SAP Segovia 9/2006, 16 de Febrero de 2006

PonenteGONZALO CRIADO DEL REY TREMPS
ECLIES:APSG:2006:34
Número de Recurso10/2006
Número de Resolución9/2006
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 9 / 2006

En la ciudad de Segovia a dieciséis de Febrero de dos mil seis.

El Ilustrísimo señor Magistrado de esta Audiencia Provincial don Gonzalo Criado del Rey Tremps, ha visto en grado de apelación contra sentencia, los autos de Juicio de Faltas Nº 346/05 del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Segovia , por muerte por imprudencia, en el que consta como recurrente la Procuradora doña Belén Escorial de Frutos en representación de don Aurelio , asistido por el Letrado doña Carmen Casado Sastre, y por otra la Procuradora doña Belén Escorial de Frutos en representación de ALLIANZ S.A. y de TRANSPORTES FERNÁNDEZ BORREGÓN asistido por el Letrado doña Carmen Casado Sastre y como recurrido la Procuradora doña María Ángeles Llorente Borreguero en representación de doña Marí Trini , doña María Teresa Y don Carlos José , asistido por el Letrado doña Concepción Chacón Travesedo; por otra la Procuradora doña Rebeca Martín Blanco en representación de doña Marí Luz y asistido por el Letrado don Victor Manuel Berjón Roger; y por otra, el Procurador doña Marta Pérez García en representación de Seguros MAPFRE, asistido por el Letrado don Luis Cuesta Albertos, habiendo sido notificado el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Juzgado de Instrucción, con fecha 6 de Octubre de 2005, dictó sentencia 100/05 en el procedimiento de que dimana el presente recurso, cuyo supuesto de HECHOS PROBADOS, es como sigue:

Único.- De la apreciación conjunta de la prueba practicada, resulta probado y así se declara que el día 21 de enero de 2005 a la altura del kilómetro 75,800 de la carretera N-VI (Madrid/La Coruña), término de Navas de San Antonio, produjo un accidente de circulación consistente en la colisión frontal del turismo OpelCalibra matrícula Y-....-IX conducido por Roberto , asegurado en la entidad Mapfre, contra el camión Volvo matrícula ....-RDQ , conducido por Aurelio , propiedad de Transportes Fernández Borregón y asegurado en la entidad ALLIANZ. El accidente se produce como consecuencia de la invasión parcial del carril de circulación del sentido contrario al de su marcha realizado por parte del camión conducido por Aurelio al disponerse a realizar maniobra de giro a la izquierda en el momento en que llegaba el Opel Calibra. Como consecuencia de la colisión falleció el conductor del turismo y el ocupante Jon . Roberto deja viuda y dos hijos, y viven sus padres. Jon deja viuda y dos hijos.

Segundo

Dicha sentencia, en su parte dispositiva, dice así:

"Fallo.- Que debo condenar y condeno a Aurelio , como autor de una falta de muerte por imprudencia del artículo 621.2 del Código Penal , a la pena de multa de un mes con cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas, y tres meses de privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores; y a indemnizar, con responsabilidad civil directa de ALLIANZ y subsidiaria de Transportes Fernández Borregón a las siguientes personas:

A Marí Trini , en la cantidad de 118.322,03 euros, de los que tiene percibidos 46.583,48 euros.

A María Teresa , en la cantidad de 19.720,33 euros, de los que tiene percibidos 7.763,91 euros.

A Carlos José , en la cantidad de 49.300,84 euros, de los que tiene percibidos 19.409,78 euros.

A Marí Luz , en la cantidad de 109.2.72,53 euros, de los que ha percibido 46.583,48 euros.

A Gabino , en la cantidad de 17.856,99 euros, de los que tiene percibidos 7.763,91 euros.

A Inés , en la cantidad de 44.642,49 euros, de los que tiene percibidos 19.709,78 euros.

A Pedro Antonio , en la cantidad de 8.928,50 euros, de los que tiene percibidos 3.881,96 euros.

A Fátima , en la cantidad de 8.928,50 euros, de los que tiene percibidos 3.881,96 euros.

La aseguradora ALLIANZ abonará el recargo del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde la fecha del accidente sobre las cifras pendientes de abonar.

Tercero

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por don Aurelio , CIA. ASEGURADORA ALLIANZ y TRANSPORTES FERNA´NDEZ BORREGON SA, la que fue admitida a trámite, dándose traslado de la misma a las demás partes para que presentaran escrito de adhesión o de impugnación al recurso; transcurrido el plazo señalado se remitieron las actuaciones a esta Sala.

Cuatro.- Recibidos los autos en este Tribunal, registrados y formado rollo, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para dictar la resolución procedente, habiéndose observado en esta segunda instancia las prescripciones legales del procedimiento.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Primero

La sentencia recurrida condena a Aurelio como autor de una falta de imprudencia leve del artículo 621 2 del Código Penal a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de 10 euros y 3 meses de privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores, debiendo indemnizar a los distintos perjudicados en la suma de 376.972,51 euros, declarando la responsabilidad civil directa de Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. y subsidiaria de Transportes Fernández Borregón SL. La representación procesal y la Asistencia Letrada del condenado, Aurelio , así como la de las Responsables Civiles Directa y Subsidiaria, Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. y Transportes Fernández Borregón S.A. interponen recurso de apelación contra la sentencia.

Segundo

El primer y único motivo del Recurso de Apelación presentado por Aurelio se basa en la infracción del principio de la presunción de...

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