SAP Barcelona 275/2006, 20 de Abril de 2006
Ponente | JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON |
ECLI | ES:APB:2006:4867 |
Número de Recurso | 91/2006 |
Número de Resolución | 275/2006 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª |
SENTENCIA N ú m. 275/2006
Ilmos. Sres.
D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA GASTÓN
D. PAULINO RICO RAJO
Dª. MARÍA JOSÉ PÉREZ TORMO
En la ciudad de Barcelona, a veinte de abril de dos mil seis
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-Segunda de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 1095/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Badalona, a instancia de Dª. Concepción representada por la Procuradora Doña Montserrat Salgado Lafont y asistida por el Letrado Don José María Ruiz Vilallonga, contra D. Serafin representado por la Procuradora Doña Mercè Caba Samper y asistido por el Letrado Don Joan Ramón Pomar Serra; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte DEMANDADA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 4 de Noviembre de 2.005, por el Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del siguiente tenor literal: "FALLO: Se ESTIMA la demanda que interpuso la Procuradora de los Tribunales Dª. Montserrat Salgado Lafont, en nombre y representación de Dª. Concepción contra D. Serafin Y, en consecuencia declaro la división de la vivienda propiedad de ambas partes en mitades indivisas; la extinción del derecho de uso y disfrute de la vivienda litigiosa concedido al Sr. Serafin ; y la no compensación del precio de venta de la cantidad que el Sr. Serafin pagó en concepto de reformas. Todo ello con especial condena en costas a la parte demandada".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma mediante el oportuno escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 5 de Abril de 2006.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sección, DON JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA GASTÓN.
SE ACEPTAN los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, en cuanto no sean contradictorios con los contenidos en la presente resolución, y
La cuestión esencial planteada en la demanda del proceso declarativo ordinario suscitado en el primer orden jurisdiccional, referida a la pretensión de división de la vivienda conyugal, de propiedad compartida entre las partes, cuyo uso fue atribuido al esposo en convenio regulador de la separación y posterior divorcio, no ha sido objeto de controversia en la relación jurídico procesal, al entenderse procedente la finalización de la indivisión del inmueble, en base a las prescripciones de los artículos 400 y siguientes del Código Civil.
El "thema decidendi", objeto de debate jurisdiccional, es el afectante a la pretensión de la accionante de que se declare la extinción del uso de la vivienda, ante la no concurrencia, en la actualidad, de una mayor necesidad del demandado de ocupar tal inmueble, cuya división se ha declarado.
El demandado,...
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