ATS, 16 de Septiembre de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2015:6836A
Número de Recurso702/2015
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Septiembre de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de BANKINTER S.A., con fecha 20 de febrero de 2015 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 16 de diciembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10ª), en el rollo de apelación nº 707/11 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 820/2010 del Juzgado de primera Instancia 37 de Madrid. La sentencia se dictó tras ser anulada por esta Sala la sentencia de 1 de febrero de 2012 recaída en el mismo procedimiento.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 27 de febrero de 2015 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora Dª Rocío Sampere Meneses, en nombre y representación de BANKINTER S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 5 de marzo de 2015, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª. Icíar de La Peña Argacha, en nombre y representación de D. Armando y Dª Marina ., presentó escrito ante esta Sala con fecha 6 de marzo de 2015 personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D.Francisco Marin Castan

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de BANKINTER S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de BANKINTER S.A., contra la Sentencia dictada, en fecha 16 de diciembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10ª), en el rollo de apelación nº 707/11 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 820/2010 del Juzgado de primera Instancia 37 de Madrid.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR