SAP Asturias 44/2015, 30 de Enero de 2015

PonenteJAVIER DOMINGUEZ BEGEGA
ECLIES:APO:2015:339
Número de Recurso37/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución44/2015
Fecha de Resolución30 de Enero de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

OVIEDO

SENTENCIA: 00044/2015

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OVIEDO

Sección nº 003

ROLLO: 0000037 /2014

SENTENCIA Nº 44/2015

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ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente/a:

D./DÑA. JAVIER DOMÍNGUEZ BEGEGA

Magistrados/as

D./DÑA. ANA ÁLVAREZ RODRÍGUEZ

D./DÑA. VIRGINIA FERNÁNDEZ PÉREZ

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En Oviedo, a treinta de Enero de dos mil quince

Vistas, en juicio oral y público, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial las precedentes diligencias de procedimiento abreviado Nº 16/2014, procedentes del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Mieres, correspondientes al Rollo de Sala Nº 37/14, seguidas por delitos contra la salud pública, blanqueo de capitales, tenencia ilícita de armas, estafa y falsedad contra Demetrio, nacido en Oviedo el día NUM000 de 1972, hijo de Eugenio y Macarena, titular del DNI NUM001 y domicilio en DIRECCION000 Nº NUM002 -Santirso- Mieres, sin constancia de estado profesión ni solvencia, con antecedentes penales no computables, en prisión provisional, habiendo estado privado de libertad desde el 23 de julio de 2013 hasta el 28 de mayo de 2014, y desde el 9 de diciembre de 2014, siendo representado por la Procuradora Dª Ana San Narciso Sosa y defendido por el Letrado Don Roberto Rodríguez Blanco; contra Rosalia, nacida en Guardo -Palencia- el día NUM003 de 1976, hija de Landelino y Zaira, titular del DNI Nº NUM004 y domicilio en DIRECCION000 Nº NUM002 -Santirso_ Mieres, sin constancia de estado, profesión ni solvencia, sin antecedentes penales, en prisión provisional desde el día 9 de diciembre de 2014, estando privada de libertad anteriormente desde el día 23 de julio de 2013 hasta el 27 de enero de 2014, siendo representada por el Procurador D. Ignacio

  1. Sánchez Guinea y defendida por el Letrado Don Alberto Aldecoa Heres, y contra Rodrigo, nacido en Barcelona el día NUM005 de 1968, hijo de Simón y Casilda, titular del DNI Nº NUM006 y domicilio en Pola de Siero, c/ DIRECCION001 Nº NUM007 - NUM008 - NUM009, sin constancia de estado, profesión ni solvencia, sin antecedentes penales, en libertad provisional, siendo representado por el Procurador Don Ernesto Gonzalvo Rodríguez y defendido por la Letrada Doña María Rivero Díaz. Ha sido parte el Ministerio fiscal y Ponente el Iltmo Sr. D. JAVIER DOMÍNGUEZ BEGEGA que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran HECHOS PROBADOS los que a continuación se relacionan:

  1. Ante la sospecha de que los acusados Demetrio, mayor de edad con antecedentes penales no computables para esta causa, y Rosalia, mayor de edad sin antecedentes penales, se pudieran estar dedicando a la venta de droga en la localidad de Mieres, sospechas dimanantes de la recepción por el equipo de la Policía Judicial de la Guardia Civil de quejas e informaciones vecinales en ese sentido, funcionarios de ese equipo establecieron un servicio de vigilancia y control de la vivienda de aquellos, sita en la AVENIDA000 Nº NUM007 - NUM010 de esa localidad de Mieres, comprobando como desde principios del año 2013 accedían al inmueble un número indeterminado de conocidos toxicómanos que permanecían allí entre 5 y 15 minutos para luego salir tras adquirir sustancias estupefacientes en aquella vivienda de los acusados, que se las vendían, y en concreto cocaína. En el curso de las investigaciones se solicitó autorización judicial para la entrada y registro de la vivienda, practicándose la diligencia el día 23 de julio de 2013 con el hallazgo de los siguientes efectos relevantes para la causa: En un cuenco, tres papelinas, una bolsa con siete y otra con 39 papelinas, todas de cocaína que pesaron 31,25 grs, con una riqueza, en cocaína, base del 50,2%. El precio del gramo era de 56 euros. En otros lugares de la vivienda se hallaron, en billetes de diverso valor, un total de veinticuatro mil setecientos setenta euros, y además: -Bastón de madera, ocultando arma blanca, machete de color negro, machete japonés y otro machete, bastón estoque, daga de color negro, consola PSP, cámara de fotos marca NIKON, teléfono móvil marca LG color negro con número de IMEI NUM011, caja comprimidos Rubifén, un reloj de pulsera marca LOTUS, una navaja con empuñadura de color marfil, una tarjeta SIM de la compañía ORANGE, un radiocasette de vehículo marca PIONEER número, una libreta roja con diferentes anotaciones de nombres, cantidades, etc, hallada encima de la misma tabla de planchar donde fue encontrada la droga, una hoja suelta con anotaciones de nombres y diversas cantidades, un radiocasette de coche marca BELSON de color negro, con número BS11914MP3B, dos catanas, una de color negro y otra rojo y negro, un neceser negro con utensilios de limpieza de armas de fuego, reloj plateado marca VICEROY, un bote conteniendo diez cartuchos metálicos de diferente calibre, un bota conteniendo un cartucho de 7,62 milímetros y cuatro cartuchos de fogueo de 8 milímetros, otro bote conteniendo cuatro cartuchos de nueve milímetros y otros cuatro del nueve corto, una hoja con anotaciones de meses, años y cantidades, un lector ultravioleta de billetes, una navaja con margo de marfil, una TABLETE, marca BQ PASCAL 2 de color negro con funda del mismo color, televisor SAMSUNG de 42 pulgadas números de serie VE 46E45300 con el mando a distancia, bolsa alimerka con recortes, bote metálico con monedas de diverso valor, TABLET PC marca SHENEIDER, gps navegador C-220, portátil marca TOSHIBA, una radial marca LUTOOL, ordenador portátil maca SAMSUNG con número de serie, ordenador portátil SONY VAIO con número de serie NUM012 con funda, videocámara.

