SAP Barcelona 507/2014, 22 de Diciembre de 2014

PonenteFRANCISCO HERRANDO MILLAN
ECLIES:APB:2014:13368
Número de Recurso1028/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución507/2014
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN UNDÉCIMA

ROLLO Nº 1028/2012

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 969/2011

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 SABADELL (ANT.CI-1)

S E N T E N C I A Nº 507

Ilmos. Sres.

Francisco Herrando Millan (Ponente)

Maria del Mar Alonso Martinez

Antonio Gomez Canal

En Barcelona, a veintidos de diciembre de dos mil catorce.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 969/2011 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 1 Sabadell (ant.CI-1), a instancia de Dña. Asunción contra Línea Directa Aseguradora, S.A. y D. