SAP Cáceres 530/2014, 17 de Diciembre de 2014

PonenteMARIA FELIX TENA ARAGON
ECLIES:APCC:2014:864
Número de Recurso29/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución530/2014
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CACERES

SENTENCIA: 00530/2014

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 CACERES

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

AVDA. DE LA HISPANIDAD S/N

Tfno.: 927620339 Fax: 927620342

8032V0 SENTENCIA TEXTO LIBRE

Número de Identificación Único: 10037 41 2 2013 0055028

Ejecutoria : 0000029 /2014 Rollo: 0000045 /2013

Órgano Procedencia: de

Proc. Origen: nº /

Contra D/ña. Luis Alberto, Anton, Reyes, Donato, Heraclio, Amparo, Maximo, Sixto, Eulalia, Montserrat, Pedro Antonio, Blas

Procurador/a Sr/a. ANA MARIA CARRETERO ASPACHS, ANTONIO CRESPO CANDELA, CARLOS ALEJO LEAL LOPEZ, ANA MARIA CARRETERO ASPACHS, PABLO GUTIERREZ FERNANDEZ, MARIA CRISTINA DE CAMPOS GINES, JOSEFA MORANO MASA, CARLOS ALEJO LEAL LOPEZ, MARIA CRISTINA DE CAMPOS GINES, CARLOS ALEJO LEAL LOPEZ, MARIA CRISTINA DE CAMPOS GINES, ANTONIO CRESPO CANDELA

Letrado/a. ELIAS CARCEDO FERNANDEZ, LAURA MARTIN MANGAS, EUGENIO DOMINGUEZ RETORTILLO, ELIAS CARCEDO FERNANDEZ, ANGEL LUIS APARICIO JABON, ESTANISLAO MARTIN MARTIN, ANGEL LUIS FERNANDEZ SANZ, EUGENIO DOMINGUEZ RETORTILLO, ESTANISLAO MARTIN MARTIN, EUGENIO DOMINGUEZ RETORTILLO, MARIA DOLORES NERIA CASTELLANO, LAURA MARTIN MANGAS

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA C A C E R E S

S E N T E N C I A Nº 530 - 2014

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

Dª Mª FELIX TENA ARAGON

MAGISTRADOS D. VALENTIN PEREZ APARICIO

D. JESÚS MARÍA GÓMEZ FLORES

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ROLLO Nº: 29/2014

P.P.A. Nº: PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 45/2013

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 2

DE CÁCERES

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En Cáceres, a diecisiete de diciembre de dos mil catorce.

Vista en juicio oral y público, ante la Sección Segunda de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cáceres, la causa seguida ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de Cáceres, por un delito de Tráfico de Drogas Grave Daño a la Salud, contra el inculpado Heraclio, nacido en Cáceres el NUM000 /1961, hijo de Remigio y de Gema, provisto de D.N.I. nº NUM001, con domicilio en CALLE000, NUM002, Portal NUM003, DIRECCION000

, Cáceres, estando representado por el Procurador Sr. Gutiérrez Fernández y defendido por el Letrado, Sr. Aparicio Jabón, contra el inculpado Sixto, nacido en Cáceres el día NUM004 /1993, hijo de Abel y de Soledad, provisto de D.N.I. nº NUM005, con domicilio en CALLE001 NUM006 de Cáceres, estando representado por el Procurador Sr. Alejo Leal López y defendido por el Letrado, Sr. Domínguez Retortillo, contra el inculpado Montserrat, nacido en Cáceres el NUM007 /1971, hijo de Justo y de Soledad, provisto de D.N.I. nº NUM008, con domicilio en CALLE002, NUM009, NUM010, de Cáceres, estando representado por el Procurador Sr. Alejo Leal López y defendido por el Letrado, Sr. Domínguez Retortillo, contra el inculpado Amparo, nacido en Cáceres el . NUM011 /1985, hijo de Severiano y de Natalia, provisto de D.N.I. nº NUM012, con domicilio en CALLE002, NUM009, NUM010 de Cáceres, estando representado por la Procuradora Sra. De Campos Ginés y defendido por el Letrado, Sr. Martín Martín, contra el inculpado Eulalia, nacido en Cáceres el día NUM013 /1972, hijo de Pablo Jesús y de Aida, provisto de D.N.I. nº NUM014, con domicilio en CALLE001 NUM006 de Cáceres, estando representado por la Procuradora Sra. De Campo Ginés y defendido por el Letrado, Sr. Martín Martín contra el inculpado Luis Alberto, nacido en Cáceres el NUM015 /1973, hijo de Faustino y de Rosaura, provisto de D.N.I. nº NUM016, con domicilio en CALLE001 NUM006 de Cáceres, estando representado por la Procuradora Sra. Carretero Aspachs y defendido por el Letrado, Sr. Carcedo Fernández y contra el inculpado Donato, nacido en Cáceres el NUM017 /1990, hijo de Faustino y de Aida, provisto de D.N.I. nº NUM018, con domicilio en FINCA000 de Cáceres, estando representado por la Procuradora Sra. Carretero Aspachs y defendido por el Letrado, Sr. Carcedo Fernández y siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero

