SAP Barcelona, 31 de Enero de 2001

PonenteMARIA EUGENIA ALEGRET BURGUES
ECLIES:APB:2001:1041
Número de Recurso1341/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución31 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

Dª. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUÉS

Dª. MARTA FONT MARQUINA

Dª. ROSA Mª ARGULLÓ BERENGUER

En la ciudad de Barcelona, a treinta y uno de enero de dos mil uno.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Catorce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Interdicto de Obra Nueva nº 735/99, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona, a instancia de D. Guillermo representado por el Procurador D. Narciso Ranera Cahis y dirigido por el Letrado D. Enric Segu Villuendes, contra C.P. CALLE000 , NUM000 - NUM001 DE BARCELONA, representada por el Procurador D. Antonio de Anzizu Furest, y dirigida por el Letrado D. Ignacio Muller de Dalmases; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora contra la Sentencia dictada en los mismos, el día 4 de Noviembre de 1.999, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de Sentencia apelada cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo mandar como mando alzar la suspensión de la obra ya acordada por los motivos antes expuestos en esta resolución, desestimando la demanda interdictal interpuesta por don Guillermo contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE CALLE000 , NUM000 NUM001 DE BARCELONA, condenando asimismo como condeno al interdictante expresado al abono de las costas procesales devengadas en este juicio sumario.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas ambas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 24 de Enero de 2.001, con el resultado que obra en la precedente diligencia.TERCERO.- En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUÉS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El interdicto de obra nueva conforme se infiere de los artículos 1631 y 1663 de la LEC, tiene por finalidad proteger en juicio especial y sumario la propiedad, posesión o cualquier derecho real singularmente servidumbres que resulten perturbadas por efecto de una obra, mediante la suspensión de la misma en el estado en que se halle sin perjuicio de la posibilidad que tiene el dueño de la obra de pedir en el correspondiente juicio que se declare su derecho a continuarla, o la del promotor del interdicto para establecer de manera definitiva la misma situación de hecho en que se encontraba con anterioridad a la actividad perturbadora denunciada precisándose para su viabilidad los siguientes requisitos: 1º) que se realice una construcción material que ocasione un cambio en el estado presente de las cosas, sea en suelo ajeno, como mantuvo la doctrina tradicional, sea en suelo o terreno propio como proponen las tesis más modernas. 2º) Que con esta operación se perjudique, moleste o se origine algún inconveniente en la propiedad, posesión o derecho real del actor. 3º) Que esta construcción material no esté terminada cuando se formula el interdicto, pues de otra forma su función cautelar o conservativa no tendría razón de ser y 4º) Que no se halle obligado al actor a consentirla.

SEGUNDO

En la amplia gama de protección de intereses a que puede afectar la obra nueva deben entenderse incluidas, conforme a la mayoritaria doctrina de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS 617/2008, 2 de Julio de 2008
    • España
    • 2 Julio 2008
    ...BARCELONA", representada por el Procurador don Francisco Velasco Muñoz-Cuéllar, contra la sentencia dictada en grado de apelación -rollo nº 1341/99-, en fecha 31 de enero de 2001, por la Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, dimanante de autos de interdicto de obra n......
  • ATS, 1 de Febrero de 2005
    • España
    • 1 Febrero 2005
    ...la Sentencia dictada, con fecha 31 de enero de 2001, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 14ª), en el rollo de apelación 1341/1999, dimanante de los autos 735/1999 del Juzgado de Primera Instancia número 50 de - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la indicada parte r......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR