ATS, 15 de Abril de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso453/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución15 de Abril de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Abril de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de BANCO DE SANTANDER (antes BANESTO), con fecha 31 de enero de 2014 se ha interpuesto recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 19 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 2ª), en el rollo de apelación nº 258/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 340/2012 del Juzgado de Primera Instancia 1 de Alcalá la Real.

  2. - Por Diligencia de ordenación de fecha 5 de febrero de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora Dª Cayetana de Zulueta Luschinger, en nombre y representación de BANCO DE SANTANDER presentó escrito ante esta Sala con fecha 18 de febrero de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. La Procuradora Dª Lydia Leiva Cavero, en nombre y representación de la SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA NUESTRA SEÑORA DE LOS REMEDIOS, presentó escrito ante esta Sala con fecha 21 de marzo de 2014 personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de BANCO DE SANTANDER, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC 2000 . También procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 y en el art. 473 de la LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación y del recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR TANTO EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL COMO EL DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de BANCO DE SANTANDER contra la Sentencia dictada, en fecha 19 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 2ª), en el rollo de apelación nº 258/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 340/2012 del Juzgado de Primera Instancia 1 de Alcalá la Real.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación y del recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 y con el art. 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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