SAP Valencia 75/2007, 13 de Febrero de 2007
Ponente | VICENTE ORTEGA LLORCA |
ECLI | ES:APV:2007:3723 |
Número de Recurso | 964/2006/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 75/2007 |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª |
75/2007
Audiencia Provincial de Valencia Sección Sexta ROLLO nº 964/2006. SENTENCIA 13 de febrero de 2007
PODER JUDICIAL
Audiencia Provincial de Valencia
Sección Sexta
ROLLO nº 964/2006
SENTENCIA nº 75
Presidente
Don Vicente Ortega Llorca
Magistrada
Doña Eugenia Ferragut Pérez
Magistrado
Don José Francisco Lara Romero
En la ciudad de Valencia, a 13 de febrero de 2007.
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los señores y la señora del margen, ha visto el presente recurso de apelación, interpuesto contra la sentencia de fecha 28 de febrero de 2006, recaída en autos de juicio ordinario nº 3 de 2004, tramitados por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Requena, sobre efectividad de derechos reales inscritos.
Han sido partes en el recurso, como apelante la demandante Dª Paula, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Purificación higuera Luján y defendida por el Letrado Don Cesar Vila Lledó, y como apelados los demandados TELEFÓNICA MOVILES ESPAÑA S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Almudena Llovet Osuna y defendida por la Letrada Dª Pilar Alcalde Capilla, y el AYUNTAMIENTO DE FUENTERROBLES, no comparecido ante este Tribunal.
Es ponente don Vicente Ortega Llorca, quien expresa el parecer del Tribunal.
La parte dispositiva de la sentencia apelada dice:
>
La defensa de la actora interpuso recurso de apelación, alegando, en síntesis, que goza de título de dominio inscrito, cuya correspondencia con la realidad física resulta de la certificación gráfica y descriptiva del Catastro, y que circunda dos pretendidas parcelas catastradas a favor del Ayuntamiento de Fuenterrobles (n° NUM007 y NUM008 ).
Dichos artificios catastrales ni siquiera lindan con el camino que queda su norte, sino en todos sus puntos cardinales con la de la recurrente, que incluye dichas supuestas parcelas del Ayuntamiento, por haber autorizado en su día la instalación de depósitos de agua municipales en su finca, sin que se reclame por el uso para dicho fin, sino sólo por la porción de terreno ocupada por la antena de telefonía móvil, que se encuentra vallada dentro de otro de mayor perímetro en la supuesta parcela catastral n° NUM007.
Conforme al art. 38 de la Ley Hipotecaria, la cuestión es por virtud de qué titulo se posee por los demandados las parcelas catastrales, y porqué hay una antena de telefonía móvil en la parcela NUM007, si el título de dominio de la recurrente aparece justificado, la realidad física y jurídica coincide con la registral, y se cumplen los requisitos jurisprudencialmente exigidos en orden a la prosperabilidad de la acción ejercitada, título e identificación de la finca extremo acreditado además por el informe del maestro de obras D. Juan Alberto, y la certificación descriptiva y gráfica de nuestra parcela, y por las fotografías.
Ni siquiera se ha desvirtuado la presunción hipotecaria de veracidad, pues la falta de identificación de la pretendida "vereda" que los demandados esgrimen como argumento legitimador de su posesión, no puede prevalecer ante la justificada titularidad dominical de mi mandante sobre su parcela y la plena identificación de la misma. Resultando que por el Norte de ésta y lindando con éste, se ubica el CAMINO, que tiene como antecedente la denominada SENDA DE LAS CUEVAS.
Yerra la valoración probatoria del Juzgador se ha limitado a una ponderación sesgada de las declaraciones de los testigos propuestos por los demandados, que no resultan esclarecedoras, prescindiendo de la prueba documental de mi parte, y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Pontevedra 309/2011, 21 de Julio de 2011
...DE DERECHOS REALES INSCRIPTOS. Como recuerda S. AP Valencia (Secc. 6ª) 13.2.2007, dicho procedimiento tiene por finalidad que el titular inscrito del dominio de un inmueble o derecho real que implique posesión pueda conseguirla con fundamento en el principio de legitimación registral (art. ......
-
SAP Alicante 589/2019, 8 de Noviembre de 2019
...(Sección 1ª) de 1 de marzo del 2012, que expone: " Para resolver comenzaremos destacando que, como señala la sentencia de la AP de Valencia (Secc. 6ª) de 13.2.2007, el procedimiento del art. 41 de la LH, para la efectividad de los derechos reales inscritos, regulado en la actualidad en la L......
-
SAP Tarragona 114/2012, 1 de Marzo de 2012
...en apelación, por lo que el recurso debe ser inadmitido. Para resolver comenzaremos destacando que, como señala la sentencia de la AP de Valencia (Secc. 6ª) de 13.2.2007, el procedimiento del art. 41 de la LH, para la efectividad de los derechos reales inscritos, regulado en la actualidad e......