Que por el Ministerio Fiscal se calificaron los hechos como constitutivos de un delito de A) Un delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud del art. 368 del CP . B) Un delito de tenencia ilícita de armas del art. 564.1.2° del CP . Del delito A), responden en concepto de AUTORES del art. 28 del CF, todos los acusados. Del delito B), responde en concepto de AUTOR del art. 28 del CP, el acusado Donato . Concurren en los acusados Luis Alberto, Heraclio la circunstancia agravante de reincidencia del art. 22.8 del GP, no concurriendo en el resto de los acusados ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal. Procede imponer las siguientes penas: Al acusado Luis Alberto por el delito A) las penas de SEIS AÑOS DE PRISION, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de l2.000 euros..Al acusado Donato por el delito A)las penas de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de 2 meses de privación de libertad conforme con el art. 53 del CP . Por el delito B): Las penas de NUEVE MESES DE PRISION e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Al acusado Heraclio :

las penas de CINCO AÑOS Y DOS MESES DE PRISIÓN inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de l2.000 euros. Al acusado Sixto : las penas de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de 2 meses de privación de libertad conforme con el art. 53 del CP . A la acusada Amparo : las penas de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de 2 meses de privación de libertad conforme con el art. 53 del CP . A la acusada Eulalia : las penas de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de 2 meses de privación de libertad conforme con el art. 53 del CP . A la acusada Montserrat : las penas de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de 2 meses de privación de libertad conforme con el art. 53 del CP .

OTROSI: Conforme con lo dispuesto en el art. 127 del CP, se interesa el comiso de los siguientes bienes inmuebles: : vivienda unifamiliar de la CALLE001 NUM006, en la que figura como titular al 100% el acusado Luis Alberto, FINCA000 con sus 2 chalets, uno utilizado como segunda residencia por el acusado Luis Alberto, y el otro que constituye el domicilio del acusado Donato y piso en la localidad de La Garrucha de Almería, cuya titularidad real corresponde al acusado Luis Alberto aun cuando a efectos meramente formales se haya hecho constar como titular a su madre Rosaura . Así como el comiso de todos los efectos intervenidos en los registros domiciliarios, de todos los vehículos intervenidos, a saber: Los intervenidos a la familia Luis Alberto, Eulalia, Donato Y Amparo Volkswagen Golf ....QQQ vehículo que, aunque formalmente conste de la titularidad de Maximo, el titular real y quien usualmente ha utilizado el mismo para los desplazamientos que realiza en el desarrollo de su actividad de adquisición y distribución de sustancia estupefaciente es Donato -, CITROEN XSARA ....WWW, MITSUBISHI MONTERO EO ...., Volkswagen Golf .... GGQ vehículo

que formalmente figura a nombre de Adriano, pero cuya titularidad real corresponde a Pedro Antonio, que además es quien hace uso del mismo y lo utiliza en sus desplazamientos para actividades relacionadas con el tráfico de drogas-, Mercedes Benz ....HHH, Ford Tourneo ....KKK, BMW RT .... UQ . MINI COOPER Y....YY

, CITROEN C2 ....FFF, SEAT600 R....R, BMW ....YYY, HONDA CIVIC 1102 - cuya titularidad formal

corresponde al hijo de Luis Alberto, Arsenio, pero cuya titularidad real corresponde al propio Luis Alberto, quien dispone del mismo y lo ha utilizado en algunos de los desplazamientos relacionados con su actividad de tráfico de sustancia estupefaciente, bien conducido directamente por el mismo, bien por el también acusado Maximo -, QUAD HONDA I....FFX, MOTO ENDURO DTM, sin matrícula, minimoto infantil tipo custom color plata, minimoto infantil KTM SX65 color naranja, moto de agua BOMBARDIER n° de referencia CA 20-04, con su remolque. Los intervenidos al acusado Heraclio CITROEN ZX CC 99 L y motocicleta YAMAHA PK ....

W . Y el vehículo intervenido a la acusada Montserrat : XSARA PICASSO m ....DDD ; así como el comiso

de todo el dinero intervenido a los acusados y en sus respectivos domicilios. A todo lo decomisado, deberá dársele el destino legal.

Segundo

Que evacuado el traslado conferido a las defensas de los acusado para calificación, expresa su disconformidad con los hechos del Mº Fiscal, manifestando que al no existir hechos delictivos no existe delito alguno, por lo que si no hay delito ni responsabilidad, no hay circunstancias modificativas, solicitando la libre absolución de su defendido.

Tercero

Que celebrado el correspondiente juicio oral, en el trámite de conclusiones a definitivas, el Ministerio Fiscal elevó las provisionales relativas a los acusados en la presente causa, con exclusión de las...

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