SAP Badajoz 401/1998, 10 de Noviembre de 1998

PonenteENRIQUE MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSA
Número de Recurso552/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución401/1998
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz

SENTENCIA núm. 401/1998

Iltmos. Sres. Magistrados

D. Enrique Martínez Montero de Espinosa

D. Jesús Plata García

D. Rafael Martínez de la Concha y Álvarez del Vayo

En la población de BADAJOZ, a 10 de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los precedentes autos, [«*Juicio Declarativo Ordinario de Cognición núm. 127/98-; Recurso Civil núm. 552/98; Juzgado de Primera Instancia de Zafra-2*»], en virtud de demanda formulada por D. Victor Manuel , representado por el Procurador de los Tribunales DÑA. ISABEL PANIAGUA GARCÍA, defendido por el letrado D. JOAQUÍN MARÍA CARRETERO BERNÁLDEZ seguida contra TRAMASA SUR, S.L representada por el Procurador de los Tribunales D. JESÚS ALONSO HERNÁNDEZ BERROCAL, defendida por el letrado D. ÁNGEL RÍOS GONZÁLEZ sobre responsabilidad derivada del contrato por incumplimiento de obligaciones en el mismo designadas.

«- ANTECEDENTES DE HECHO -»

PRIMERO

En mencionados autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia de Zafra-2, se dicta sentencia de fecha 29/09/1998 , la que contiene el siguiente:

FALLO: Que estimando la demanda promovida por la Procuradora D_ María Isabel Paniagua García, en nombre y representación de D. Victor Manuel , contra la entidad mercantil TRAMASA SUR, S.L., debo condenar y condeno a la entidad demandada a que entregue al actor el tractor que fue objeto del contrato de 25 de noviembre de 1.997, provisto de pala y con todos los elementos y reparaciones que se detallan en el apartado « observaciones» de dicho contrato. Subsidiariamente, y para el supuesto de que la entrega del tractor deviniera imposible, debo condenar y condeno a TRAMASA SUR, S.L. a abonar al demandante la cantidad de CIEN MIL PESETAS ( 100.000 pts.), más el interés de esta suma.SEGUNDO: Debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar al actor la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los da_os y perjuicios causados, que en ningún caso superará la cantidad de 800.000 pts. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.»

Se aceptan, en cuanto son relación de trámites y antecedentes, los de la resolución apelada.

SEGUNDO: Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta Audiencia Provincial, RECURSO DE APELACIÓN por TRAMASA SUR, S.L, representada por el Procurador de los Tribunales Dña. GUADALUPE RUBIO SOLTERO, defendida por el letrado D. ÁNGEL RÍOS GONZÁLEZ admitido en ambos efectos, y en el que la parte, habilitada de Procurador de los Tribunales expuso por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento, dándose seguidamente a los autos, por el Juzgado de primer grado, el trámite dispuesto por el art. 62, 1º, del Decreto de 21 de noviembre de 1952 sobre normas procesales de Justicia Municipal (redacción dada por Ley 10/1992, de 30 de abril, de Medidas Urgentes de Reforma Procesal ), en relación con los arts. 732, 733, 734 y 736 de la Ley de enjuiciamiento Civil con traslado del escrito de Recurso a las demás partes personadas para impugnación y plazo común de CINCO DÍAS, acordándose seguidamente remitir los autos a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes, compareciendo en la alzada, a efectos de impugnación, el apelado D. Victor Manuel , representado por el Procurador de los Tribunales DÑA. ESTHER PÉREZ PAVO, defendido por el letrado D. JOAQUÍN MARÍA CARRETERO BERNÁLDEZ todo lo que fue verificado y, llegados los autos a expresado Tribunal, se forma el rollo de Sala, al que le ha sido asignado el núm. 552/98 de Registro, dándole a la apelación el trámite oportuno, no habiéndose celebrado vista pública y quedando los autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia

Observadas las prescripciones legales de trámite.

VISTOS, siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Enrique Martínez Montero de Espinosa que expresa el parecer unánime de la Sala.

«-

FUNDAMENTOS DE DERECHO -

PRIMERO

La representación procesal de la entidad recurrente solicitó en su escrito de interposición del presente recurso de apelación la revocación de la sentencia de instancia y que en su lugar se dictase otra por la que se acogiese la excepción dilatoria de falta de jurisdicción, o subsidiariamente se estimase parcialmente la demanda y en su consecuencia se condenase a su representada a pagar únicamente la cantidad de 50.000 pesetas y con expresa imposición de las costas al demandante por haber litigado con temeridad y de no ser admitida dicha pretensión que cada parte abone las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad; de otro lado y por la representación procesal de la parte actora se solicitó la confirmación íntegra de la resolución impugnada por estimar que la misma se...

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