ATS, 22 de Abril de 2015

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
Número de Recurso1422/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución22 de Abril de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Abril de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de DOÑA Miriam , DON Eduardo , DON Ignacio , DON Obdulio Y DON Jose Carlos presentó escrito con fecha de 9 de marzo de 2014 interponiendo recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 4 de abril de 2014 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª), en el rollo de apelación nº 306/2013 , dimanante del juicio ordinario nº 932/2010 del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 16 de mayo de 2014 se procedió al emplazamiento de las partes ante la Sala Primera del Tribunal Supremo con remisión de las actuaciones.

  3. - Por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de DOÑA Miriam , DON Eduardo , DON Ignacio , DON Obdulio Y DON Jose Carlos , presentó escrito con fecha de 27 de mayo de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por la Procuradora Doña Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld, en nombre y representación de SUMINISTROS PLÁSTICOS EUROPEOS, S.A., presentó escrito con fecha de 13 de junio de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Eduardo Baena Ruiz

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de DOÑA Miriam , DON Eduardo , DON Ignacio , DON Obdulio Y DON Jose Carlos al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por DOÑA Miriam , DON Eduardo , DON Ignacio , DON Obdulio Y DON Jose Carlos contra la sentencia dictada con fecha de 4 de abril de 2014 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª), en el rollo de apelación nº 306/2013 , dimanante del juicio ordinario nº 932/2010 del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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