SAP Madrid 456/2015, 22 de Junio de 2015

PonenteCARLOS FRANCISCO FRAILE COLOMA
ECLIES:APM:2015:8536
Número de Recurso931/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución456/2015
Fecha de Resolución22 de Junio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 7 - 28035

Teléfono: 914934582,914933800

Fax: 914934584

GRUPO DE TRABAJO 2NA

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2014/0013559

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 931/2015

Origen :Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid

Procedimiento Abreviado 275/2009

Apelante: D./Dña. Alberto

Procurador D./Dña. ROSA MARIA MARTINEZ VIRGILI

Letrado D./Dña. SEVERINO MARTINEZ IZQUIERDO

Apelado: D./Dña. Magdalena, D./Dña. Clemente y D./Dña. Felicisimo, D./Dña. Jesús, D./Dña. Caridad, D./Dña. Patricio y D./Dña. MINISTERIO FISCAL

Procurador D./Dña. MANUEL LANCHARES LARRE, Procurador D./Dña. JAIME BRIONES MENDEZ, Procurador D./Dña. JACOBO BORJA RAYON, Procurador D./Dña. MARIA DOLORES HERNANDEZ VERGARA y Procurador D./Dña. ANTONIO ALBALADEJO MARTINEZ

Letrado D./Dña. ISMAEL CLEMENTE CASAS, Letrado D./Dña. JESUS MANUEL MUIÑO TENREIRO y Letrado D./Dña. FRANCISCO ANTONIO SERRANO CABALLERO

SENTENCIA N.º 456/15

MAGISTRADOS/AS:

CARLOS FRAILE COLOMA (ponente)

LUIS CARLOS PELLUZ ROBLES

CARMEN HERRERO PÉREZ

En Madrid, a 22 de junio de 2015.

Visto en segunda instancia ante la Sección Decimoquinta de esta Audiencia Provincial el Procedimiento Abreviado n.º 275/09, procedente del Juzgado de lo Penal n.º 25 de Madrid, seguido por delito administración desleal y apropiación indebida, contra Felicisimo, Clemente, Jesús, Magdalena, Patricio y Caridad, venido a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma, en nombre y representación de Alberto, por la Procuradora de los Tribunales D.ª Rosa Martínez Virgili, contra la sentencia de fecha 31 de enero de 2014 . Han sido partes en la sustanciación del recurso la mencionada apelante y, como apelados, Felicisimo, Clemente, representados por el Procurador de los Tribunales D. Jaime Briones Méndez; Jesús, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jacobo Borja Rayón; Magdalena, representada por el Procurador de los Tribunales D. Manuel Lanchares Larré; Patricio, representado por el Procurador de los Tribunales D. Antonio Albaladejo Martínez; y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal n.º 25 de Madrid, con fecha 31 de enero de 2014, se dictó sentencia cuyos "HECHOS PROBADOS" dicen:

"La entidad mercantil Chalaco SA, con CIF A-78415197, fue constituida el 28 de Enero de 1987, por Arcadio, Daniel y Guillermo, designándose como administrador único a Arcadio .

Desde el año 1988 la sociedad estaba participada al 50 % por Arcadio y Alberto, en virtud de acuerdo de asociación entre ambos, y de venta de acciones del primero al segundo, continuando como administrador único Arcadio, si bien se había estipulado que no podía otorgar apoderamientos a terceros sin consulta y conformidad escrita de Alberto, comprometiéndose a revocar los poderes otorgados previamente.

El cargo de administrador de Arcadio fue otorgado por cinco años, expirando el 28 de Enero de 1992.

En al año 1991, los únicos activos de la referida sociedad estaban constituidos por dos bienes inmuebles, un solar sito en la calle Salvatierra número 3 de Madrid, y un edificio de cuatro plantas registrales y una más en semisótano destinado a garaje aparcamiento con 36 plazas, sito en la calle Labastida s/n (o número 2) de Madrid.

El Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid con fecha 30 de Septiembre de 1998, en la causa registrada con el número 671/97, declaró la disolución de la mercantil Chalaco SA por paralización de los órganos sociales.

La citada resolución adquirió firmeza por sentencia de 21 de Julio de 2001, dictada por la sección 10ª de la AP de Madrid.

El inmueble de la calle Salvatierra número 3 de Madrid fue vendido a la entidad Diode España SA, con CIF A-28873040, el 20 de Julio de 2001, a través de un arrendamiento financiero concertado con Bansabadell Leasing EFC SA.

Impugnado judicialmente por Alberto este contrato, fue desestimada la pretensión de que se declarara la nulidad de la compraventa por sentencia dictada el 30 de Abril de 2009, del Juzgado de Primera Instancia número 72 de Madrid, en la causa registrada con el número 255/03, confirmada en apelación por sentencia de la AP de Madrid, sección 8ª, de 13 de Junio de 2011, desestimándose el recurso de casación el 12 de Noviembre de 2013.

El día 21 de Junio de 1991 se celebra, mediante documento privado, un contrato de compraventa entre Chalaco SA y la mercantil Grufige SL, con CIF B79806010, elevado a público en la misma fecha, que tenía por objeto la mitad del edificio de la calle Labastida de Madrid (plantas 2ª y 3ª y plazas de garaje 19 a 36, ambas incluidas) por un precio de 300 millones de pesetas, más 36 millones de pesetas en concepto de IVA.

El precio se pagó mediante cheque nominativo a favor de Chalaco SA.

