ATS, 10 de Junio de 2015

PonenteLUCIANO VARELA CASTRO
ECLIES:TS:2015:5722A
Número de Recurso20254/2015
ProcedimientoCUESTION COMPETENCIA
Fecha de Resolución10 de Junio de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Junio de dos mil quince.

HECHOS

PRIMERO

Con fecha 31 de marzo se recibió en el Registro General del Tribunal Supremo exposición y testimonio de las Diligencias Previas 291/12 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Berga, planteando cuestión de competencia con el de igual clase nº 2 de Murcia, Diligencias Previas 6549/14, acordando por providencia de 6 de abril, formar rollo, designar Ponente al Excmo. Sr. D. Luciano Varela Castro, y el traslado al Ministerio Fiscal.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal por escrito de 29 de abril, dictaminó: "... entendiendo mal planteada la cuestión de competencia, procedería devolver la cuestión al Juzgado de Berga nº 1 para que la planteara conforme a derecho, pero teniendo en cuenta que las actuaciones se iniciaron en el año 2012 y nos encontramos en el año 2015, quizá convendría remitir directamente las actuaciones a los Juzgados de Molina de Segura, con la finalidad de evitar dilaciones innecesarias ".

TERCERO

Por providencia de fecha 26 de mayo se acordó, siguiendo el orden de señalamientos establecido, fijar la audiencia del día 9 de junio para deliberación y resolución, lo que se llevó a efecto.

RAZONAMIENTOS JURíDICOS

PRIMERO

De la exposición y testimonio recibidos se desprende que Berga incoa Diligencias Previas por denuncia de estafa presentada el 20 de agosto de 2012 ante los Mossos dŽEsquadra por Bienvenido actuando como Gerente de la empresa "Silverfox Europe" en ella narra que el denunciado Emiliano , efectuó entre el 22 de mayo de 2012 y 13 de junio de 2012 diferentes compras a la empresa de la que es gerente el denunciante. Que la mercancía adquirida normalmente se enviaba una vez que el cliente remitía los comprobantes bancarios de que había efectuado el pago. Que el Sr. Emiliano efectivamente envió tales comprobantes bancarios que acreditarían que había efectuado el pago de la mercancía, procediendo la empresa SILVERFOX EUROPE, S.L. a su envío a través de Seur a la calle Mayor, 124, de Molina de Segura (Murcia). Que a finales de julio el Jefe de contabilidad de la empresa advirtió que el Sr. Emiliano no había efectuado los ingresos tal y como rezaban los comprobantes, alegando el denunciado que debía de tratarse de un error, comprobándose posteriormente por la empresa a través de la entidad bancaria, que tales comprobantes estaban falsificados. Así Berga por auto de 17/1/14 se inhibe a Murcia. El nº 2 al que por reparto correspondió, por auto de 19/12/14 rechaza la inhibición, al considerar que en todo caso el juzgado competente sería el correspondiente de Molina de Segura. Berga por auto de 17/2/15 plantea a modo de exposición razonada esta cuestión de competencia negativa con Murcia.

SEGUNDO

La cuestión de competencia negativa planteada por Berga está mal planteada, como propugna el Ministerio Fiscal ante esta Sala, pues nos encontraríamos ante un presunto delito de falsedad como medio para cometer una estafa. Falsedad y estafa que se produjeron, al parecer, en Molina de Segura que es de donde se remitieron los justificantes de pago falsos y donde se recibió la mercancía. No obstante ello, Berga a pesar de reconocer que los hechos se produjeron en esa localidad, se inhibe a favor de los Juzgados de Murcia, por ello procede resolver esta cuestión de competencia mal planteada a favor de Berga, al ser ajeno a la misma Molina de Segura, pudiendo en todo caso inhibirse a su favor.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

Declarar mal planteada la cuestión de competencia negativa, y en consecuencia otorgar la misma al planteante, Juzgado de Instrucción nº 1 de Berga (D.Previas 291/12) al que se le notificará esta resolución así como al nº 2 de Murcia (D.Previas 6549/14) y al Ministerio Fiscal.

Así lo acuerdan y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir la presente, de lo que, como Secretaria, certifico.

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