STSJ Comunidad Valenciana 825/2008, 28 de Julio de 2008

PonenteMIGUEL ANGEL OLARTE MADERO
ECLIES:TSJCV:2008:4356
Número de Recurso958/2004/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución825/2008
Fecha de Resolución28 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 825/08

En el recurso contencioso administrativo nº 958/04, interpuesto por Doña Sofía , representada por el Procurador Don José Joaquín Pastor Abad y defendida por el Letrado Don Carlos Reverter Ramos, contra la resolución de fecha 28 de junio de 2004 del Ministerio de Medio Ambiente, que desestima recurso de alzada formulado contra resolución de 10 de marzo de 2004 de la Demarcación de Costas, por el que se le daba a la recurrente un plazo de 15 días para solicitar la legalización mediante la obtención de una concesión, de una vivienda ubicada en dominio publico marítimo terrestre, C/ DIRECCION000 nº NUM000 de Torre Sal, Cabanes (Castellón).

.

Han sido partes en los autos, como demandada la Administración del Estado, defendida por el Abogado del Estado; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida, e imposición de costas.

SEGUNDO

Por las partes demandada, se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite, quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 23 de julio de 2008.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Costas del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente de 28 de junio de 2004, que desestima recurso de alzada formulado contra resolución de 10 de marzo de 2004 de la Demarcación de Costas, por el que se le daba a la recurrente un plazo de 15 días para solicitar la legalización mediante la obtención de una concesión, de una vivienda ubicada en dominio publico marítimo terrestre, C/ DIRECCION000 nº NUM000 de Torre Sal, Cabanes (Castellón).

Se fundamenta la resolución administrativa en que el actor recurre la iniciación del un expediente de legalización mediante la obtención de una concesión para una vivienda que ocupa sin titulo dominio publico marítimo terrestre, sin argumentar motivo invalidante del mismo, limitándose a verificar alegaciones tendentes a acreditar que procedería la concesión, lo que hace devenir insostenible su pretensión.

.

SEGUNDO

El actor fundamenta su pretensión en base a dos argumentos: Uno, que no es procedente exigir la concesión y por tanto la iniciación del expediente por cuanto que la vivienda de su propiedad ya se encontraba sita en tal lugar antes de producirse el deslinde de los terrenos marítimo terrestre, aprobado por Orden Ministerial de 28 de febrero de 1975, como lo acredita su escritura de compraventa de 9 de febrero de 1968, la cual fue debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad, no siéndole de aplicación la L 22/88 de 28 de julio, de Costas, que exigía obtener titulo habilitante (concesión) para la ocupación de dominio publico marítimo terrestre, en virtud de la Disposición Transitoria Tercera apartado 3 y Cuarta de dicha Ley , y de la Disposición Transitoria Duodécima del RD 1471/89 de 1 de diciembre, que aprueba el Reglamento General de Costas , al incardinarse su caso dentro del art 6.3 de la L 28/69 de 26 de abril, sobre Costas. Dos .-.que no solo la vivienda del actor se encuentra en la situación relatada, sino también odas las viviendas sitas en la misma calle DIRECCION000 y en otras calles del poblado marítimo Torre la Sal, como se acredita por el informe obrante al folio 6 del expediente administrativo, del Jefe del Servicio Provincial de Costas de Castellón, implicando la resolución administrativa una discriminación contra él en relación con los restantes propietarios, implicando una desviación de poder, citando en su apoyo la sentencia del TS de 30 de marzo de 1998 .

La administración demandada mantiene la conformidad a derecho del acto administrativo recurrido en virtud de lo que dispone el ...

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