SAP Castellón 311/2000, 16 de Junio de 2000

PonenteFERNANDO MARTINEZ SANZ
ECLIES:APCS:2000:1013
Número de Recurso421/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución311/2000
Fecha de Resolución16 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 311

Ilmos. Sres.

Presidente

Dn. FERNANDO TINTORÉ LOSCOS

Magistrados

Dn. ESTEBAN SOLAZ SOLAZ.

Dn. FERNANDO MARTÍNEZ SANZ

En la Ciudad de Castellón, a dieciséis de junio de dos mil.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día veintiocho de septiembre de mil novecientos noventa y siete por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Castellón en los autos de Juicio ejecutivo seguidos en dicho Juzgado con el número 360/97 . Han sido partes en el recurso, como apelante D. Jose Pablo y Dña. Cristina , representado) por la Procuradora Dña. M Pilar Sanz Yuste y defendidos por el Letrado D. Fernando Badenes-Gasset Ramos y Dña. Judith Nogueroles Mundina.

Es Magistrado Ponente el Sr. Dn. FERNANDO MARTÍNEZ SANZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada literalmente dice "Que estimando la demanda interpuesta por BANCO BILBAO VIZCAYA, S.A. contra Jose Pablo , Cristina debo acordar seguir adelante la ejecución por el importe de 1.933.817 ptas mas intereses y costas calculadas provisionalmente en 900.000 ptas contra dichos demandados hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su producto dar cumplido pago al actor y todo ello con imposición de costas a los demandados ".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de D. Jose Pablo y Dña. Cristina se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación contra la misma, y, admitido a trámiteen ambos efectos, se solicitó y obtuvo por la ejecutante la ejecución provisional de la sentencia al amparo de lo preceptuado en el art. 1476 LEC y mediante Providencia de 29 de noviembre de 1999 se acordó formar pieza separada de ejecución provisional, teniéndose por bastante el aval prestado por la ejecutante, acordándose elevar a la Audiencia los autos para la sustanciación del recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Audiencia, por Providencia de la Sección Primera de 16 de diciembre de 1999 se acordó la formación del presente Rollo y se designó Magistrada Ponente a la Ilma. Sra. De Diego. Mediante Providencia de 17 de mayo de 2000 se señaló para la celebración de la vista el día 23 de mayo del mismo año, al tiempo que se cambiaba la designación de Magistrado ponente por el que lo es de la presente resolución. En el acto de la vista, la apelante pidió la revocación de la sentencia de instancia, dictándose otra en su lugar que acordase la nulidad del juicio ejecutivo, de conformidad con lo solicitado en su escrito de oposición a la ejecución, con imposición de costas a la parte ejecutante

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las formalidades legales, salvo el plazo para resolver.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los Fundamentos de Derecho de la Sentencia impugnada.

PRIMERO

El recurso de apelación tiene su origen en un contrato de préstamo concluido entre los ejecutados hoy apelantes y el ejecutante. Producido el impago de una serie de cuotas, el banco...

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