SAP Granada 783/2010, 26 de Noviembre de 2010
Ponente | PEDRO RAMOS ALMENARA |
ECLI | ES:APGR:2010:2115 |
Número de Recurso | 225/2010 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 783/2010 |
Fecha de Resolución | 26 de Noviembre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
(Sección 2ª)
GRANADA
APELACION PENAL NUM. 225/10.-PROCEDIMIENTO DILIGENCIAS URGENTES Nº 6/10- JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE GRANADA..-JUZGADO DE LO PENAL NUM. 5 DE GRANADA (ROLLO Nº 18/10 ).- La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. relacionados al margen, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente
-SENTENCIA Nº 783- ILTMOS. SRES:
D. José Juan Sáenz Soubrier .
Dª. Mª Aurora González Niño .
D. Pedro Ramos Almenara .
En la ciudad de Granada a veintiséis de noviembre de dos mil diez.- . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Examinado, deliberado y votado en grado de apelación por la sección Segunda de esta Audiencia Provincial, sin necesidad de celebración de vista, el Procedimiento Diligencias Urgentes Nº 6/2010 del Juzgado de lo Penal número 5 de Granada, por un delito de quebrantamiento de condena, siendo parte, además del Ministerio Fiscal, como apelante Germán, representado por la procuradora doña Maria Victoria de Rojas Torres y defendido por la letrada doña Isabel Maria Mira Sirvent; actuando como ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Pedro Ramos Almenara.- - ANTECEDENTES DE HECHO - PRIMERO.- Por el Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal número 5 de los de Granada, se dictó sentencia con fecha 29 de enero de 2010, en la cual se declaran probados los siguientes hechos: "En virtud de sentencia de 28 de enero de dos mil nueve del Juzgado de lo Penal número 6 de Madrid, Germán fue condenado como autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar y un delito de amenazas a la pena de nueve meses de prisión por cada uno de ellos, privación del derecho de tenencia y porte de armas durante tres años y prohibición de comunicar por cualquier medio y acercarse a Adriana a menos de 500 metros de su persona, vivienda, lugar de trabajo u otros que pueda frecuentar durante tres años y costas, prohibiciones de aproximarse y comunicarse oportunamente notificadas a Germán que fue requerido para el cumplimiento de las prohibiciones, con vigencia hasta el 16 de mayo de 2.015, con fecha 27 de mayo e 2.009. Pese a la vigencia de las citadas prohibiciones, Germán y Adriana se desplazaron de común acuerdo a la ciudad de Granada siendo sorprendidos juntos el 5 de enero de 2.010 en el hotel Villa Onidia sito en calle San Antón de Granada"
La parte dispositiva de dicha resolución expresa textualmente: " Que debo condenar y condeno a Don Germán como autor criminalmente responsable de un delito continuado de quebrantamiento de condena, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 6 meses de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante...
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Posible responsabilidad de la víctima
...del delito de quebrantamiento cometido por el obligado se apuntaba ya en la SAP Granada, Sec. 2ª, de 26 de noviembre de 2010 (ROJ SAP GR 2115/2010, Ponente Sr. Ramos Almenara), que no obstante no condenó a la persona protegida por no haberse formulado acusación contra la misma, y se admite ......
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Índice jurisprudencial
...— Auto AP Granada, Sec. 2ª, de 9 de diciembre de 2005 (ROJ AAP GR 875/2005) — SAP Granada, Sec. 2ª, de 26 de noviembre de 2010 (ROJ SAP GR 2115/2010) — Auto AP Granada, Sec. 2ª, nº 71/11, de 11 de febrero de — SAP Granada, Sec. 2ª, de 15 de junio de 2012 (ROJ SAP GR 1089/2012) — Auto AP Gra......