STSJ Castilla y León , 30 de Abril de 2015

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2015:1799
Número de Recurso498/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución30 de Abril de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00767/2015

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983413204-208

Fax: 983.25.42.04

NIG: 47186 44 4 2013 0003297

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000498 /2015

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000787 /2013

Sobre: DESEMPLEO

RECURRENTE/S D/ña Virtudes

ABOGADO/A: REINHARD FRANCISCO JOSE KONIG

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL-MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION

ABOGADO/A: ABOGACÍA DEL ESTADO VALLADOLID

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Ilmos. Sres.: Recurso 498/15

D. Gabriel Coullaut Ariño

Presidente de la Sala

D. Manuel Mª Benito López

D. Juan José Casas Nombela /

En Valladolid a treinta de abril de dos mil quince

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 498/15 interpuesto por Dª Virtudes contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 4 de Valladolid de fecha 23 de diciembre de 2014, recaída en autos nº 787/13, seguidos a virtud de demanda promovida por precitada recurrente contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SPEE), sobre DESEMPLEO, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.

ANTECEDENTES DE HECHO
primero

Con fecha 4-7-13, procedente de reparto, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social 4 de

Valladolid demanda formulada por Dª Virtudes en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia desestimando referida demanda.

Segundo

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "PRIMERO.- La actora, Dña. Virtudes, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000, que venía percibiendo prestación contributiva de desempleo en virtud de Resolución del SPEE de 19.07.2012 (período reconocido del 19.07.2012 al

08.11.2013, con una base reguladora diaria de 40,79 #), prestó servicios en la mañana del 31.07.2012, sobre las 10:00 horas, por cuenta y orden de LUIS Y PABLO INDUSTRIAL, S.L., dedicada a la actividad económica de confección de ropa de trabajo, confeccionando una prenda de trabajo con una máquina de coser, al igual que el resto de trabajadores presentes en el taller, sito en la Avda. de los Álamos de La Cistérniga (Valladolid), siendo objeto de una visita por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ese mismo día, a las 11:30 horas. La actora no había comunicado a la Oficina de Empleo tal circunstancia, ni tampoco la empresa le había dado de alta en la Seguridad Social. SEGUNDO.- Por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se levantó el 11.10.2012 el Acta de Infracción nº NUM001, en la que se propone la imposición a la actora, como autora de una infracción muy grave del artículo 26.2 de la LISOS, la sanción de extinción de la prestación o subsidio por desempleo desde el 31.07.2012 y devolución de las cantidades indebidamente percibidas, en su caso (obrante a los folios 48 a 49 vuelto, que se da aquí por íntegramente reproducida). TERCERO.-Por Resolución del SPEE de 02.04.2013 se acordó, con base en los hechos reflejados en la anterior Acta, imponerle a la demandante la sanción de extinción [de la prestación de desempleo que tenía reconocida] desde el 31.07.2012, sin perjuicio del reintegro de las cantidades indebidamente percibidas (folios 40 a 41, por reproducidos). Interpuesta reclamación previa...

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