SAP Córdoba 184/2004, 20 de Abril de 2004

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
ECLIES:APCO:2004:613
Número de Recurso97/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución184/2004
Fecha de Resolución20 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 184

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. Eduardo Baena Ruiz.

Magistrados:

D. Antonio Fernández Carrión.

D. Pedro Roque Villamor Montoro.

APELACION PENAL

Juicio Oral nº 406/2.003

Juzgado Penal nº 4 de Córdoba

Proc. Abreviado nº 58/2.000

Juzgado de Instrucción nº 1 de Córdoba

Rollo nº 97/2.004

En la ciudad de Córdoba a veinte de Abril de dos mil cuatro.

Vistas por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, las diligencias procedentes del Juzgado de lo Penal nº 4 de Córdoba, que ha conocido en fase de Juicio Oral nº 406/2003 el Procedimiento Abreviado nº 58/2000 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Córdoba, por un delito de falsedad y otro de estafa, en razón del recurso de apelación interpuesto por el acusado Ernesto , representado por la Procuradora Sra. Murillo Agudo y asistido por el Letrado Sr. González Palma, contra la sentencia dictada por el mencionado Magistrado Juez de lo Penal, en el que es parte, además, como apelado el Ministerio Fiscal, y Ponente del recurso el Presidente de la Audiencia Iltmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites, por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez de lo Penal nº 4 de Córdoba, se dictó sentencia con fecha 23 de Diciembre de 2.003, en la que constan los siguientes Hechos Probados: "En los últimos días del mes de Abril de 1.999 y en diversas ocasiones, el acusado Ernesto , mayor de edad y con antecedentes penales computables (ejecutoriamente condenado por delitos defalsificación y estafa en sentencias de fecha 21.6.95 y 24.11.97), obrando de común acuerdo y en acción conjunta con otras personas cuya identidad no se ha logrado establecer, se personó en la sucursal de Banesto sita en la calle Claudio Marcelo de esta capital, y manifestando que era el súbdito alemán Marcos , presentando para ello un pasaporte alemán en el que previamente había sustituido la fotografía de su titular por la suya propia, logró cobrar de la ventanilla de dicha entidad financiera al menos dos eurocheques por un importe superior en su globalidad a las 50.000 pts (300 euros)".

Para dicha finalidad también presentó tarjetas de crédito a nombre de dicho súbdito alemán emitidas por la entidad bancaria que había expedido los eurocheques.

Alrededor de las 10'20 horas del día cinco de mayo de 1.999 el acusado fue sorprendido por una dotación policial que había montado un dispositivo cuando pretendía realizar una operación similar, pero en esta ocasión no logró hacerla efectiva por la intervención policial.

Banesto no reclama nada por estos hechos por no haber sido perjudicada, teniendo dicho concepto o carácter la entidad financiera alemana, que no se ha logrado establecer, y que fue la emisora de las tarjetas y los eurocheques".

SEGUNDO

En la expresada sentencia consta el siguiente Fallo: "Que debo CONDENAR Y CONDENO A Ernesto como autor criminalmente responsable de dos delitos en concurso medial del artículo 77-2º del Código Penal, uno de utilización de documento oficial falsificado del artículo 396 en relación con el artículo 392 y los apartados 1º y 3º del número 1 del artículo 390 del Código Penal, y otro de estafa del artículo 249, ambos de carácter continuado del artículo 74, todos del Código Penal, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia del artículo 22-8º del mismo texto legal, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales y pago de las costas procesales, debiendo indemnizar al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR