SAP Valencia 487/2005, 1 de Septiembre de 2005
Ponente | JOSE FRANCISCO BENEYTO GARCIA-ROBLEDO |
ECLI | ES:APV:2005:3796 |
Número de Recurso | 402/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 487/2005 |
Fecha de Resolución | 1 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº 487
SECCIÓN SÉPTIMA
Ilustrísimos Señores Magistrados:
Presidente:
D. José Antonio Lahoz Rodrigo
Magistrados:
Dª. Pilar Cerdán Villalba
D. José F. Beneyto García Robledo
En Valencia a uno de Septiembre de dos mil cinco.
Visto en apelación, por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia y siendo Ponente el Magistrado Emérito D. José F. Beneyto García Robledo, el juicio ordinario nº 264/04 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Torrente y seguido entre partes, sobre reclamación de cantidad por precio demorado de pago y consecutivo a contratos de ejecución de obras (procedimiento dimanante del monitorio 79/2.004 del mismo Juzgado); de una, como demandante- apelante, D. Rodrigo , representado por la Procuradora Dª. Ana Luisa Puchades Castaños y asistido del Letrado D. Fernando Lerma Besó; y, de otra, como demandada-apelada, Dª. María Antonieta , representada por la Procuradora Dª. Gema Martínez Alejos y asistida de la Letrada Dª. María José Garrido Navarro.
En el expresado juicio ordinario, tras oposición de la demandada a la reclamación de la contraparte en el antecedente procedimiento monitorio, se dictó Sentencia en 15 de Febrero último , por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia nº 1 de Torrent; cuya parte dispositiva, literalmente, dice: "Fallo: Que desestimando como desestimo la demanda formulada por la Procuradora Dª. Ana Luisa Puchades Castaños, en nombre y representación de Don Rodrigo , debo de absolver y absuelvo a la demandada Dª. María Antonieta ; con imposición de las costas a la parte actora". Sentencia, notificada en 18 de Febrero .
En 23 de Febrero se presentó escrito, por la representación procesal del demandante, en anuncio y preparación del recurso de apelación que se proponía interponer en contra de la dicha Sentencia.Y concedido, en 25 de Febrero, plazo de veinte días, para interponerlo en forma; resolución, notificada en 1 de Marzo; el escrito de formal interposición del recurso fue presentado en 5 de Abril. Donde se hacían las alegaciones pertinentes en contra de la dicha Sentencia definitiva, y se terminaba suplicando otra que la revocara, para la íntegra estimación de la demanda, y con imposición de las costas a la contraparte.
Acordado, en 11 de Abril, traslado del recurso y por término de diez días, para la eventual oposición al recurso o en propia impugnación de la Sentencia recurrida, en lo que le fuera desfavorable; resolución, notificada en 18 de Abril; en 25 de Mayo se presentó, por la parte demandada, escrito en impugnación del recurso, haciendo las alegaciones pertinentes en apoyo de la Sentencia recurrida, y solicitando su íntegra confirmación, con imposición de las costas a la contraparte.
Acordada, en 25 de Abril, la r emisión de las actuaciones originales a la Audiencia Provincial de Valencia, para la resolución del recurso y, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días; resolución, notificada en 28 de Abril; la remisión de las actuaciones tuvo lugar en 4 de Mayo.
Repartida la apelación a esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial en 9 de Mayo; formado Rollo del recurso; personadas en forma ambas partes en la alzada; y designada Magistrada Ponente; en 20 de Mayo se acordó señalar el subsiguiente día 8 de Junio, para la Deliberación y Fallo del asunto.
En cuya fecha han tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales. Demorada la Sentencia, por consecuencia de la acumulación de asuntos, en fase de decisión, sobre el Magistrado Ponente.
Y tenida que sustituirse en la Ponencia la Magistrada Titular, en su día designada, por el Emérito Sr. José F. Beneyto García Robledo; ante la ausencia de aquélla el día señalado, bajo permiso reglamentario.
No se aceptan los Fundamentos Jurídicos de la Sentencia recurrida, ni la valoración de la prueba; que hubiera sido idónea a la estimación de la oposición formalizada por la Sra. María Antonieta y a la desestimación final de la demanda, cuando (por el contrario) los trabajos efectuados por el albañil D. Rodrigo , reformas en cuarto de aseo y cocina de la vivienda de la demandada en AVENIDA000 NUM000 , puerta NUM001 , de Torrent, con accesorios y ciertos complementos, y en la vivienda, ocupada por los padres de la misma en la misma ciudad, C/. DIRECCION000 NUM002 , puerta NUM003 , hubieran rebasado y ampliamente los treinta mil euros (presupuesto de 20 de Mayo de 2.003, que no de 10 de Julio de 2.003, como dice la Sentencia y por 4.972'42 €, a folios 28-29, expedido por " Alberto ", para D. Rodrigo , por materiales de saneamiento y accesorios, en 10 de Julio de 2.003, ...aunque presupuesto sin identificación de expedidor, correspondiente a aquella firma comercial del Saneamiento, por la índole y detalle de los conceptos especificados y por la referencia inequívoca a " Alberto ", con una tal cantidad, en la Nota de Cálculo a folio 147, presentada por la demandada con su escrito de oposición al procedimiento monitorio previo, como documento 8), y contándose al efecto el de 20 de Mayo de 2.003 (15.660 €, con su
I.V.A.), más los documentos de la oposición aportados en supuesto pago por la Sra. María Antonieta de 325'35€/4.972'42 € ( Alberto )/1.350 € (pulimento de puertas y marcos, de Cornelio , folio 32)/120 € (persiana), ...más, los acompañados a la demanda, suplidos por el demandante y en justificación complementaria de las tres facturas al presente demoradas de pago y por trabajos "extrapresupuestarios" (139'25 € de A. Alberto , 268'55 € de materiales para saneamiento "Manetes", 79'60 € de A. Alberto , 200'84 € de Saneamiento "La Ermita"), ...más los 872'76 € de Cristobal , 300 € de "pulidor", 150 € de moldura/escayola y 120 € de persiana puerta balcón (objeto de la Nota de Cálculo a folio 147 y su suma trasladada, aunque erróneamente, al albarán por 300 € a folio 148 y de fecha 18 de Julio de 2.003, por "pulir suelo en AVENIDA000 NUM000 - NUM001 "),... en total, y como importe de trabajos directos de Rodrigo , o indirectos (para él) de otros profesionales, 30.721'51 € para la demandada (o 23.953'74 €, descontando los
6.767'77 €, por los cuatro conceptos de los documentos acompañados a la oposición al monitorio, ...los dos de Alberto , el del pulimentador Cornelio y el del recibo innominado por 120 €); frente a esos devengos, pagados por la Sra. María Antonieta , en su caso por su compañero Sr. Jorge , y en cuanto al presupuesto inicial de 20 de Mayo, los 14.700€ de los recibos documentos 2 a 5 de la oposición al monitorio, y los
6.624'18 €, por las dos facturas de Alberto (4.972'42 € y 872'76 €), el de 209 € ( Cristobal / Alberto , añadidos al albarán del pulidor a folio 148) y los 300-150-120 €, por pulidor/escayola/persiana, de las menciones incorporadas a la Nota de Cálculo a folio 47, luego incorporados al albarán del folio siguiente, yrepetimos, frente a aquellos devengos, y aún contándose los 325'35 € de A. Alberto (a folio 26, como "factura contado para Don. Jorge ), pagados por...
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