STSJ Navarra 342/2011, 18 de Julio de 2011

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2011:1145
Número de Recurso113/2011
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución342/2011
Fecha de Resolución18 de Julio de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA DE APELACIÓN 342/2011

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE,

D. JOAQUÍN GALVE SAURAS

MAGISTRADOS,

D. MIGUEL ÁNGEL ABÁRZUZA GIL

D. ANTONIO RUBIO PÉREZ

En Pamplona, a dieciocho de julio de dos mil once.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, el presente rollo de apelaciónnúm. 113/2011 formado para la sustanciación del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia núm. 366/2010, de 15 de diciembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Núm. 1 de Pamplona en el Procedimiento Abreviado núm. 286/2009, por la que se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra Resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de fecha 27 de mayo de 2009, que desestima el recurso de alzada interpuesto frente a Resolución de la Delegación del Gobierno en Navarra por virtud de la cual se deniega solicitud de renovación de la autorización de residencia y de trabajo. Siendo partes: como apelante, D. Onesimo, representado por el Procurador D. RICARDO BELTRÁN GARCÍA y dirigido por el Letrado D. JUAN BAUTISTA LARRÁYOZ PÉREZ ; y como apelada, la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

, representada y dirigida por la ABOGACÍA DEL ESTADO, venimos en resolver en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 15 de diciembre de 2010 se dictó la Sentencia núm. 366/2010, de 15 de diciembre, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Núm. 1 de Pamplona, cuyo fallo contiene el tenor literal siguiente: " Que debo desestimar como desestimo el presente Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por el Letrado Sr. Larráyoz Pérez, en nombre y representación de D. Onesimo, contra la actuación administrativa referenciada, y debo declarar y declaro que la Resolución del Ministerio de Trabajo e Inmigración de fecha 27 de mayo de 2009, objeto del presente recurso contencioso administrativo, es conforme a Derecho, por lo que se confirma; sin costas ".

SEGUNDO

Por la parte actora se ejercitó recurso de apelación en el que solicitaba su estimación con revocación de la sentencia apelada y, al que se dio el trámite legalmente establecido.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala y formado el correspondiente rollo, tras las actuaciones legalmente prevenidas, se señaló para votación y fallo el pasado día 5 de julio.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia apelada confirma la actuación administrativa que denegó a la recurrente y apelante la renovación de la autorización de residencia. Reproduciendo, en definitiva, los fundamentos expuestos en la demanda, se alega en la apelación:

  1. - Infracción del procedimiento administrativo.

  2. - Insuficiencia del informe en el que se basa la denegación.

  3. - Existencia de hijos menores.

Los analizaremos separadamente.

SEGUNDO

En cuanto a la infracción del procedimiento se sustenta la misma en el hecho de que habiéndose aportado al expediente administrativo dos informes gubernativos solo del primero se dio traslado al expedientado y no del segundo que fue a la postre en el que vino a sustentarse la resolución definitiva denegatoria de la renovación.

El hecho es indiscutible por constatado. En efecto, consta en el expediente administrativo...

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