SAP Badajoz 82/2004, 15 de Abril de 2004

PonenteJESUS MARIA GOMEZ FLORES
ECLIES:APBA:2004:317
Número de Recurso59/2004
Número de Resolución82/2004
Fecha de Resolución15 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

SENTENCIA N º 82/04 .

PONENTE.............................../

ILMO. SR................................/

D. JESUS MARIA GOMEZ FLORES.

===========================

Recurso Penal núm. 59/2004

Juicio de Faltas núm. 174/2003

Juzgado de Instrucción de Mérida número 4

===============================================

En MERIDA, a quince de abril de dos mil cuatro.

Habiendo visto el Ilmo. Sr. Magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz D. JESUS MARIA GOMEZ FLORES el presente Rollo nº 59/2004, dimanante del Juicio de Faltas nº 174/2003, seguido ante el Juzgado de Instrucción de Mérida número 4, en el que aparece como apelante DON Agustín

, y como apelados EL MINISTERIO FISCAL y DON Juan Manuel .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Sr. Magistrado Juez de Instrucción de Mérida número 4 dictó Sentencia en el Juicio de Faltas núm. 174/2003, de fecha 25 de febrero de 2.004, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"CONDENO a D. Agustín , como autor responsable de una falta contra las personas (coacciones del art. 620.2 a la pena de 15 días multa a razón de una cuota diaria de 6 euros, en total 90 euros. Dicha cantidad deberá ser satisfecha de una sola vez, a salvo de lo que pudiera determinarse en ejecución de sentencia. Si el condenado no la satisficiere voluntariamente o por vía de apremio la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplir en arrestos de fin de semana (art. 53.1 del Código Penal). Asimismo, el condenado deberá indemnizar a DON Juan Manuel con la cantidad de 69 euros, así comoabonar las costas de este juicio."

SEGUNDO

Notificada a las partes la anterior Sentencia, se interpuso contra la misma Recurso de Apelación por el condenado, DON Agustín que fue admitido en ambos efectos, con remisión de los autos del procedimiento a esta Sección, previo traslado del mismo al MINISTERIO FISCAL, y a la contraparte, DON Juan Manuel , quienes se opusieron efectuando las alegaciones que estimaron oportunas.

TERCERO

Comparecidas las partes y recibidos los autos originales, se turnó de ponencia, correspondiendo al Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS MARIA GOMEZ FLORES.

CUARTO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados en la resolución recurrida, que no se reproducen en aras a la brevedad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna el Sr. Agustín la Sentencia del Juzgado de Instrucción de Mérida número 4, que le condenaba como autor de una falta de coacciones, así como a indemnizar al denunciante en el importe de los perjuicios que se habrían causado. Vistas las alegaciones efectuadas, y toda vez que el recurrente interesa su absolución invocando sustancialmente error en la valoración de la prueba efectuada por el Juzgador, deberá partirse de la reiterada doctrina jurisprudencial según la cual, el Juzgador de primer grado goza del " principio de inmediación ", del que se carece en la alzada, lo que le permite apreciar con una mayor inmediatez el desarrollo y resultado de la prueba practicada en el Juicio Oral, máxime cuando ésta queda reducida a la propia declaración de denunciantes, denunciados y testifical aportada, cuya riqueza de matices, por su singular naturaleza, difícilmente puede ser trasladada con el rigor que proporciona su directo examen al acta que al efecto se levanta, única que pudiera ser de utilidad en la alzada,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR