SAP Orense, 17 de Marzo de 2006

PonenteJOSEFA OTERO SEIVANE
ECLIES:APOU:2006:417
Número de Recurso195/2005
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM.

En la ciudad de Ourense a diecisiete de marzo de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de juicio ordinario procedentes del Juzgado mixto núm. 1 de Ourense, seguidos con el núm. 90/2004, rollo de apelación núm. 195/2005, entre partes, como apelante D. Augusto , representado por la Procuradora Dª. CONCEPCIÓN CONDE LÓPEZ, bajo la dirección del Letrado D. DAVID DE LEÓN REY y, como apelados, GRUPO VITALICIO y D. Guillermo , representadoS por la procuradora Dª. MARTA ORTIZ FUENTES, bajo la dirección de la Abogada Dª. MARÍA VICTORIA FERNÁNDEZ CORRAL. Es ponente la Ilma. Sra. Dª. Josefa Otero Seivane.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado mixto núm. 1 de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 17-1-2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por el procurador Dª. Concepción Conde López, en nombre y representación de D. Augusto contra D. Guillermo y la entidad aseguradora Vitalicio Seguros condenado D. Guillermo y a la entidad aseguradora Vitalicio Seguros a indemnizar solidariamente a D. Augusto en la cantidad de setecientos treinta y seis euros con treinta y un céntimos (736,31 euros) en concepto de daños materiales, en la cantidad de veinte mil ciento cinco euros (20.105 euros) en concepto de daños personales y en mil doscientos cincuenta y siete euros y treinta y ocho céntimos (1.257,38 euros) por gastos médicos y farmacéuticos, cantidades que se incrementarán con el interés previsto en el art. 20 del contrato de seguro, desde la fecha del accidente (11 de julio de 2003 ), hasta el 14 de abril de 2004 y desde esta fecha y hasta el completo pago dichos intereses se aplicarán a la cantidad de 10.071,95 euros. Sin que proceda hacer especial imposición respecto de las costas causadas en esta instancia".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de D. Augusto recurso de apelación en ambos efectos y, seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora interpone recurso frente a la sentencia de instancia discrepando de los pronunciamientos que la misma contiene respecto a incapacidad temporal, secuelas e incapacidad permanente parcial. Sostiene en cuánto a la primera y a las segundas que debe estarse al informe aportadocon la demanda elaborado por el doctor Luis Pedro donde se contemplan 203 días impeditivos, se valoran en 12 y 10 puntos, respectivamente, la hernia o profusión discal cervical y la hernia o protusion...

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