En nombre y representación de Chalaco SA intervino Arcadio y en nombre y representación de Grufige SL intervinieron los consejeros delegados mancomunados Felicisimo, nacido el NUM000 -45 en Madrid, con DNI NUM001, mayor de edad y sin antecedentes penales, y Luis Enrique .

El día 21 de Junio de 1991 se celebra mediante documento privado un contrato de arrendamiento entre Chalaco SA y la mercantil Air Conditioning Iberia SA (ACISA), con CIF A78077617, elevado a público en la misma fecha, que tenía por objeto la otra mitad del edificio de la calle Labastida de Madrid (plantas 1ª y 4ª y plazas de garaje 1 a 18, ambas incluidas), por un plazo de 25 años, por una renta anual de 26 millones de pesetas, más 24 millones de pesetas de IVA, haciendo constar que se trataba de un anticipo de renta por ser inamovible la renta, estipulando que no sería devuelto si el arrendamiento se extinguía con anterioridad.

El precio se pagó mediante cheque nominativo a favor de Chalaco SA.

En nombre y representación de Chalaco SA intervino Arcadio y en nombre y representación de Grufige SL intervinieron los consejeros delegados mancomunados Felicisimo y Luis Enrique . En el momento de la celebración de estos contratos, respecto a la mitad del edificio (plantas lª y 4ª y plazas de garaje 1 a 18, ambas incluidas) constaba en el Registro de la Propiedad una anotación preventiva de demanda de 28 de Marzo de 1990, que había sido interpuesta por Alberto contra Chalaco SA en reclamación de cantidad y de reivindicación de dichas fincas, acordándose por el Juzgado de Primera Instancia número 16 de Madrid, en lo autos del procedimiento de mayor cuantía registrados con el número 148/90.

El 27 de Marzo del año 2000 se documentó en escritura pública la compraventa de la mitad del edificio de la calle Labastida s/n de Madrid que estaba sujeto al contrato de arrendamiento (plantas 1ª y 4ª y plazas de garaje 1 a 18, ambas incluidas), por un precio total de 300 millones de pesetas (de los cuales 77.018,19 millones de pesetas los retenía el comprador para hacer frente a la carga hipotecaria que gravaba el inmueble), haciendo constar que el antecedente y la causa era el contrato privado de opción de compra suscrito entre las partes el 21 de Junio de 1991.

En nombre y representación de Chalaco SA, actuando como vendedor intervinieron Patricio, nacido el NUM002 -36 en Avellanosa del Páramo (Burgos), con DNI NUM003, mayor de edad y sin antecedentes penales, hermano de Arcadio, y Caridad, nacida el NUM004 -52 en Cuéllar (Segovia), con DNI NUM005

, mayor de edad y sin antecedentes penales, pareja de Arcadio y madre de sus hijos, y en nombre y representación de la entidad compradora, Ceatres 2000 SL, con CIF B-82528613, intervino el consejero delegado Felicisimo .

Patricio y Caridad actuaron como apoderados mancomunados de Chalaco SA mediante poder otorgado el 29 de Mayo de 1991 otorgado por Daniel y Guillermo que había sido inscrito en el Registro Mercantil (inscripción número 10 de la hoja registral de la entidad).

Daniel y Guillermo habían sido apoderados mancomunadamente para actuar en nombre de Chalaco SA por Arcadio el 6 de Julio de 1987.

La entidad Air Conditioning Iberia SA (ACISA) absorbió por fusión a Grufige SL el 24 de Abril de 1997, y en el año 2000 se escindió, creándose Ceatres 2000 SL.

Del Consejo de Administración de esta sociedad formaban parte, entre otros, Jesús, nacido el NUM006 -30 en Granada, con DNI NUM007 y Clemente, nacido el NUM008 -37 en Fuentelapeña (Zamora), con DNI NUM009, ambos mayores de edad y sin antecedentes penales.

El día 21 de Junio de 1991 se celebra mediante documento privado un contrato de opción de compra entre Chalaco SA y la mercantil Grufige SL que tenía por objeto la mitad del edificio de la calle Labastida s/ n de Madrid que estaba sujeto al contrato de arrendamiento celebrado en la misma fecha (plantas lª y 4ª y plazas de garaje 1 a 18, ambas incluidas), fijándose como plazo para ejercitar el contrato el de 25 años, por un precio de 300 millones de pesetas, estipulando que bastaba para su ejercicio con el requerimiento fehaciente del optante con consignación del precio.

En dicho contrato, en nombre y representación de Chalaco SA intervino Arcadio, y en nombre y representación de Grufige SL intervinieron los consejeros delegados mancomunados Felicisimo y Luis Enrique .

El 20 de Marzo de 2000, la entidad Ceatres 2000 SL, caducada ya la anotación preventiva de demanda derivada de los autos del procedimiento de mayor cuantía registrados con el número 148/90, requirió notarialmente a Chalaco SA para escriturar públicamente la compraventa de la mitad del inmueble sobre el que se había otorgado la opción de compra.

El 27 de Marzo de 2000 se recibió en una cuenta bancaria cuyo titular era Chalaco SA el dinero procedente de la venta referida.

El día 28 de Marzo de 2000 todo el dinero pagado por la compraventa fue transferido por Arcadio a la mercantil Snell Madrid SA.

El 3 de Abril de 2000, Arcadio en nombre de Chalaco SA firma un...

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