SAP León 132/2015, 10 de Marzo de 2015

PonenteCARLOS JAVIER ALVAREZ FERNANDEZ
ECLIES:APLE:2015:226
Número de Recurso62/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución132/2015
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

SENTENCIA: 00132/2015

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Teléfono:

SE0100

N.I.G.: 24089 77 2 2014 0106654

R.APELACION ST MENORES 0000062 /2015

Delito/falta: RESISTENCIA/GRAVE DESOBEDIENCIA A AUTORIDAD/AGENTE

Denunciante/querellante: Melchor

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª JOSE LUIS PEREZ VECINO

Contra: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

SENTENCIA Nº 132/2015.

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.- Presidente.

D. CARLOS JAVIER ALVAREZ FERNANDEZ.- Magistrado.

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado.

En León, a diez de Marzo de 2.015.

La Audiencia Provincial de León ha visto en grado de apelación, con celebración de vista pública, el presente Expediente nº 139/2014, dimanante del Juzgado de Menores de León, por delito de resistencia y falta de lesiones, seguido contra el menor DON Melchor, siendo partes, como apelante dicho menor, asistido del Letrado Don José Luis Pérez Vecino, y parte apelada el MINISTERIO FISCAL, y Ponente el Magistrado Don CARLOS JAVIER ALVAREZ FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE MENORES de LEON, con fecha 24 de Noviembre de 2.014, dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso, cuyo relato de hechos probados, que se acepta íntegramente, es del tenor siguiente: "PROBADO Y ASI SE DECLARA que sobre las 17,05 horas del día 12 de marzo de 2014, Melchor, que se encontraba en el Centro Comercial " Espacio León", al ser requerido de identificación por Agentes de Policía, ya que se encontraba fugado del Centro de Reforma de menores, Zambrana, emprendió la huida, por lo que fue perseguido por varios agentes, entre ellos el número profesional NUM000, que le dio alcance en un solar próximo, llegando a darle alcance y sujetarlo, cayendo ambos al suelo, sin conseguir finalmente reducirlo, sufriendo el agente lesiones consistentes en " herida en brazo derecho y pierna izquierda con contusión en primer dedo de la mano derecha", de las que curó en 15 días, 5 de ellos con impedimento, sin tratamiento médico, teniendo daños en las gafas y pulsera. En la caída producto del forcejeo Melchor tuvo lesiones en cabeza y pierna, de las que fue atendido médicamente.".-

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

" Declaro al menor Melchor, ya circunstanciado, autor responsable de un delito de resistencia a los agentes de la autoridad en concurso ideal con de una falta de lesiones, ya definidos, y, por ello, le impongo la medida de PERMANENCIA EN DOMICILIO DURANTE 8 FINES DE SEMANA, a razón de 36 horas cada fin de semana.

En vía de responsabilidad civil, condeno al menor Melchor y a sus padres, Juan Carlos y Tomasa a que, conjunta y solidariamente, abonen al agente de policía NUM000 la cantidad total de 600 euros por lesiones, y en la cantidad que se acredite en ejecución de sentencia por el daño en las gafas de sol marca " Prada" de un año de antigüedad y en la pulsera " de actividad" marca FITBIT, de un mes de antigüedad.".

TERCERO

Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por parte de la Defensa del menor DON Melchor, que fue admitido en ambos efectos y, practicados los oportunos traslados a las demás partes, por EL MINISTERIO FISCAL, se mostró oposición al recurso interpuesto y se interesó la confirmación de la sentencia recurrida, tras de lo cual fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde fue señalado el pasado día 2 de Marzo de 2.015, para la vista de apelación que tuvo lugar con asistencia de las partes.

HECHOS PROBADOS

Se admiten y esta Sala hace propios los hechos declarados probados por la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso de apelación la sentencia, de fecha 24 de Noviembre de

2.014, dictada...

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