STSJ Comunidad de Madrid 219/2015, 30 de Marzo de 2015

PonenteCONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
ECLIES:TSJM:2015:6632
Número de Recurso909/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución219/2015
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2015
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 04 de lo Social Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010Teléfono: 914931953Fax: 91493195934002650

NIG : 28.079.00.4-2012/0015657

Procedimiento Recurso de Suplicación 909/2014

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid Despidos / Ceses en general 1132/2012

Materia : Despido

C.A.

Sentencia número: 219/2015

Ilmos. Sres.

D./Dña. MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ

D./Dña. CONCEPCIÓN R. URESTE GARCÍA

En Madrid, a treinta de marzo de dos mil quince.

Habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 4 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 909/2014, formalizado por el/la letrado D./Dña. Rafael Castrillo Martínez en nombre y representación de EDIFICIOS Y LOCALES, S.A., contra la sentencia de fecha 1 de julio de 2014 dictada por el Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid en sus autos número 1132/2012, seguidos a instancia de D./Dña. Flora frente a la recurrente, SPAIN SELECT SL, D./Dña. Teresa, D./Dña. Delfina, D./Dña. Olga, D./Dña. Asunción, D./Dña. Leonor y D./Dña. María Rosa, en reclamación por Despido, ha sido Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. CONCEPCIÓN R. URESTE GARCÍA .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

La actora Dª Flora ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa EDIFICIOS Y LOCALES, S.A. (en adelante ELOSA) con una antigüedad del 02/11/03, categoría profesional de subgobernanta y con un salario mensual de 1.765,12 # con prorrata pagas extraordinarias.

SEGUNDO

La prestación de servicios para ELOSA se inició el 01/01/09 en la que se pactaron las siguientes cláusulas:

"PRIMERO- El trabajador, que hasta la fecha prestaba sus servicio en la Empresa EXTERNAL OUTSOURCING S.L con la categoría profesional de AUXILIAR DE PISOS, antigüedad 30/10/2005 y contrato Obra y Servicio con jornada de 40h/s queda adscrita a la Compañía EDIFICIOS Y LOCALES S.A. con n° de cta. de Cotización NUM000 .

SEGUNDO

Al pertenecer ahora a la compañía Edificios y Locales S.A. sus pagos se regirán según convenio de Hospedaje de Madrid, siendo a partir del 01.01.09 sus nóminas mensuales con 14 pagas anuales."

TERCERO

Con anterioridad la actora había celebrado a forma sucesivas sendos contratos de trabajo, uno celebrado el 02/11/03, otro el 02/08/04 y un último el 30/10/05, con la empresa EXTERNAL OUTSOURCING, S.L.L

Esos contratos de trabajo fueron suscritos por la actora con la empresa EXTERNAL OUTSOURCING, S.L.L para prestar servicios como limpiadora.

CUARTO

No obstante, el 02/02/09 ELOSA modificó la categoría de la actora a camarera de pisos, y el 03/02/09 le informó que sería la responsable del personal de ELOSA en el Hotel Carlton.

QUINTO

El 27/04/11 las codemandadas SPAIN SELECT SL y ELOSA celebraron un "contrato de prestación de servicios de limpieza" en el que manifestaron lo siguiente:

PRIMERO: Que ELOSA se dedica entre otras actividades a la limpieza, estando facultada para ello por la declaración de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en su epígrafe correspondiente, constituyendo esta actividad un aspecto importante de sus negocios mercantiles.

SEGUNDO: Que SPAIN SELECT necesita de la prestación de dicho servicio para los pisos y apartamentos que gestiona y a tal fin acuerda con ELOSA la realización del contrato de servicios con sujeción a las siguientes estipulaciones:

Además pactaron las siguientes estipulaciones:

PRIMERA: El presente contrato tendrá por objeto la realización de los servicios de limpieza, suministro y entrega de material textil, control de inventario y menaje (ver Anexo V) revisión de mobiliario (ver Anexo IV), reposición de bombillas, entrega kit de limpieza cocina y baño, notificación de incidencias y supervisión general de los servicios según las especificaciones del Anexo 1. Las actividades que, se detallan aquí tienen que considerarse meramente enunciativas, pudiendo existir variación en las mismas según sea la organización del trabajo determinado por ELOSA en cada momento, siempre y cuando no suponga menoscabo en el servicio prestado.

CUARTA: Todo el personal que haya de efectuar los trabajos mencionados, pertenecerán a la plantilla de ELOSA, que a todos los efectos asume con respecto a los mismos el carácter legal de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición, con arreglo a la legislación laboral y social vigente.

