayuntamiento de León, representado por el Procurador Sr. Moreno Gil y defendido por el Letrado Sr. Fernández Palacio.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se anule el acto impugnado otorgando la clasificación de suelo urbano tanto a la finca de la demandante como a la vía pública de acceso o bien se de el acceso que se contiene en el informe del Sr. Justiniano, con indemnización de daños y perjuicios, y todo lo demás que sea procedente, debiendo remitirse mandamiento al Registro de la Propiedad nº 3 de León, que ordene cancelar cualquier inscripción contradictoria practicada en el Registro a favor de VIPROELCO S.A., con imposición de costas y con todo lo demás que sea procedente en derecho.

Por otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.

SEGUNDO

En el escrito de contestación del Ayuntamiento demandado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso en su integridad, con todo lo demás que en derecho proceda.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que consta en autos.

CUARTO

Presentado escrito de conclusiones por las partes y declarados conclusos los autos, se señaló para su votación y fallo el pasado día seis de octubre.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto por la Comunidad de Bienes DIRECCION000, C.B. recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de León, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 29 de enero de 2013, que aprobó definitivamente el Proyecto de modificación del Plan Parcial del Sector de suelo urbanizable delimitado ULD 15-02 "Los Juncales" -de manera indirecta también se ha impugnado el acuerdo que aprobó definitivamente el propio Plan Parcial mencionado, el de 29 de diciembre de 2006 que se publicó en los Boletines Oficiales de Castilla y León y de la Provincia de León de, respectivamente, los días 15 y 19 de febrero de 2007-, pretende la parte recurrente que se anule el acto recurrido otorgándose la clasificación de suelo urbano tanto a la finca de que es propietaria como a la vía pública de acceso a la misma o bien que a dicha finca se le dé el acceso que se contiene en el informe del Sr. Justiniano acompañado con la demanda con indemnización de daños y perjuicios (asimismo solicita que se remita mandamiento al Registro de la Propiedad número 3 de León a fin de cancelar cualquier inscripción contradictoria que en él se hubiera practicado a favor de VIPROELCO, S.A.), pretensiones que según es posible ya adelantar deben ser desestimadas.

SEGUNDO

En efecto, en orden a justificar la desestimación del presente recurso que acaba de ser anticipada debe empezarse señalando, como dato clave, que lo recurrido en el proceso no es el acuerdo que aprueba un Plan Parcial...

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