SAP Valencia 75/2007, 13 de Febrero de 2007

PonenteVICENTE ORTEGA LLORCA
ECLIES:APV:2007:3723
Número de Recurso964/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución75/2007
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

75/2007

Audiencia Provincial de Valencia Sección Sexta ROLLO nº 964/2006. SENTENCIA 13 de febrero de 2007

PODER JUDICIAL

Audiencia Provincial de Valencia

Sección Sexta

ROLLO nº 964/2006

SENTENCIA nº 75

Presidente

Don Vicente Ortega Llorca

Magistrada

Doña Eugenia Ferragut Pérez

Magistrado

Don José Francisco Lara Romero

En la ciudad de Valencia, a 13 de febrero de 2007.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los señores y la señora del margen, ha visto el presente recurso de apelación, interpuesto contra la sentencia de fecha 28 de febrero de 2006, recaída en autos de juicio ordinario nº 3 de 2004, tramitados por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Requena, sobre efectividad de derechos reales inscritos.

Han sido partes en el recurso, como apelante la demandante Dª Paula, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Purificación higuera Luján y defendida por el Letrado Don Cesar Vila Lledó, y como apelados los demandados TELEFÓNICA MOVILES ESPAÑA S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Almudena Llovet Osuna y defendida por la Letrada Dª Pilar Alcalde Capilla, y el AYUNTAMIENTO DE FUENTERROBLES, no comparecido ante este Tribunal.

Es ponente don Vicente Ortega Llorca, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada dice:

>

SEGUNDO

La defensa de la actora interpuso recurso de apelación, alegando, en síntesis, que goza de título de dominio inscrito, cuya correspondencia con la realidad física resulta de la certificación gráfica y descriptiva del Catastro, y que circunda dos pretendidas parcelas catastradas a favor del Ayuntamiento de Fuenterrobles (n° NUM007 y NUM008 ).

Dichos artificios catastrales ni siquiera lindan con el camino que queda su norte, sino en todos sus puntos cardinales con la de la recurrente, que incluye dichas supuestas parcelas del Ayuntamiento, por haber autorizado en su día la instalación de depósitos de agua municipales en su finca, sin que se reclame por el uso para dicho fin, sino sólo por la porción de terreno ocupada por la antena de telefonía móvil, que se encuentra vallada dentro de otro de mayor perímetro en la supuesta parcela catastral n° NUM007.

Conforme al art. 38 de la Ley Hipotecaria, la cuestión es por virtud de qué titulo se posee por los demandados las parcelas catastrales, y porqué hay una antena de telefonía móvil en la parcela NUM007, si el título de dominio de la recurrente aparece justificado, la realidad física y jurídica coincide con la registral, y se cumplen los requisitos jurisprudencialmente exigidos en orden a la prosperabilidad de la acción ejercitada, título e identificación de la finca extremo acreditado además por el informe del maestro de obras D. Juan Alberto, y la certificación descriptiva y gráfica de nuestra parcela, y por las fotografías.

Ni siquiera se ha desvirtuado la presunción hipotecaria de veracidad, pues la falta de identificación de la pretendida "vereda" que los demandados esgrimen como argumento legitimador de su posesión, no puede prevalecer ante la justificada titularidad dominical de mi mandante sobre su parcela y la plena identificación de la misma. Resultando que por el Norte de ésta y lindando con éste, se ubica el CAMINO, que tiene como antecedente la denominada SENDA DE LAS CUEVAS.

Yerra la valoración probatoria del Juzgador se ha limitado a una ponderación sesgada de las declaraciones de los testigos propuestos por los demandados, que no resultan esclarecedoras, prescindiendo de la prueba documental de mi parte, y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Pontevedra 309/2011, 21 de Julio de 2011
    • España
    • 21 Julio 2011
    ...DE DERECHOS REALES INSCRIPTOS. Como recuerda S. AP Valencia (Secc. 6ª) 13.2.2007, dicho procedimiento tiene por finalidad que el titular inscrito del dominio de un inmueble o derecho real que implique posesión pueda conseguirla con fundamento en el principio de legitimación registral (art. ......
  • SAP Alicante 589/2019, 8 de Noviembre de 2019
    • España
    • 8 Noviembre 2019
    ...(Sección 1ª) de 1 de marzo del 2012, que expone: " Para resolver comenzaremos destacando que, como señala la sentencia de la AP de Valencia (Secc. 6ª) de 13.2.2007, el procedimiento del art. 41 de la LH, para la efectividad de los derechos reales inscritos, regulado en la actualidad en la L......
  • SAP Tarragona 114/2012, 1 de Marzo de 2012
    • España
    • 1 Marzo 2012
    ...en apelación, por lo que el recurso debe ser inadmitido. Para resolver comenzaremos destacando que, como señala la sentencia de la AP de Valencia (Secc. 6ª) de 13.2.2007, el procedimiento del art. 41 de la LH, para la efectividad de los derechos reales inscritos, regulado en la actualidad e......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR