SAP Barcelona 54/2005, 17 de Febrero de 2005

JurisdicciónEspaña
Número de resolución54/2005
Fecha17 Febrero 2005

SENTENCIA N ú m. 54/2005

Ilmos. Sres.

Dª. NURIA BARRIGA LÓPEZ

Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY

Dª. THEA ESPINOSA GOEDERT

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de febrero de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-novena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de menor cuantía nº 39/2000, seguidos por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Sabadell, a instancia de FINANZIA BANCO DE CRÉDITO S.A., contra D/Dª. Juan Miguel y Miguel ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y demandada Juan Miguel contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de diciembre de 2001 , por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por BANCA CATALANA S.A. contra Don Juan Miguel y Don Miguel , debo condenar y condeno a los demandados a satisfacer al actor la suma reclamada de

1.602.381.-ptas.-, más los intereses legales de dicha cantidad desde la liquidación de la deuda hasta la fecha de la presente resolución y a partir de la presente sentencia hasta el efectivo pago deberá observarse lo previsto en el artículo 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Asimismo deberán satisfacerse las costas por mitad."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora y demandada Juan Miguel mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 2 de febrero de 2005.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. THEA ESPINOSA GOEDERT.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de 20 de diciembre de 2001 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Sabadell estimaba `parcialmente la demanda interpuesta por BANCA CATALANA SA contra J Juan Miguel y Miguel y condenaba a los demandados a satisfacer de forma conjunta y solidaria la suma declarada

1.6602.3381 ptas más los intereses legales. Frente a esta resolución recurren en apelación ambas partes litigantes solicitando la revocación de la sentencia. La parte actora funda su recurso en su discrepancia con el fallo al considerar que los intereses de demora pactados del 29% no pueden ser considerados abusivos ni constitutivos de cláusula nula. Por su parte los demandados alegan su disconformidad con la sentencia de instancia por no haberse valorado adecuadamente la confesión de la parte actora.

SEGUNDO

En referencia al motivo que ha integrado el recurso de la parte actora, atendida la aceptación de la suma objeto de la condena en concepto de principal se centra la cuestión debatida en el alcance de los intereses de demora pactados en un 29%. Reconocido es por nuestro TS en sentencias de 18 de febrero de 1991 y de 30 de junio de 1998 , el...

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