SAP León 653/2014, 10 de Diciembre de 2014

PonenteMANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO
ECLIES:APLE:2014:1207
Número de Recurso1153/2014
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución653/2014
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

SENTENCIA: 00653/2014

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de LEON

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Modelo: N54550

N.I.G.: 24089 43 2 2012 0127967

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0001153 /2014

Juzgado procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION.N.5 de LEON

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000236 /2013

RECURRENTE: Cayetano

Letrado/a: MARISOL PÉREZ SANDOVAL

RECURRIDO/A: Héctor, MINISTERIO FISCAL,,

El Ilmo. Sr. Magistrado don MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO, como Tribunal unipersonal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A Núm. 653/2014

En León a diez de diciembre de dos mil catorce.

VISTO el Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción num. 5 de León siendo parte apelante don Cayetano representado por la letrada doña Marisol Pérez Sandoval y como parte apelada el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio de Faltas aludido se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que debo condenar y condeno a Cayetano, como autor criminalmente responsable de una falta de lesiones, a la de pena de DIEZ DÍAS DE LOCALIZACIÓN PERMANENTE, así como al pago de las costas, debiendo satisfacer una indemnización a favor de Héctor, por importe de 700 euros".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación por la representación de don Cayetano en la forma establecida en los arts.795 y 796 de la L.E.Crim ., dándose traslado del escrito al Ministerio Fiscal que lo impugnó en tiempo y forma y solicitó su desestimación.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se aceptan los de la sentencia apelada que literalmente dicen: "El día 25-08-2012, sobre las 00:01 horas, cuando Héctor se encontraba tomando unas cervezas en el Bar Calderón, sito en la Avda Doctor Fleming, de León, como no podía pagarlas, el propietario del mismo, Cayetano, le dio varios puñetazos en la cara.

Como consecuencia de la agresión, y según el informe de sanidad del Médico Forense, Héctor, de 38 años de edad, resultó con lesiones que precisaron de una única asistencia facultativa, sin posterior tratamiento médico o quirúrgico, y tardaron en curar 14 días, que no impeditivo para sus ocupaciones habituales, no restándole ninguna secuela".

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los de la sentencia apelada, y

PRIMERO

ontra la sentencia del juzgado de instrucción que condenó al acusado Cayetano como autor de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Cp recurre en apelación el citado alegando el error en la apreciación de la prueba por parte del la juzgadora a quo y solicitando su libre absolución, negando haber agredido el día de autos al denunciante, Héctor,cuando éste se hallaba en el establecimiento del primero como cliente del mismo. En el juicio oral comparecieron ambos e hicieron manifestaciones opuestas, por cuanto mientras el denunciante...

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