SAP Valencia 365/2015, 15 de Junio de 2015
Ponente | CARLOS ESPARZA OLCINA |
ECLI | ES:APV:2015:2330 |
Número de Recurso | 415/2015 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 365/2015 |
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª |
ROLLO Nº 000415/2015
SECCIÓN 10ª
SENTENCIA nº.365/2015
SECCIÓN DÉCIMA:
Ilustrísimos Sres.:
Presidente:
D. José Enrique de Motta García España
Magistrados/as:
D. Carlos Esparza Olcina
Dª . Ana Delia Muñoz Jiménez
En Valencia, a quince de junio de dos mil quince
Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Modificación Medidas Contencioso nº 000361/2014, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 8 DE VALENCIA, entre partes, de una como parte demandante - apelante, Salvadora representado por el Procurador D/Dª . SUSANA FAZIO LOPEZ y defendido por el Letrado Mª ASUNCION ROSELLO ROS y de otra como parte demandada - apelada, Julián, representada por el Procurador D MARIA DALIA LAFUENTE MARTINEZ y defendido por el Letrado D/Dª CAROLINA LOPEZ PUCHOL.
Es ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª . Carlos Esparza Olcina.
En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO
8 DE VALENCIA, en fecha 3 de noviembre de 2014, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda de modificación de medidas definitivas
adoptadas en sentencia de divorcio 20-6-2011 formulada por DÑA Salvadora contra D. Julián .
Se hace expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte actora.
Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día 15 de junio de 2015 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado prueba.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
La actora interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 8 de Valencia el día 3 de noviembre de 2.014, que desestimó la demanda formalizada por la recurrente para que se estableciera una pensión compensatoria de 800 euros al mes.
Pide la recurrente se le reconozca el derecho a percibir una pensión compensatoria al amparo del artículo 97 del Código Civil . Esta pretensión no puede ser acogida porque en la sentencia de separación de 24 de mayo...
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ATS, 24 de Mayo de 2017
...contra la sentencia dictada, con fecha 15 de junio de 2015, por la Audiencia Provincial de Valencia, sección 10.ª, en el rollo de apelación 415/2015 , dimanante de los autos de juicio de modificación de medidas 361/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Mediante diligencia de ordena......