SAP Valladolid 208/2014, 11 de Noviembre de 2014
Ponente | JOSE JAIME SANZ CID |
ECLI | ES:APVA:2014:1196 |
Número de Recurso | 191/2014 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 208/2014 |
Fecha de Resolución | 11 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
VALLADOLID
SENTENCIA: 00208/2014
Rollo: RECURSO DE APELACION, Nº 191/ 2014
S E N T E N C I A Nº 208
Ilmo. Sr. Presidente:
D. JOSE JAIME SANZ CID
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
D. ANGEL MUÑIZ DELGADO
En Valladolid a once de Noviembre de dos mil catorce.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de Juicio Ordinario, nº 0000424 /2013, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 6 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000191 /2014, en los que aparece como parte apelante, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO000, DE CALLE000
, Nº NUM000 DE VALLADOLID, representada por el Procurador de los tribunales, D. Fernando Toribios Fuentes y asistida por el Letrado D. Jesús Lozano Blanco, y como parte apelada, GAS NATURAL SDG, S.A., representada por la Procuradora de los tribunales, Dª. María Henar Sánchez Palomino y asistida por el Letrado
D. Jesús Rodríguez Merino, sobre impugnación de acuerdos comunitarios, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. JOSE JAIME SANZ CID.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 25 de Marzo de 2014, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación de GAS NATURAL SDQ S.A. contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO000, CALLE000 Nº NUM000, VALLADOLID, debo declarar y declaro nulo el acuerdo de la demandada de denegar a la actora las llaves del portal NUM000 de la comunidad, adoptado en la Junta de 24-1-2013, y debo condenar y condeno a la expresada COMUNIDAD demandada a entregar a la actora llave de dicho portal y al pago de las costas."
Notificada a las partes la referida sentencia, por la parte demandada se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación y votación el pasado día cuatro, en que ha tenido lugar lo acordado.
ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.
Se combate por la apelante una serie de irregularidades que observan en el acta del reconocimiento judicial. Dentro de las irregularidades se encuentra la falta de fecha. Se indica la hora, pero no la fecha. Hay que partir de la base de que se realizó en la fecha que fue acordada con anterioridad. Tampoco se especifican las personas que asistieron al acto y que en algún momento del reportaje fotográfico aparecen reflejadas. También parece como si el acta no se hubiera levantado en el mismo momento de efectuarse el reconocimiento. Por un lado sí parece que se levantó en ese momento al haberse hecho de puño y letra, pero por otro lado parece lo contrario al no constar las personas que intervinieron. En cualquier caso y a la vista de la sentencia dictada todas esas cuestiones parecen accesorias toda vez que el Juzgador para su redacción no ha tenido en cuenta el...
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ATS, 28 de Septiembre de 2016
...sentencia dictada, con fecha 11 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Valladolid (Sección 3.ª), en el rollo de apelación n.º 191/2014 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 424/2013 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Mediante diligencia de ordenación de 14 de......