SAP Asturias 235/2006, 19 de Junio de 2006

PonenteMARIA NURIA ZAMORA PEREZ
ECLIES:APO:2006:2003
Número de Recurso204/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución235/2006
Fecha de Resolución19 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 204/06, en autos de Juicio Verbal (tráfico) nº 219/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Castropol, promovido por ALLIANZ CIA DE SEGUROS, demandada en primera instancia, contra EUROPCAR I.B., S.A. demandante en primera instancia, DON Bruno y DON Luis Andrés , demandados en primera instancia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña Nuria Zamora Pérez.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Castropol dictó Sentencia con fecha tres de enero de dos mil seis , cuya parte dispositiva dice así: Que estimando la demanda formulada por la representación de la entidad EUROPCAR S.A. frente a Don Bruno , Don Luis Andrés y la compañía ALLIANZ, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de

1.738,50 euros, debiendo abonar la compañía aseguradora los correspondientes intereses de demora.

Se impone a la parte demandada el abono de las costas.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la demandada ALLIANZ CIA DE SEGUROS recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día trece de Junio de dos mil seis .TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia estima íntegramente la demanda formulada por EUROPCAR IB, SA, condenando a los demandados a que indemnicen solidariamente al actor, en la suma de 1.738'50€,en concepto de principal, cantidad a la que considera ascienden los perjuicios sufridos por aquella como consecuencia de la paralización del vehículo SEAT Córdoba, matrícula 6843-DDK, durante los quince días que permaneció en el taller para reparar.

SEGUNDO

Recurrida la sentencia por la parte demandada, en concreto por la entidad ALLIANZ, CIA de seguros y reaseguros SA, el recurso se centra en considerar excesiva la indemnización fijada en concepto de lucro cesante.

En primer lugar apunta la recurrente que el plazo de quince días que se dice tardó en realizarse la reparación es excesivo atendida la escasa importancia de los daños sufridos. Alegación que debe ser desestimada.

La reparación del vehículo propiedad de la actora ascendió a la suma de 972'72€, y consistió en el arreglo de la aleta trasera derecha, defensa trasera y tapacubos. Según se dice en la certificación expedida por talleres Bango SL, quien realiza el arreglo, el vehículo permaneció en el taller desde el 8...

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