SAP Cádiz 47/2015, 27 de Febrero de 2015
Ponente | MARIA ISABEL DOMINGUEZ ALVAREZ |
ECLI | ES:APCA:2015:686 |
Número de Recurso | 1/2015 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 47/2015 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ
SECCIÓN CUARTA
SENTENCIA. NUM. 47/2015
PRESIDENTE:
Dª MARIA ISABEL DOMÍNGUEZ ALVAREZ
MAGISTRADOS:
Dª MARIA INMACULADA MONTESINOS PIDAL
D. MIGUEL ANGEL FELIZ Y MARTINEZ
JUZGADO DE MENORES DE ALGECIRAS
EXPEDIENTE DE REFORMA Nº 323/2013
ROLLO DE SALA Nº 1/2015
En la Ciudad de Cádiz, a 27/02/2015.
Vista por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, la causa referenciada al margen, siendo parte apelante Pablo Jesús y Mariana, parte apelada Visitacion y Sabino y ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Dª MARIA ISABEL DOMÍNGUEZ ALVAREZ.
-
- Por el Iltmo. Sr. Magistrado- Juez titular del Juzgado de Menores de Algeciras, con fecha 3/11/2014, se dictó sentencia en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice:
"Que debo imponer e impongo al menor Pablo Jesús, como responsable en concepto de autor de una falta de lesiones, la medida de tres meses de libertad vigilada, así como la obligación de indemnizar, de forma conjunta y solidaria con sus representantes legales, sus padres Amador y Mariana, indemnicen conjunta y solidariamente, a la perjudicada, Visitacion en la cantidad de 844,74 euros."
-
- Contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación del menor, y admitido el recurso en ambos efectos, conferidos los preceptivos traslados, y elevados los autos a esta Audiencia, fue formado el correspondiente rollo. Se designó el Magistrado Ponente antes referido, y se acordó la celebración de vista que tuvo lugar el día 10 de febrero de 2015 a las 9:30 horas. Reunida la Sala quedó votada la sentencia acordándose el Fallo que se expresará.
-
- En la tramitación de este recurso, se han observado todas las formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
UNICO .- Se admiten los hechos declarados como probados en la Sentencia recurrida que es del siguiente tenor literal: ".....que el menor expedientado, Pablo Jesús, a las 14 horas del día 14 de julio de 2013, cuando pasba
en el vehículo de sus padres, en compañía de éstos y de su hermano menor, por la zona de aparcamientos de la playa Calasardina de la localidad de Torreguadiaro (San Roque), tuvieron inicialmente, un enfrentamiento verbal con Visitacion, quien se encontraba esperando a su pareja, en compañía de su hija de siete años, en los aparcamientos de aceso a la citada playa, por obstaculizar ésta el paso del vehículo. Tras la discusión verbal, primero se baja la madre y agarra de los pelos a Visitacion, bajándose a continuación el menor expedientado, quien la cogió por el cuello, arrinconándola contra un vehículo, la tiró al suelo al mismo tiempo que le propinaba varios puñetazos en la cara, llegando en ese instante Sabino, pareja de Visitacion, quien tras atender a su hija, intenta detener la agresión contra ella, recibiendo varias patadas y puñetazos.
Como consecuencia de la agresión, Visitacion sufrió heridas punzantes, erosiones en cara y eritema en cuello. Para su sanidad sólo requirió una primera aistencia facultativa, siendo 10 días los necesarios en curar, todos ellos no impeditivos. Le han quedado secuelas consistentes en cicatriz de 0,5 cm en ala nasal derecha y cicatriz de 0,2 mm en mejilla izquierda.
Como consecuencia de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba