SAP Tarragona, 15 de Septiembre de 2003

PonenteMARIA PAZ PLAZA LOPEZ
ECLIES:APT:2003:1209
Número de Recurso59/2002
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

SENTENCIA Nº

En Tarragona, a quince de septiembre de 2003.

Vista en audiencia pública la causa penal seguida con el número 59/02 dimanante de los autos de Procedimiento Abreviado número 30/00 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Amposta contra Evaristo y Clara mayores de edad, cuyos antecedentes penales no constan, cuyos demás datos y circunstancias obran en autos, en libertad provisional por esta causa, representados por la Procuradora Sra. Sancho Balada y defendidos por el Letrado Sr. Mor Lorente, siendo parte el Ministerio Fiscal en la persona del Ilmo. Sr. Don Xavier Jou, la entidad "LA CAIXA" como acusación particular, representada por el Procurador Sr. Vidal Rocafort, asistidos del Letrado Sr. García Medina y siendo ponente la Ilma. Sra. Doña Mª Paz Plaza López.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 11 de octubre de 2002 se recibieron los autos correspondientes al Procedimiento Abreviado nº 30/2000 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Amposta. Formado Rollo y turnada la ponencia, por auto de 14 de noviembre de 2002 se admitieron las pruebas propuestas. Convocadas las partes para la celebración del Juicio Oral, este tuvo lugar el día 10 de septiembre de 2003.

SEGUNDO

Practicada la prueba, el Ministerio Fiscal elevó en parte a definitivas sus conclusiones provisionales, solicitando la condena de los acusados como autores de un delito de estafa previsto y penado en los artículos 248 y 249 del Código Penal, con la concurrencia de las circunstancias 3ª y 6ª del 250.1, a la pena de un año y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de seis meses con una cuota diaria de seis euros y abono de las costas procesales, debiendo de indemnizar a "La Caixa" en la cantidad de 80.574,24 euros (13.401.933 pesetas) Por el Letrado de la acusación particular se elevaron a definitivas sus conclusiones provisionales, calificando los hechos como constitutivos de un delito continuado de estafa del artículo 248.1 subtipo agravado del artículo 250.1 y del Código Penal, interesando la condena de los acusados comoresponsables en concepto de autores de dichos hechos, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 5 años de prisión y multa de doce meses a razón de 30,05 euros, accesorias y costas, con inclusión de las de la acusación particular. En vía de responsabilidad civil, indemnizarán a la Caixa en la cantidad de 80.574,24 euros , mas los intereses legales que correspondan, con declaración de responsabilidad civil subsidiaria de "Industria Agrícola Also S.A". Por el Letrado de la defensa se elevaron las conclusiones a definitivas interesando la absolución de sus defendidos con todos los pronunciamientos favorables.

TERCERO

En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se declara probado que Evaristo y su esposa Clara , mayores de edad, siendo titulares de la mercantil INDUSTRIA AGRÍCOLA BEL ALSO S.A. y en el desarrollo de su actividad, concertaron diversas operaciones bancarias con La Caixa, entre ellas líneas de descuento al amparo de las cuales se presentaban al cobro recibos que los acusados extendían con cargo a sus clientes, los cuales, dada la duración de las relaciones, eran de conocida solvencia para la entidad, motivo por el cual la misma accedió a concertar una nueva línea de descuento con fecha 5 de noviembre de 1997 para la negociación de letras de cambio y otros efectos mercantiles. Clara , que desarrollaba normalmente labores contables, en su condición de apoderada y de común acuerdo con su esposo, elaboró varios efectos mercantiles, un total de veintiuno, recibos en los que constaban diversos importes, número de cliente y número de factura a favor de la sociedad de la que eran titulares y a cargo de terceros, sin que tales efectos obedecieran a servicios realmente prestados, por lo que los importes que en los mismos se hacían constar eran falsos, no así la identidad de quienes figuraban como clientes, los cuales ya resultaban conocidos para La Caixa dado el largo tiempo de relaciones entre la entidad y los acusados y la normal atención de los recibos por los clientes, los cuales eran habitualmente abonados. Dichos recibos fueron presentados y atendidos por La Caixa de Ahorros y Pensiones de Barcelona, quien efectuó el descuento ingresando las cantidades en la cuenta de la cual tenían ambos acusados poder de disposición, ignorante de la verdadera situación de crisis de la empresa y del carácter ficticio de las operaciones, no existiendo operaciones reales de suministro ni por lo tanto facturas extendidas a cargo de los clientes. Presentados al cobro por la Caixa, los efectos no fueron atendidos en las distintas fechas de vencimiento. Dichos efectos son los siguientes:

- recibo nº 1058 por importe de 1.015.245 pesetas, fecha de expedición 30/09/98 y fecha de vencimiento 30/11/98, correspondiente al cliente nº 3333, nº factura 1058, pagadera en Caja Rural de Valencia nºcuenta 3082 0059 2107 00002355, extendido a nombre de MIFSUD S.L.

- recibo nº1057 por importe de 475.860 pesetas, fecha de expedición 17/09/98 y fecha de vencimiento 30/11/98, correspondiente al cliente nº 315, nº factura 1057, pagadera o domiciliada en Banca Catalana nºcuenta 0015-4147-24-0180000135, contra la entidad COPALME S.C.C.L.

