SAP Santa Cruz de Tenerife 266/2006, 3 de Julio de 2006
Ponente | MARIA ELVIRA AFONSO RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APTF:2006:1788 |
Número de Recurso | 40/2006 |
Número de Resolución | 266/2006 |
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 266/2006
Rollo nº 40/2006
Autos nº 231/2005
Jdo. 1ª Inst. nº 9 de Santa Cruz de Tenerife
Iltmos. Sres.
Presidente:
D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
Magistrados:
D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO
Dña. ELVIRA AFONSO RODRÍGUEZ
En Santa Cruz de Tenerife, a tres de julio de dos mil seis.
Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada la entidad aseguradora MAPFRE GUANARTEME, S.A., contra la sentencia dictada en los autos nº 231/2005, verbal, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Santa Cruz de Tenerife, promovidos por don Jose Enrique , representado por el Procurador don Alejandro Obón Rodríguez y asistido por el Letrado don Ricardo Ruiz Arcos contra la entidad aseguradora MAPFRE GUANARTEME, S.A., representada por el Procurador doña Mercedes Aranaz de la Cuesta y asistida por el Letrado don Francisco Alonso Blanco y contra la entidad mercantil MERCADONA, S.A., en situación de rebeldía procesal; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Dña. ELVIRA AFONSO RODRÍGUEZ, con base en los siguientes:
En los autos indicados el Iltmo. Sr. Magistrado Juez D. Álvaro Gaspar Pardo de Andrade, dictó sentencia el veintiocho de junio de dos mil cinco , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO: Que estimando la demanda formulada por Don Jose Enrique , representado por el Procurador Don Alejandro Obón Rodríguez, contra la entidad Mapfre Guanarteme, Compañía de Seguros y Reaseguros de Canarias, S.A. , representada por la Procuradora Doña Mercedes Aranaz de la Cuesta, y laentidad Mercadona S.A. en situación procesal de rebeldía, debo condenar a éstas abonarle solidariamente dos mil quinientos diez euros con treinta y cinco céntimos de euro (2510,35 €) con más intereses legales y costas.
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandada, se preparó recurso de apelación, se interpuso el mismo, evacuándose el respectivo traslado, formulando oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.
Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 27 de junio de 2006.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
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