SAP Valladolid 267/2015, 15 de Septiembre de 2015
Ponente | MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO |
ECLI | ES:APVA:2015:874 |
Número de Recurso | 739/2015 |
Procedimiento | APELACION JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 267/2015 |
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
VALLADOLID
SENTENCIA: 00267/2015
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4 de VALLADOLID
Domicilio: C/ ANGUSTIAS Nº 21
Telf: 983 413275-76
Fax: 983 310 333
Modelo: N54550
N.I.G.: 47086 41 2 2015 0100509
ROLLO: RJ APELACION JUICIO DE FALTAS 0000739 /2015
Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de MEDINA DE RIOSECO Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000099 /2015
RECURRENTE: MINISTERIO FISCAL, Esperanza
Procurador/a:, RAUL GARCIA URBON
Letrado/a:, JESUS RODRIGUEZ MERI NO
RECURRIDO/A:
Procurador/a:
Letrado/a:
SENTENCIA Nº 267/15
Ilma. MAGISTRADA Dª. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
En VALLADOLID a quince de septiembre de dos mil quince.
La Ilma. Sra. Doña MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO, Magistrada de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas expresado, siendo partes en esta instancia, como apelante Esperanza, y como apelado, el Ministerio Fiscal.
El Juez de Instrucción nº 1 de Medina de Rioseco, con fecha 21.5.15, dictó sentencia en el Juicio de Faltas de que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:
"UNICO.- Resulta probado que por Sentencia dictada por este Juzgado en Autos de Divorcio Contencioso nº 59/14 se aprobó un régimen de visitas a favor de Isidro respecto de su hija pequeña consistente en fines de semana alternos que comienzan desde la salida del colegio a las 14.30 horas hasta el domingo.
Que el fin de semana del día 10 de abril del año 2015 Esperanza la madre de la niña fue a buscarla al colegio antes de la hora de salida y se la llevó pasando con ella todo el fin de semana que correspondía al padre, y sin aviso al mismo para cambiarlo".
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
"Que debo condenar y condeno a Esperanza como autor de una falta de incumplimiento de las obligaciones familiares previstas en resolución judicial prevista y penada en el art. 618.2 del C.P . a la pena de 20 DIAS de multa a cuota diaria de 12 euros (DOCE EUROS) a abonar en el plazo de 20 DIAS desde que una vez firme la sentencia sea requerida para su pago, con responsabilidad personal subsidiaria del art. 53.1 del C.P ., condenándole, igualmente, al abono...
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...que es adecuada la calificación como delito de falso testimonio, y por eso se desestima este motivo. De igual modo, la SAP de Valladolid, Sección 4ª, de fecha 15/9/2015, sostiene que "El artículo 458 del Código Penal, que regula el delito de falso testimonio, entiende que éste se comete cua......