SAP Huesca, 29 de Diciembre de 1997
Ponente | GONZALO GUTIERREZ CELMA |
Número de Recurso | 83/1997 |
Procedimiento | PENAL |
Fecha de Resolución | 29 de Diciembre de 1997 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huesca |
Sentencia Apelación Penal Número 136/229
En la Ciudad de Huesca, a veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y siete.
Visto en nombre del Rey por esta Audiencia Provin-cial, constituida en esta ocasión por el Ilmo. Sr. Magistrado don Gonzalo Gutiérrez Celma, en grado de apelación, el Juicio de Faltas número 125/1997, proce-dente del Juzgado de Instrucción de Barbastro, seguido ante el expresado Juzgado entre Maite , Federico y Jorge , Salvador , Alicia , Luis Antonio , Eugenia y las Cías. aseguradoras Mapfre y Bansyr; en virtud del recurso de apelación inter-puesto por la Cía. Aseguradora Bansyr S.A., que ha queda-do regis-trado en este Tribu-nal al número 83 del año 1997, en el que apare-cen y son de aplica-ción los siguien-tes:
Se aceptan y dan por reproducidos los expuestos en la resolución impugnada.
En el juicio antes reseñado, se dictó la Sentencia combatida en la que se pronunció, literalmente, la siguiente parte dispositiva: "FALLO.- Que debo condenar y condeno a Salvador como autor de una falta de imprudencia prevista y penada en el art. 621.2º del vigente Código Penal , a las penas de un mes de multa, en cuantía de 90.000 pesetas y la retirada del permiso de conducir durante tres meses, así como a que en concepto de responsabilidad civil indemnice, solidariamen-te con la Cía. Bansyr, a Maite en la suma total de 60.863.307 pesetas, a Federico en la suma de 5.250.000 pesetas, a Jorge en 5.250.000 pesetas, a Luis Antonio en la cantidad de 3.192.626 pesetas, a Valentín en la suma de 4.402.704 pesetas, a Luis Antonio en 12.316.790 pesetas, a Eugenia en la cantidad total de 4.555.211 pesetas, con condena a la Cía. Aseguradora del interés legal incrementado en un 50% desde la fecha del siniestro al total pago, y condenando al Sr. Salvador , asimismo, al pago de las costas procesales". Asimismo, con fecha diecisiete de abril de mil novecientos noventa y siete, por dicho Juzgado se dictó auto aclaratorio con la siguiente parte dispositiva:" Que debo condenar y condeno a Salvador como autor de una falta de impruden-cia prevista y penada en el art. 621.2º del vigente Código Penal , a las penas de un mes de multa, en cuantía de 90.000 pesetas y la retirada del permiso de conducir durante tres meses, así como a que en concepto de responsabilidad civil indemnice, solidariamen-te con la Cía. Bansyr, a Maite en la suma total de 60.863.307 pesetas, a Federico en la suma de 5.250.000 pesetas, a Jorge en 5.250.000 pesetas, a Luis Antonio en la cantidad de 3.192.626 pesetas, a Valentín en la suma de 4.402.704 pesetas, a Luis Antonio en 12.316.790 pesetas, a Eugenia en la cantidad total de 4.555.211 pesetas y al Ministerio de Fomento en la cantidad de
75.689 pesetas, con condena a la Cía. Asegura-dora del interés legal incrementa-do en un 50% desde la fecha del siniestro al total pago, y condenando al Sr. Salvador , asimismo, al pago de las costas procesales"
Notificada a las partes la indicada Sentencia, inter-puso Bansyr S.A. el presen-te recurso de apela-ción, alegando los motivos que estimó procedentes y que luego se estudiarán, solicitando una sentencia por la que, revocando la dictada en primera instancia, se procediera a modificar las indemnizaciones fijadas en sentencia. El Juzgado tuvo por interpuesto en tiempo y forma el indicado recurso de apela-ción y, de conformidad con el artícu-lo 795 párrafo 4º, al que se remite el artículo 976, dio traslado a las partes personadas por un plazo común de diez días, siendo evacuado por Maite , Federico , Jorge , Luis Antonio , Valentín , Luis Antonio y Eugenia , quienes solicitaron la confirmación de la sentenciarecurrida. Seguida-mente, fueron elevadas las actuacio- nes a este Tribu-nal.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan y dan por reproducidos los así...
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...se aplicó por analogía el factor del doble fallecimiento de los padres, previsto en el sistema administrativo de 1991338. La SAP de Huesca de 29 de diciembre de 1997 corresponde a una perjudicada por el fallecimiento de su madre y de su hija mayor no conviviente, aplicándose por analogía el......
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El resarcimiento de los perjuicios morales excepcionales causados por la muerte. El caso balear de la víctima hija única que deja padre viudo y dos hijas menores sin padre conocido. Comentario a la STS (Sala 2ª) de 15 de febrero de 2001
...se aplicó por analogía el factor del doble fallecimiento de los padres, previsto en el sistema administrativo de 1991338. La SAP de Huesca de 29 de diciembre de 1997 corresponde a una perjudicada por el fallecimiento de su madre y de su hija mayor no conviviente, aplicándose por analogía el......
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Crítica a la aplicación analógica del factor de corrección por el doble fallecimiento de los padres
...se aplicó por analogía el factor del doble fallecimiento de los padres, previsto en el sistema administrativo de 1991338. La SAP de Huesca de 29 de diciembre de 1997 corresponde a una perjudicada por el fallecimiento de su madre y de su hija mayor no conviviente, aplicándose por analogía el......