SAP Zaragoza 153/2015, 31 de Marzo de 2015

PonenteMARIA ELIA MATA ALBERT
ECLIES:APZ:2015:632
Número de Recurso80/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución153/2015
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00153/2015

SENTENCIA NUMERO: 153/2015

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente

D. JULIAN CARLOS ARQUE BESCOS

Magistrados

D. FRANCISCO ACIN GAROS

Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

En Zaragoza, a treinta y uno de marzo de dos mil quince.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Segunda, de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 951/2011, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 16 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el RECURSO DE APELACION (LECN) 80/2015, en los que aparece como parte apelante D. Santiago, representado por la Procuradora de los tribunales Dª BEATRIZ FERNANDEZ HERNANDEZ y asistido por el Letrado D. EDUARDO PINILLA ALQUEZAR, y como parte apelada Dª Elsa, representada por la Procuradora de los tribunales Dª ELENA GUARDIA BAÑARES y asistida por el Letrado D. ALEJANDRO BAS BAYOD, ha sido parte el MINISTERIO FISCAL; en cuyos autos, con fecha 28 de octubre de 2014, recayó Sentencia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que debo estimar parcialmente la pretensión de modificación de medidas, deducida por la Procuradora Sra. Fernández Hernández en nombre y representación de D. Santiago Procuradora Sra. Guardia Bañeres y en su virtud se procede a adoptar las siguientes: 1) La guarda y custodia de la menor Vania se mantendrá en la madre Dª Elsa, siendo la autoridad familiar compartida con el padre.- 2) El régimen de visitas y comunicaciones será el siguiente, atendiendo al calendario escolar francés: las vacaciones de otoño, las de carnaval y las de primavera serán disfrutadas en su integridad por el padre Sr. Santiago, en las fecha indicadas en el citado calendario así como en aquellas otras que puedan establecerse en cursos escolares posteriores.- La recogida de la menor se efectuará por el Sr. Santiago en el día siguiente al último día lectivo antes del periodo vacacional correspondiente, en el domicilio materno; y la entrega de aquella dentro de las 36 horas anteriores a la reanudación del curso escolar se hará por el padre en el punto de encuentro familiar de Zaragoza, para que sea recogida por la madre y la traslade a Toulon.- Cada progenitor hará de satisfacer el importe del viaje de la niña que le corresponda hacer.- En cuanto al periodo vacacional de Navidad se distribuirá en dos periodos, según el calendario escolar francés: el primero del 20 al 27 de diciembre y el segundo del 28 de diciembre al 4 de enero, (o los que resultaran equivalentes en cursos escolares posteriores si hubiera un cambio) alternándose los progenitores en ellos cada año, de forma que un año sea el padre quien tenga a la hija el primer periodo y otro año la madre.- Se establece así que los años impares el padre tendrá a la niña el primer periodo y la madre el segundo y los pares viceversa.- Por lo que se refiere a las vacaciones de verano, que comprenden desde el 4 de Julio hasta el 31 de Agosto, estas se distribuyen también en dos periodos, del 4 de Julio al 1 de Agosto y del 2 de Agosto al 31 de Agosto.- La alternancia entre los progenitores será la misma que la establecida para las vacaciones de Navidad, primer periodo para el padre los años impares y la madre...

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