SAP Asturias 207/2005, 1 de Junio de 2005

PonenteMARIA PILAR MURIEL FERNANDEZ-PACHECO
ECLIES:APO:2005:1625
Número de Recurso39/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución207/2005
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 207/05

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000039/2005

Iltmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

Doña Maria del Pilar Muriel Fernández Pacheco

En Oviedo a, 1 de Junio de 2005

VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000440/2004, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 de OVIEDO , Rollo 0000039/2005, entre partes, como Apelante/s FADESA INMOBILIARIA S.A. representada por el procurador de los tribunales D. LUIS DE MIGUEL-BUERES FERNANDEZ, y bajo la dirección letrada de D. JUSTO DE DIEGO MARTINEZ, y como Apelado/s D. Ángel Jesús , María Angeles representados por el procurador de los Tribunales D. JOSE MANUEL TAHOCES BLANCO, y bajo la dirección letrada de D. JESUS DIEZ FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 25 de Octubre de 2004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda promovida por Dª María Angeles Y D. Ángel Jesús , contar FADESA INMOBILIARIA, S.A. sobre incumplimiento de contrato de compraventa, por morosidad en la entrega y defectuosidad en su ejecución,

  1. -Se condena a la entidad demandada a satisfacer a los actores la suma de nueve mil doscientostreinta euros, con cincuenta y ocho céntimos, en concepto de pago de renta de la vivienda y por el alquiler de la plaza de garaje, más los intereses desde la fecha de la presentación de la demanda.

  2. - Se condena a la demandada a subsanar los defectos da que se refiere el informe del Sr. Perito Judicial, dejando los bienes en condiciones de perfecta habitabilidad y acabado, así como a pagar a los actores los gastos de hospedaje de éstos e hija menor durante la realización de las obras de la vivienda y los gastos de guardamuebles, retirada , traslado y colocación posterior, una vez acreditados los mismos

  1. -Sin expresa imposición de costas, debiendo satisfacer

cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte Demandada, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes,no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Dictándose Providencia con señalamiento para el día, 31 de Mayo de 2005 quedando los autos tras la votación y fallo para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña...

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