SAP Pontevedra 592/2005, 21 de Noviembre de 2005
Ponente | FRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO |
ECLI | ES:APPO:2005:667 |
Número de Recurso | 310/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 592/2005 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00592/2005
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000310/2005
Asunto: ORDINARIO 214/04
Jdo. procedencia: PRIMERA INSTANCIA NÚM. 2 DE VILAGARCIA
LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, COMPUESTA POR
LOS ILMOS MAGISTRADOS
D. MANUEL ALMENAR BELENGUER
D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO
Dª MARIA BEGOÑA RODRIGUEZ GONZÁLEZ,
HA DICTADO
EN NOMBRE DEL REY
LA SIGUIENTE
SENTENCIA NÚM.592
En PONTEVEDRA, a veintiuno de Noviembre de dos mil cinco.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000214/2004, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de VILLAGARCIA DE AROSA , a los que ha correspondido el Rollo 0000310/2005, en los que aparece como parte apelante-demandante: D. Carlos , D. Celestina , y como apelado-demandado: LIBERTY INSURANCE representado por el procurador D. Mª DEL CARMEN TORRES ÁLVAREZ, y asistido por el Letrado SR. RODRÍGUEZ DACAL, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vilagarcia, con fecha 8 de abril 2005, sedictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:
"SE DESESTIMA la demanda interpuesta por la procurador Sra. Montans Argüello, en nombre y representación de D Carlos Y Dª Celestina frente a la entidad LIBERTY INSURANCE COMPANY, absolviendo a la demandada de las pretensiones formuladas en su contra, con expresa imposición de las costas causadas en el presente procedimiento a la parte actora."
Contra dicha sentencia, por D. Carlos y D Celestina , se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala y se señaló el día diecisiete noviembre para la deliberación de este recurso.
En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.
Recurren los esposos demandantes en apelación la sentencia de instancia que desestima su pretensión resarcitoria frente a la entidad aseguradora demandada, en reclamación del importe de las minutas de honorarios de abogado y procuradores, de libre designación, que hubieron de satisfacer por la defensa y representación del esposo en un procedimiento judicial promovido por el mismo al objeto de lograr ser indemnizado por las lesiones y secuelas sufridas en un accidente de tráfico, y ello con base en la cobertura de defensa jurídica (garantía de "reclamación de daños") de la póliza de seguro de automóviles concertada con la accionada.
La Juez "a quo" viene a desestimar la demanda por entender que el esposo demandante, cuya exclusiva defensa jurídica es la causa de los gastos reclamados, no goza del derecho de libre elección de profesionales que el art. 42.1 de...
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