SAP Murcia 236/2005, 1 de Julio de 2005
Ponente | JOSE MANUEL NICOLAS MANZANARES |
ECLI | ES:APMU:2005:1412 |
Número de Recurso | 103/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 236/2005 |
Fecha de Resolución | 1 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
SENTENCIA NUM. 236
Iltmos. Sres.
D. José Manuel Nicolás Manzanares
Presidente
D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas
D. José Joaquín Hervás Ortiz
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, a uno de Julio de dos mil cinco.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal número 992/2004 -Rollo 103/2005-, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número Cinco de Cartagena , entre las partes: como actora la entidad IBERMUTUAMUR Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 274, representada por el Procurador Don Jesús López-Mulet Martínez y dirigida por el Letrado Don Antonio Carrión Molina, y como demandada la compañía ZURICH SEGUROS, S.A., representada por la Procuradora Doña Reyes Azofra Martín y dirigida por el Letrado Don Emilio Azofra Peña. En esta alzada actúa como apelante la demandante y como apelada la demandada, ambas partes con la misma representación y defensa que tenían en la instancia. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don José Manuel Nicolás Manzanares, que expresa la convicción del Tribunal.ANTECE DENTES DE HECHO
Por el Juzgado de Primera Instancia Número Cinco de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el número 992/2004, se dictó sentencia con fecha 2 de diciembre de 2004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la excepción de prescripción de la acción, debo desestimar y desestimo, sin entrar a conocer del fondo del asunto, la demanda presentada por el Procurador D JESÚS LÓPEZ-MULET MARTÍNEZ en nombre y representación de IBERMUTUAMUR Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, contra LA COMPAÑÍA ASEGURADORA ZURICH SEGUROS S.A. representada por la Procuradora Dª REYES AZOFRA MARTÍN, y en consecuencia debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones aducidas en su contra, con expresa imposición de costas a la parte actora".
Contra dicha sentencia, se preparó recurso de apelación por la parte demandante, que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a la parte demandada, emplazándola por diez días para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable, dentro de cuyo término presentó escrito de oposición al recurso, solicitando la confirmación de la sentencia dictada en primera instancia, con expresa condena en costas a la contraparte. Seguidamente, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, fueron remitidos los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 103/2005, que ha quedado para sentencia sin celebración de vista, tras señalarse para el día 21 de junio de 2005 su votación y fallo.
En la tramitación de esta instancia se...
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