- recibo nº1015 por importe de 211,715 pesetas, fecha de expedición 27/10/98 y fecha de vencimiento 30/11/98, correspondiente al cliente nº 315, nº factura 1015, pagadera o domiciliada en Banca Catalana nºcuenta 0015-4147-24-0180000135, contra la entidad COPALME S.C.C.L.

- recibo nº1172 por importe de 179,782 pesetas, fecha de expedición 4/11/98 y fecha de vencimiento 30/11/98, correspondiente al cliente nº 315, nº factura 1172, pagadera o domiciliada en Banca Catalana nº cuenta 0015-4147-24-0180000135, contra la entidad COPALME S.C.C.L.

- recibo nº1200 por importe de 15,681 pesetas, fecha de expedición 10/11/98 y fecha de vencimiento 30/11/98, correspondiente al cliente nº 315, nº factura 1200, pagadera en Banca Catalana nº cuenta 0015-4147-24-0180000135, contra la entidad COPALME S.C.C.L.

- recibo nº1059 por importe de 435,270 pesetas, con fecha de expedición 15/9/98 y fecha de vencimiento 10/12/98, correspondiente al cliente nº 1132 nº factura 1059, pagadera en Banca Catalana nº cuenta 0199.6988.53.0100077373, a cargo de la entidad PR. AGROP. FABRA SA

- recibo nº1150 por importe de 755,428 pesetas, con fecha de expedición 9/10/98 y fecha de vencimiento 19/12/98, correspondiente al cliente nº 3333 nº factura 1150 pagadera en Caja Rural Valencia nº cuenta 3082 0059 2107 00002355, a cargo de la entidad MIFSUD S.L

- recibo nº1351 por importe de 830,844 pesetas, fecha de expedición 19/10/98 y fecha de vencimiento 20/12/98, correspondiente al cliente nº 250 nº factura 1351 pagadera en Banco Sabadell nº cuenta 00810170 11 00030420 14 a cargo de la entidad HARINAS POLO S.A

- recibo nº1150 por importe de 850,321 pesetas, fecha de expedición 19/10/98 y fecha de vencimiento 25/12/98, correspondiente al cliente nº 1132 nº factura 1150 pagadera en Banca Catalana Credito nº cuenta 0199.6988.53.0100077373, a cargo de la mercantil PR. AGROP. FABRA SA

- recibo nº1152 por importe de 475,200 pesetas, fecha de expedición 19/10/98 y fecha de vencimiento 28/12/98, correspondiente al cliente nº 3333 nº factura 1152 pagadera en Caja Rural de Valencia nºcuenta 3082 0059 2107 00002355, extendido a nombre de MIFSUD S.L.

- recibo nº10050 por importe de 759,298 pesetas, fecha de expedición 27/10/98 y fecha de vencimiento 30/12/98, correspondiente al cliente nº 3333 nº factura 10050 pagadera en Caja Rural de Valencia nºcuenta 3082 0059 2107 00002355, extendido a nombre de MIFSUD S.L.

-recibo nº1098 por importe de 490,274 pesetas, fecha de expedición 2/11/98 y fecha de vencimiento 10/01/99, correspondiente al cliente nº 3333 nº factura 1098 pagadero en Caja Rural de Valencia nºcuenta 3082 0059 2107 00002355, extendido a nombre de MIFSUD S.L.

- recibo 1150 por importe de 490,274 pesetas, fecha de expedición 16/11/98 y fecha de vencimiento 14/01/99, correspondiente al cliente nº 330 nº factura 1150 pagadera en Banc Sabadell 0081 0118 25 0003250028 extendido a nombre de LERIDANA DE PIENSOS S.A

- recibo 1190 por importe de 1.137,299 pesetas, fecha de expedición 16/11/98 y fecha de vencimiento 16/01/99, correspondiente al cliente nº 315 nº factura 1190 pagadera en Banca Catalana 0015-4147-24-0180000135 extendido a nombre de COPALME S.C.C L

- recibo nº 1289 por importe de 425,978 pesetas, fecha de expedición 24/11/98 y fecha de vencimiento 24/01/99 nº factura 1289, nº cliente 292 pagadera en Banco Bilbao Vizcaya nº cuenta 0182 407 96 015003963 extendido a nombre de NANTA S.A

- recibo nº 1119 importe de 810,275 pesetas, fecha de expedición 16/10/98 y fecha de vencimiento 25/01/99 nº factura 1119, nº cliente 1132, pagadera en Banca Catalana de Crédito nº cuenta 0119.6988.53.0100077373 extendido a nombre de PR.AGROP. FABRA S.A

- recibo nº 1099 importe de 225.440 pesetas, fecha de expedición 5/11/98 y fecha de vencimiento 25/01/99 nº factura 1099 , nº cliente 1132, pagadera en Banca Catalana de Crédito nº cuenta 0119.6988.53.0100077373 extendido a nombre de PR.AGROP. FABRA S.A

- recibo nº 1098 importe de 754,497 pesetas, fecha de expedición 5/11/98 y fecha de vencimiento 30/01/99 nº factura 1098 , nº cliente 315 pagadera en Banca Catalana nº cuenta 0015-4147-24-0180000135 extendido a nombre de COPALME S.C.C.L

-recibo nº 1016 importe de 905,478 pesetas, fecha de expedición 27/10/98 y fecha de vencimiento 31/01/99 nº factura 1016, nº de cliente 330, pagadera en Banc Sabadell nº cuenta 0081 0118 25 0003250028 extendido a nombre de LERIDANA DE PIENSOS S.A

- recibo nº 1095 importe...

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