STSJ Comunidad de Madrid 418/2015, 15 de Junio de 2015

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2015:7740
Número de Recurso213/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución418/2015
Fecha de Resolución15 de Junio de 2015
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931967

Fax: 914931961

34002650

ROLLO Nº: RSU 213/2015

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: DESPIDO

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 2 DE MÓSTOLES

Autos de Origen: DEMANDA 725-2014

RECURRENTE/S:DOÑA Marta

RECURRIDO/S: AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID, a quince de junio de dos mil quince.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID, formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 418

En el recurso de suplicación nº 213/2015 interpuesto por la Letrada DOÑA LAURA PALMA CARPIO, en nombre y representación de DOÑA Marta, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº

2 DE MÓSTOLES, de fecha DIEZ DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE, ha sido Ponente el Ilmo. Sr.

D. BENEDICTO CEA AYALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 725-2014 del Juzgado de lo Social nº 2 DE MÓSTOLES

, se presentó demanda por DOÑA Marta contra AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES, en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en DIEZ DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la acción de despido ejercitada por Marta debo absolver y absuelvo al AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES de las pretensiones contra él dirigidas".

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

" PRIMERO.- Marta en fecha 14 de febrero de 2006, celebró contrato administrativo (contrato menor de servicio) con el AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES. En dicho contrato se comprometía a prestar trabajos de apoyo a la realización de las distintas actividades programadas en fiestas de Carnaval, fiestas del 2 de mayo, día de las regiones y fiestas de distritos para el año 2006, con estricta sujeción al plan de trabajo del departamento de festejos de la Concejalía de Participación Ciudadana y Distritos. El periodo de duración del contrato se fijó de 15 de febrero a 30 de junio de 2006. Se fijó un precio de 9.829,26 euros, pagaderos proporcionalmente a mes vencido, contra factura emitida por la actora previa retención del IRPF.

SEGUNDO

Marta en fecha 5 de septiembre de 2006, celebró contrato administrativo (contrato menor de servicio) con el AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES. En dicho contrato se comprometía a prestar trabajos de apoyo a la producción de diversos programas de festejos con estricta sujeción al plan de trabajo del departamento de festejos de la Concejalía de Participación Ciudadana y Distritos. El periodo de duración del contrato se fijó de 5 de septiembre a 31 de diciembre de 2006. Se fijó un precio de 8.737,12 euros, pagaderos proporcionalmente a mes vencido, contra factura emitida por la actora previa retención del IRPF.

TERCERO

Marta en fecha 8 de febrero de 2007, celebró contrato administrativo (contrato de consultoría y asistencia) con el AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES. En dicho contrato se comprometía a prestar trabajos de apoyo a la producción de diversos programas y actividades a desarrollar por el departamento de festejos con estricta sujeción al pliego de contratación. El periodo de duración del contrato se fijó de 8 de febrero de 2007 al 30 de junio de 2007. Se fijó un precio de 13.105,68 euros, pagaderos proporcionalmente a mes vencido, contra factura emitida por la actora previa retención del IRPF.

CUARTO

Marta en fecha 10 de marzo de 2008, celebró contrato administrativo con el AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES. En dicho contrato se comprometía a prestar trabajos de apoyo a la producción de diversos programas y actividades a desarrollar por el departamento de festejos con estricta sujeción al pliego de contratación. El periodo de duración del contrato se fijó de 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2008. Se fijó un precio de 28.768 euros, pagaderos proporcionalmente a mes vencido, contra factura emitida por la actora previa retención del IRPF. Dicho contrato fue prorrogado para el periodo comprendido entre 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2009.

QUINTO

Marta en fecha 28 de febrero de 2009, celebró contrato administrativo de servicios con el AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES. En dicho contrato se comprometía a prestar trabajos de apoyo a la producción de diversos programas y actividades a desarrollar por el departamento de festejos. El periodo de duración del contrato se fijó de 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2011. Se fijó un precio máximo de 55.320 euros

SEXTO

Marta en fecha 28 de febrero de 2009, celebró contrato administrativo de servicios con el AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES. En dicho contrato se comprometía a prestar trabajos de apoyo a la producción de diversos programas y actividades a desarrollar por el departamento de festejos. El periodo de duración del contrato se fijó de 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2011. Se fijó un precio máximo de 55.320 euros

SÉPTIMO

Marta en fecha 7 de mayo de 2012, celebró contrato administrativo de servicios con el AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES. En dicho contrato se comprometía a prestar trabajos de apoyo a la producción de diversos programas y actividades a desarrollar por el departamento de festejos. El periodo de duración del contrato se fijó en un año con posibilidad de prórroga por periodos no superiores a un año. Se fijó un precio máximo de 26.550 euros

OCTAVO

Marta en fecha 7 de mayo de 2013, acordó con el AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES, la modificación y prórroga del anterior contrato administrativo por el periodo comprendido entre 7 de mayo de 2013 y el 6 de mayo de 2014. En dicho contrato se comprometía a prestar trabajos de apoyo a la producción de diversos programas y actividades a desarrollar por el departamento de festejos de la concejalía de juventud del Ayuntamiento de Móstoles. Se fijó un precio máximo de 25.000 euros.

NOVENO

La trabajadora ha venido girando facturas, contra las cuales el AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES ha abonado los importes coincidentes con lo reflejado en los contratos administrativos celebrados. DÉCIMO.- En fecha 13 de marzo de 2014 la actora presentó reclamación previa al ayuntamiento, solicitando que se declarara que la relación que mantenía con dicho organismo era de naturaleza laboral".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala, habiéndose fijado para votación y fallo el día 3.06.15.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia, desestimatoria de la demanda de despido, por la extinción del último contrato de servicios suscrito, formulada en autos, por considerar, la resolución dictada, que la relación que vinculaba a las partes era de naturaleza administrativa, y no laboral, es recurrida en suplicación por la demandante, Dª Marta, al estimar,...

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