SAP Madrid 177/2015, 21 de Mayo de 2015

PonenteJOSE GONZALEZ OLLEROS
ECLIES:APM:2015:8052
Número de Recurso542/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución177/2015
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Decimotercera

C/ Ferraz, 41, Planta 3 - 28008

Tfno.: 914933911

37007740

N.I.G.: 28.079.42.2-2013/0185824

Recurso de Apelación 542/2014

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 97 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 1331/2013

APELANTE: D./Dña. Marcial

PROCURADOR D./Dña. JOSE MIGUEL MARTINEZ-FRESNEDA GAMBRA

APELADO: OBRAS SESEÑA, S.L.

PROCURADOR D./Dña. EULOGIO PANIAGUA GARCIA

SENTENCIA Nº 177/2015

TRIBUNAL QUE LO DICTA

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

Siendo Magistrado Ponente D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

En Madrid, a veintiuno de mayo de dos mil quince. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad y resolución de contrato, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 97 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante D. Marcial, representado por el Procurador D. José Miguel Martínez-Fresneda Gambra y asistido de Letrado cuyo nombre no consta en el escrito de interposición del recurso de apelación, y de otra, como demandadoapelado OBRAS DE SESEÑA, S.L., representado por el Procurador D. Eulogio Paniagua García y asistido del Letrado D. Fernando Pérez-Fontán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 97, de los de Madrid, en fecha treinta de mayo de dos mil catorce, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE ESTIMANDO COMO ESTIMO EN PARTE LA DEMANDA INTERPUESTA POR D. Marcial, REPRESENTADO POR EL PROCURADOR D. JOSÉ MIGUEL MARTÍNEZ FRESNEDA-GAMBRA, CONTRA OBRAS SESEÑA, S.L., REPRESENTADA POR EL PROCURADOR D. EULOGIO PANIAGUA GARCÍA, DEBO DE ACORDAR Y ACUERDO:

  1. - DECLARAR LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EL DÍA 4 DE DICIEMBRE DEL 2003, CONDENANDO A LA DEMANDADA A ESTAR Y PASAR POR ESTA DECLARACIÓN.

  2. - CONDENAR A LA DEMANDADA A PAGAR AL ACTOR LA CANTIDAD DE 13.820,24 EUROS, MÁS INTERESES LEGALES INCREMENTADOS EN DOS PUNTOS DESDE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.

  3. - SIN HACER DECLARACIÓN SOBRE LAS COSTAS CAUSADAS EN ESTA INSTANCIA. .".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha diecisiete de septiembre de 2014 para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veinte de mayo de dos mil quince .

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación del apelante D. Marcial, actor en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de 1ª Instancia nº 97 de Madrid con fecha 30 de mayo de 2.014, estimatoria parcialmente de la demanda de resolución de contrato de compraventa, reclamación de cantidad y reclamación de daños y perjuicios, interpuesta por el referido actor contra la demandada y hoy apelada Obras Seseña S.L., con base en las alegaciones que luego se expondrán.

SEGUNDO

En la demanda iniciadora del procedimiento cuyos hechos recoge acertadamente el fundamento primero de la sentencia recurrida, el actor interesaba: 1º) Que se declarara resuelto el contrato de compraventa de 4 de diciembre de 2.003 suscrito con la demandada sobre el chalet nº NUM000 de la URBANIZACIÓN000 de Seseña que construía la demandada; 2º) Que se condenara a la demandada al reintegro de las cantidades pagadas y de las facturas por las obras realizadas en el mismo por importe total de 25.415,60 euros (5.585,24 euros de facturas por mejoras, 1.800 euros entregados a la firma del contrato, y tres pagos por importe de 6.010,12 euros); 3º) Que se condenara a la demandada al pago de la cantidad de

11.898,21 euros en concepto de indemnización de daños y perjuicios por los incumplimientos contractuales.

La demandada se opuso por las razones que igualmente recoge el F.º J.º primero de la sentencia recurrida, que en resumen eran su conformidad con la petición de resolución del contrato pero con devolución al actor comprador de solo de 5.528,10 euros (equivalente al 40% de las cantidades entregadas que limitaba a 13.820,24 euros, suma de los primeros 1.800 euros, mas dos pagos por importe de 6.010,12 euros), rechazando el resto de las reclamaciones.

El Juzgador de instancia estimó parcialmente la demanda declarando resuelto el contrato y condenando a la demandada a pagar al actor la cantidad de 13.820,24 euros.

TERCERO

En la primera y única de las alegaciones de su recurso el apelante denuncia error en la valoración de la prueba y en la aplicación del derecho sustantivo y de la jurisprudencia en lo referente: 1) a las mejoras introducidas en el chalet, 2) a las consecuencias del incumplimiento de la cláusula penal, y 3) a la aplicación de los intereses solo desde la interposición de la demanda; y muestra su conformidad respecto de la estimación de resolución del contrato y la condena a la demandada al pago de 13.820,24 euros.

Por lo que atañe a las mejoras introducidas sostiene que es patente que la demandada conocía que el...

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