SAP Barcelona 548/2015, 8 de Julio de 2015

PonenteJESUS MARIA BARRIENTOS PACHO
ECLIES:APB:2015:7716
Número de Recurso121/2015
ProcedimientoAPELACIóN FALTAS
Número de Resolución548/2015
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Octava

Rollo.- 121/2015

J.V.F.- 144/2014

Juzg. de Instrucción nº 3 de Manresa (Barcelona)

El Ilmo. Sr. Don JESÚS MARÍA BARRIENTOS PACHO, Magistrado Presidente de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Barcelona, dicta la siguiente

S E N T E N C I A nº

En la ciudad de Barcelona, a ocho de julio de dos mil quince.

VISTO, en nombre de S.M. el Rey, el rollo de apelación penal número 121/2015, dimanante del Juicio Verbal de Faltas 144/2014, seguido en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Manresa (Barcelona), por una falta de estafa, contra la sentencia dictada el día 3 de junio de 2014 ; entre partes, de una y como apelante Carlos José, y como apelado Pablo Jesús, y también el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Manresa (Barcelona), con fecha 3 de junio de 2014, se dictó sentencia en la que se declaraban como probados los siguientes hechos: " Ha quedado acreditado que el día 22 de marzo de 2014, Don Pablo Jesús realizó una transferencia de 155 euros a favor de Don Carlos José por la compra de un móvil Iphone 4S que éste vendía a través de internet, sin que dicha mercancía le fuera entregada ni el dinero devuelto "

Y en la parte dispositiva de esa misma resolución, literalmente se decía que: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Don Carlos José como autor responsable de una Falta contra el Patrimonio del art. 623.4 CP a una pena de 50 días de MULTA con una CUOTA diaria de 6 Euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago a Don Pablo Jesús de la cantidad de 155 Euros en concepto de perjuicios causados, con los intereses del artículo 576 LEC, sin perjuicio del pago de las costas causadas en el presente procedimiento si las hubiere "

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia se interpuso recurso de apelación por Carlos José ; admitido a trámite dicho recurso y conferida a las demás partes el traslado preceptivo a fin de que las mismas pudieran adherirse o impugnar los términos del recurso, evacuado aquel trámite se remitieron las actuaciones a esta sección de la Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos principales, fueron registrados y proveída la designa de Magistrado para su conocimiento, ante quien quedaron los autos para resolver sin más trámite.

HECHOS PROBADOS

Acepto y reproduzco en la alzada los hechos declarados probados en la resolución objeto de recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Viene en apelación el denunciado Carlos José para mostrar su disconformidad con los términos de la resolución recaída en el Juzgado de Instrucción y reproducida arriba tanto en su parte fáctica como en su fallo de...

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    ...la trama la existencia de cuenta corriente en que se efectua el ingreso a nombre del apelante . Como se señala en sentencia de la A.P. de Barcelona de 8 de julio de 2.015 :" que solo éste pudo conocer el ingreso y retirar la práctica totalidad del saldo generado en la misma fecha del ingres......

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