SAP Asturias 189/2006, 28 de Mayo de 2006
Ponente | JOSE MANUEL BARRAL DIAZ |
ECLI | ES:APO:2006:1492 |
Número de Recurso | 140/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 189/2006 |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª |
SENTENCIA Nº 189
En el Rollo de apelación núm. 140/06, dimanante de los autos de juicio civil verbal, que con el número 751/05 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia número 3 de los de Oviedo , siendo parte apelante DOÑA Esther , demandante en 1ª Instancia, representada por el Procurador SRA. FELGUEROSO VAZQUEZ y asistida por el Letrado DON ARTURO MENDEZ GARCIA; y como parte apelada ZURICH ESPAÑA CIA DE SEGUROS, demandada en dicha instancia, representada por el Procurador/a SRA. ORIA RODRIGUEZ asistido/a por el Letrado DON ALVARO MENENDEZ ABASCAL; AUCALSA, demandada, representada por la Procuradora SRA. ORIA RODRIGUEZ, y asistida por el Letrado DON RODOLFO ARGUELLES RODRIGUEZ; ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don José Manuel Barral Díaz.
El Juzgado de Primera Instancia núm.3 de los de Oviedo dictó sentencia en fecha 22-12-05 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:" Desestimando la demanda formulada por la procuradora Sra. Felgueroso Vázquez, en nombre y representación de Doña Esther , contra Autopista Concesionario Astur-Leonesa y la aseguradora Zurich, debo absolver y absuelvo a las citadas demandadas de las pretensiones en su contra deducidas, todo ello sin hacer un especial pronunciamiento respecto de las costas procesales causadas."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del cual se dio el preceptivo traslado a las demás partes conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley , que lo evacuaron en plazo con oposición al mismo. Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 4-5- 06.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
La sentencia de primera instancia desestima la demanda al entender no acreditada laresponsabilidad de la demandada, Aucalsa, en cuanto concesionaria de la autopista astur-leonesa, en la producción del accidente de circulación con resultado de daños en la furgoneta propiedad de la actora y conducida por un empleado de ésta.
La Sala debe confirmar la sentencia recurrida, ya que, revisada nuevamente la prueba practicada durante el juicio, llega a igual conclusión desestimatoria. En primer...
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