Para el comienzo de dicho servicio, ELOSA se compromete a subrogar a cuatro personas contratadas ya por SPAIN SELECT para dicho servicio conservando todos sus derechos y condiciones económicas que hasta la fecha mantenían con SPAIN SELECT. De cualquier forma, se pactará un periodo de prueba de cuatro meses entre ELOSA y SPAIN SELECT para que en caso de desavenencia, la situación lega/laboral de estas cuatro personas se retrotraigan a las condiciones previas a esta subrogación.

QUINTA: Todo el personal que se emplea para realizar el servicio contratado estará debidamente uniformado con el anagrama de SPAIN SELECT y ELOSA. El coste de dicho uniforme correrá por, cuenta y cargo de ELOSA. Asimismo se hace especial mención a la necesidad de que la furgoneta de reparto que utilice el personal de ELOSA vaya rotulada según las indicaciones de SPAIN SELECT. El coste de la rotulación correrá por cuenta y cargo de SPAIN SELECT.

SEXTA: Todos los materiales y útiles de Limpieza necesarios para la realización del la limpieza serán por cuenta y cargo de ELOSA. Por el contrario la maquinaria domestica de cada inmueble (lavavajillas, lavadora, aspiradora,..) el agua, alumbrado y energía eléctrica que se precise para realizar estos trabajos serán por cuenta y cargo de SPAIN SELECT, comprometiéndose ELOSA no hacer uso indebido de los mismos.

En el Anexo I se describen los servicios del siguiente modo

Junto con la entrega de llaves de cada apartamento, ELOSA comprobará el inventario del mobiliario (Anexo IV) y un inventario de equipamiento (Anexo V) de la propiedad que entregará SPAIN SELECT con el objetivo de que conozca en detalle los artículos que hay en la propiedad.

Después de cada limpieza final ELOSA deberá verificar que el inventario de mobiliario y equipamiento se encuentran completos y en perfecto estado y notificarlo a SPAIN SELECT vía su plataforma informática (o vía email). En el caso en el que se encontraran ausencias en el inventario de equipamiento deberá reponerlo en el acto y si hubiera ausencias y/o desperfectos lo deberá notificar del mismo modo acompañándolo de una foto. Esto debe de ser notificado antes de las siguientes 72 horas de la fecha de salida del cliente para que SPAIN SELECT pueda proceder a su reparación o notificación al inquilino.

Asimismo, si se hubiera dejado la vivienda en un estado de suciedad muy alta se enviarán fotos por email a SPAIN SELECT, también esto en un plazo máximo de 72h para poder contactar con el cliente. De no seguir con este procedimiento ELOSA no podrá facturar a SPAIN SELECT cantidad adicional a lo establecido en la lista de precios detallados en el Anexo II.

SPAIN SELECT se compromete a suministrar a ELOSA los productos de bienvenida; kit de cocina, kit de amenities de baño, ropa de cama, toallas, etiquetas adhesivas para papel higiénico, bombillas así como el menaje para reponer de los apartamentos. Lo entregado por SPAIN SELECT a ELOSA lo almacenarán en un almacén proporcionada por ELOSA.

ELOSA se compromete a llevar un control del stock para poder avisar a SPAIN SELECT con tiempo suficiente para poder hacer un pedido antes de quedarse sin stock de cualquier producto. Los pedidos los recogerá ELOSA en el trastero de SPAIN SELECT firmando la hoja de entrega.

SEXTO

La relación de apartamentos asignados a ese contrato (un total de 198 apartamentos) consta en el documento 11 de ELOSA y aquí se tiene por reproducido.

Las tareas llevadas a cabo por el personal de ELOSA en cumplimiento del indicado contrato era básicamente la limpieza de los apartamentos, que podría ser una primera limpieza, un repaso de limpieza o la limpiezas final.

SEPTIMO

En abril de 2011 la actora fue asignada en exclusiva al cumplimiento del anterior contrato.

Las funciones de la actora consistían en la coordinación del equipo de limpiadoras, supervisando y controlando los servicios de limpieza, haciendo los correspondientes pedidos de material de limpieza, atendiendo las quejas de clientes e incluso dando formación a los trabajadores y haciendo entrevistas de trabajo.

OCTAVO

Mediante carta de fecha 27/06/12 la empresa ELOSA comunicó a SPAIN SELECT SL la resolución del anterior contrato en los siguientes términos:

Sirva la presente para comunicarles nuestra intención de resolver el contrato firmado entre Elosa...

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