SAP Asturias 362/2014, 20 de Noviembre de 2014

PonenteJOSE MANUEL TERAN LOPEZ
ECLIES:APO:2014:3065
Número de Recurso164/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución362/2014
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7

GIJON

SENTENCIA: 00362/2014

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7 de GIJON

N01250

PZA. DECANO EDUARDO IBASETA, S/N - 2º. 33207 GIJÓN

-Tfno.: 985176944-45 Fax: 985176940

N.I.G. 33076 41 1 2012 0100920

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000164 /2014

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de VILLAVICIOSA

Procedimiento de origen: FAML.GUARD,CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI CONS 0004701 /2012

Recurrente: Alvaro

Procurador: FRANCISCO ROBLEDO TRABANCO

Abogado: CARLOS ALVAREZ-BUYLLA CORES

Recurrido: Celia, MINISTERIO FISCAL MINISTERIO FISCAL

Procurador: JOSE JAVIER CASTRO EDUARTE,

Abogado: GILLERMO CALVO FRANCO,

SENTENCIA Núm. 362/2014.

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE: DON RAFAEL MARTÍN DELPESO GARCÍA

MAGISTRADOS: DOÑA MARÍA PIEDAD LIÉBANA RODRÍGUEZ

DON JOSÉ MANUEL TERÁN LÓPEZ.

En GIJÓN, a veinte de Noviembre de dos mil catorce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en GIJÓN, los Autos de GUARDA, CUSTODIA, VISITAS Y ALIMENTOS nº 4701/2012, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.1 de VILLAVICIOSA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) nº 164/2014, en los que aparece como parte apelante, DON Alvaro

, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. FRANCISCO ROBLEDO TRABANCO, asistido por el Letrado D. CARLOS ÁLVAREZ-BUYLLA CORES, y como parte apelada, DOÑA Celia, representada por el Procurador de los tribunales, Sr. JOSÉ JAVIER CASTRO EDUARTE, asistido por el Letrado D. GILLERMO CALVO FRANCO. Siendo parte el MINISTERIO FISCAL como apelado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Villaviciosa, dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 22 de Enero de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.-Que estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador Sr. Robledo Trabanco, en nombre y representación de Alvaro, contra Celia, debo acordar las siguientes medidas paternofiliales en relación con el menor Nemesio :

- La guarda y custodia del menor se atribuye a la madre, a quien también se atribuye en exclusiva el ejercicio de la patria potestad.

- No ha lugar a la fijación de un régimen de visitas a avor del padre.

- El padre deberá abonarle mensualmente el 20% de sus ingresos, con un mínimo mensual de 120 euros, los cuales habrán de ser ingresados en la cuenta que designe la madre los cinco primeros días de cada mes. Dicha cantidad se actualizará cada uno de enero conforme a las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que en el futuro le sustituya. En principio, dicha ingreso deberá hacerse por retención a practicar por el Centro Penitenciario de Mansilla de las Mulas (León), a quien deberá remitirse el correspondiente oficio, una vez que se conozca la cuenta que designe la madre.

- Sin imposición de costas".

SEGUNDO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de DON Alvaro, se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para la deliberación y votación del presente recurso el día 14 de Octubre de 2014.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JOSÉ MANUEL TERÁN LÓPEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso de guarda, custodia y alimentos de hijo menor no matrimonial, se dictó sentencia en instancia por la que se estimaba parcialmente la demanda planteada por D. Alvaro frente a Dª Celia, acordando a esta última la guarda y custodia del menor y ejercicio en exclusiva de la patria potestad, no haber lugar a la fijación de un régimen de visitas a favor del padre y estableciendo a cargo de D. Alvaro una pensión de alimentos a favor del menor del 20% de sus ingresos mensuales, con un mínimo de 120 euros.

Frente a dicha resolución se formula el recurso por la representación de D. Alvaro solicitando la revocación de la sentencia de instancia en el sentido de fijar un régimen de visitas a favor del padre consistente en dos sábados alternos al mes, durante un periodo de tres horas,...

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