ATS, 13 de Mayo de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso414/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a trece de Mayo de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la mercantil "Instituto Santiago Dexeus S.L.P." y de D. Severiano presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 4 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª), en el rollo de apelación n.º 261/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 350/2010 del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Barcelona.

  2. - La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.

  3. - Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora Dª. Montserrat Sorribes Calle, en nombre y representación de "Instituto Santiago Dexeus S.L.P." y de D. Severiano , como parte recurrente y el procurador D. Aníbal Bordallo Huidobro en nombre y representación de "Consultorio Dexeus S.A.P." y la "Fundacio Santiago Dexeus Font", como parte recurrida. La parte recurrida se ha opuesto a la admisibilidad del recurso.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D.Francisco Marin Castan

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto, al justificarse los presupuestos legales que determinan el acceso al recurso, sin perjuicio de su examen en cuanto al fondo.

  2. - Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala.

  3. - De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la mercantil "Instituto Santiago Dexeus S.L.P." y de D. Severiano contra la sentencia dictada, el día 4 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª), en el rollo de apelación n.º 261/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 350/2010 del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Barcelona.

  2. Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .

Frente a este auto no cabe interponer recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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