SAN, 13 de Mayo de 2015
Ponente | JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª |
ECLI | ES:AN:2015:1797 |
Número de Recurso | 388/2014 |
A U D I E N C I A N A C I O N A L
Sala de lo Contencioso-Administrativo
SECCIÓN SEXTA
Núm. de Recurso: 0000388 / 2014
Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO
Núm. Registro General: 05145/2014
Demandante: Dª. Leticia
Procurador: D.MIGUEL TORRES ÁLVAREZ
Letrado: D. FELIPE PATIÑO JUNQUERA
Demandado: MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTE
Abogado Del Estado
Ponente IImo. Sr.: D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA
S E N T E N C I A Nº:
IIma. Sra. Presidente:
Dª. BERTA SANTILLAN PEDROSA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. SANTIAGO PABLO SOLDEVILA FRAGOSO
D. FRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS
Dª. ANA ISABEL RESA GÓMEZ
D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA
Madrid, a trece de mayo de dos mil quince.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido Dª. Leticia, representado por el Procurador D. Miguel Torres Álvarez, y asistido por el letrado Sr. D. Felipe Patiño Junquera, contra la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, sobre HOMOLOGACIÓN TITULO siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado de esta Sección, D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA.
La recurrente interpuesto recurso contencioso-administrativo ante esta Audiencia Nacional en fecha 13 de octubre de 2.014 contra la resolución de 8 de julio de 2.014 de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de cualificaciones, por delegación del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, por la que se deniega la solicitud de homologación formulada por la actora del título de Bachelor of Surgery, obtenido en la University of Science Arts and Techonology de Montserrat para que le sea homologado al título español de Licenciado en Medicina.
De dicho recurso, después de admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se dio traslado a la parte recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el suplico la estimación del recurso, anulación del acto impugnado y reanudación del trámite de homologación del título al momento anterior al de la resolución recabando el oportuno dictamen técnico acerca del juicio de equivalencia de la formación cursada por la interesada y exigida en España, declarando la homologación del título.
Presentada la demanda se dio traslado de la misma al Abogado del Estado, con entrega del expediente administrativo, para que la contestara y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones de la parte recurrente y que se confirmara el acto impugnado por ser conforme a Derecho.
Contestada la demanda, y evacuando las partes por escrito y por su orden sus escritos de conclusiones, quedaron los autos conclusos para sentencia, señalándose para votación y fallo el 5 de mayo de 2.015, en el que, efectivamente, se votó y falló.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la resolución de 8 de julio de
2.014 de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de cualificaciones, por delegación del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, por la que se deniega la solicitud de homologación formulada por la actora del título expresado en el antecedente de hecho primero al título español de Licenciado en Medicina.
La resolución impugnada en autos deriva de los siguientes extremos acreditados documentalmente en el expediente administrativo:
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- En fecha 19 de junio de 2.013 la actora solicitó la homologación del título de Bachelor of Surgery, obtenido en la University of Science Arts and Techonology de Montserrat al Grado académico español de Licenciado en Medicina.
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- La actora, de...
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