    Los acusados disponían también de una casa, que estaban rehabilitando, sita en DIRECCION000 Nº NUM002 de Mieres, donde también se realizó una entrada y registro, autorizado por el Juzgado de Instrucción en el mismo Auto que la anterior, interviniéndose una escopeta de dos cañones marca "Ignacio Ugartechea", número de serie NUM013 ; una caja con 15 cartuchos del calibre 12/70; una pistola marca Llama, calibre 9

    m.m parabellum con un cargador vacío; un vehículo Audi A6 matrícula .... BBN, una desbrozadora marca

    Husqvarna modelo 545RX; maletín rojo y negro conteniendo herramientas; dos taladros, Hilti rojo y Dewec de color amarillo; un taladro Black and Decaer; dos motosierras Sthil; un maletín marca METABO; un maletín verde con radial; máquina lavado a presión, Oleo MAC, naranja; dos generadores con el número borrado; furgoneta color blanco Renault Master, matrícula .... CHM ; tres desbrozadotas más, una Kawasaki, una Sthill y una Husqvarna; podadora Black and Decer; un taladro maca RYOBI; un anorak de la Policía Local; tres taladros marca Basche, Black and Decer y Mokita; una sierra de calar marca Bosch; un cortasetos marca Fether Lite, una bomba de agua marca Royppl e inhell; una Rotaflesh marca Bosch; un torno marca Ginhell; rollos de cobre; unos prismáticos negros.

    La escopeta maca "Ignacio Ugartechea" con número de identificación NUM013, se encontraba en correcto estado de funcionamiento.

    La pistola marca "Llama" del calibre 9mm Parabellum, se encuentra en correcto estado de funcionamiento. Su número de identificación se encontraba eliminado.

    Los cartuchos encontrados se encontraban en su totalidad, en correcto estado de funcionamiento, pudiendo ser disparados por cualquier arma de su calibre. El bastón estoque ocupado, el bastón con arma blanca oculta, y los machetes son armas prohibidas, conforme al artículo 4 del Reglamento de armas.

    Demetrio carecía de licencia de armas y de guía de pertenencia para la escopeta y pistola anteriormente citadas.

    Los efectos relacionados habían sido adquiridos por los acusados con las ganancias obtenidas por la venta de cocaína.

  2. Los acusados Demetrio y Rosalia se hallaban desde, al menos, el año 2011 en una situación económica precaria, considerada desde la perspectiva de la obtención de ingresos legítimos y al margen del negocio de venta de droga. Durante el año 2011 Demetrio ingresó como percepciones del trabajo, según la Agencia Tributaria 291 euros; Rosalia ingresaba mensualmente 641,84 euros en concepto de ayudas del Principado de Asturias, y los saldos en las cuentas bancarias de Demetrio eran, a fecha 31 de diciembre, de 3,21 euros; y el saldo de la cuenta de Rosalia, también a 31 de diciembre, fue de 746,90 euros. Durante el año 2012 el saldo de las cuentas de Demetrio, a 31 de diciembre era de 3,51 euros y el de Rosalia, a esa fecha era de 1882,38 euros, figurando como ingresos del trabajo a Demetrio 291 euros. No obstante, sus ganancias por la venta de cocaína eran sustanciales, y con la finalidad de ocultarlas e incrementar su patrimonio integrándolo en el tráfico jurídico, realizaron las siguientes operaciones: En el año 2012 Demetrio adquirió una finca, con referencia catastral NUM014, en el sitio de Santana - Mieres, valorada en 2000 euros; Rosalia adquirió en 2011 una vivienda sita en El Lugar DIRECCION000 Nº NUM002, valorada en 24.500 euros, y, también en 2011 adquirió un terreno agrario sito en el polígono NUM015, parcela NUM016 de Vallón, Mieres. En el año 2012 adquirió un vehículo Audi A6 matrícula .... BBN valorado, aproximadamente, en

    más de diez mil euros; un vehículo Renault Master matrícula .... CHM valorado en 12.000 euros y un vehículo Nissan Primastar matrícula .... WDJ valorado en 18000 euros. En el año 2013 adquirió un Ford Transit, matrícula .... JLC valorado en 18000 euros. Todos los vehículos eran utilizados también por Demetrio .

  3. El acusado Demetrio, para aparentar disponer de ingresos legítimos y, en su momento, obtener el derecho a percibir prestaciones por desempleo, contó con la colaboración del acusado Rodrigo mayor de...

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