SAP Jaén 185/2015, 4 de Mayo de 2015

PonenteJOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA
ECLIES:APJ:2015:432
Número de Recurso139/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución185/2015
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 185

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. José Antonio Córdoba García

MAGISTRADOS .

D. Rafael Morales Ortega

Dª. María Fernanda García Pérez

En la ciudad de Jaén, a cuatro de Mayo de dos mil quince

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Incidente Concursal seguidos en primera instancia con el nº 125.12 del año 2.009, por el Juzgado de Primera Instancianº 4 y de lo Mercantil de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencianº 139 del año 2015, a instancia de TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, defendida por la Letrada de la Administración de la Seguridad Social Dª. Ángeles de Loma-Ossorio Rubio; contra ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ELECTRONICS DEVICES MANUFACTURER, S.A., defendida por el Letrado D. Diego Montiel Colomo.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Jaén con fecha 16 de Julio de 2014 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda presentada en representación de la TGSS debo declarar que ésta ostenta un crédito contra la masa generado entre 3/09 y 8/11 por importe de 389.119'80 euros, más los que se generen hasta la fecha de sentencia, y que el pago de los créditos contra la masa debe hacerse por el orden de vencimiento, condenando a la administración concursal a su abono por este orden. Y si fuera necesario, por no disponer de dinero para ello, condenar a la administración concursal a reintegrar a la masa lo cobrado en concepto de honorarios para proceder al abono de 6.064,78 euros como crédito contra la masa a favor de la demandante."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por la Tesorería General de la Seguridad Social en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito de oposición por la Administración Concursal Electronics Devices Manufacturer, S.A., remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, con emplazamiento de las partes; turnadas a esta Sección 1ª se formó el rollo correspondiente y personadas las partes quedó señalado para la deliberación, votación y fallo el día 29 de Abril de 2015 en que tuvo lugar, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las normas y formalidades legales.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Córdoba García. ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 4 y de lo Mercantil de Jaén se alzan la representación de la Tesorería General de la Seguridad Social impugnando el pronunciamiento relativo a la fecha de vencimiento de los honorarios del Administrador Concursal, considerando la apelante que la fecha de vencimiento no es la recogida en la Sentencia, el 6-4-2009, fecha de la aceptación del cargo, sino que el vencimiento será el que fija el R.D. 1860/2004 o las fechas que señale el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS 288/2018, 21 de Mayo de 2018
    • España
    • 21 Mayo 2018
    ...Tesorería General de la Seguridad Social, representada por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, contra la sentencia núm. 185/2015, de 4 de mayo, dictada por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Jaén, en el recurso de apelación núm. 139/2015 , dimanante de las actua......
  • ATS, 20 de Diciembre de 2017
    • España
    • 20 Diciembre 2017
    ...contra la sentencia de fecha 4 de mayo de 2015, dictada por la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 139/2015, dimanante del incidente concursal n.º 125.12/2009 del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Mediante diligencia de ordenación s......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR