SAP Las Palmas 281/1999, 20 de Mayo de 1999

PonenteANGEL GUZMAN MONTESDEOCA ACOSTA
Número de Recurso631/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución281/1999
Fecha de Resolución20 de Mayo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas

SENTENCIA 281

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE:

D. ANGEL MONTESDEOCA ACOSTA

MAGISTRADOS:

D. CARLOS GARCIA VAN ISSCHOT

D. PILAR PAREJO PABLOS

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de Mayo de mil novecientos noventa y nueve

Vistos en grado de apelación por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de esta Capital, los autos de Juicio de Cognición nº 0250/97, del que dimana el presente Rollo de Apelación nº 0631/97, seguidos aquéllos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Arrecife, a instancia de Inocencio , representado en esta alzada por el Procurador D/ña. BERNARDO RODRIGUEZ CABRERA, contra Carlos representado por el Procurador D/ña. ALFREDO CRESPO SANCHEZ; y pendientes en esta Sala de la sustanciación del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia de 31 de mayo de 1997, dictada por el antedicho Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Arrecife, se dictó sentencia en los referidos autos, cuyo Fallo literalmente dice: "Sin entrar a conocer sobre el fondo de la acción ejercitada, dejando imprejuzgada la misma, debo absolver y absuelvo al demandado con expresa condena en costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la precitada sentencia se presentó escrito de recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, dandosele traslado a la parte contraria, que lo impugnó, tras lo cual se elevaron la actuaciones a esta Sala, donde el asunto quedó pendiente para estudio, sin que se hubiese consideradonecesaria la celebración de vista pública.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales salvo el término para dictar sentencia dado el cúmulo de asuntos preferentes a cargo del Ponentey a la enfermedad padecida por éste, entre otras.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ANGEL MONTESDEOCA ACOSTA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor recurre la sentencia de instancia, cuyo fallo hemos transcrito arriba, por entender que no existe falta de litisconsorcio pasivo necesario al no haber demandado a la esposa de la parte adversa y solicita la revocación de aquella resolución con estimación íntegra de la demanda e imposición de costas a la demandada.

El demandado impugna el recurso e interesa su desestimación, aún en el supuesto de que el Tribunal entrara a conocer del fondo del asunto, con condena en costas a la contraria.

SEGUNDO

El actor solicitó en su demanda que se condene al demandado a restituirle el solar o, subsidiariamente, a indemnizarle con la cantidad de cuatrocientas mil pesetas. Para ello se ampara en los artículos 362 y 363 del Código Civil y 1902 de dicho texto legal , invocando la doctrina de la...

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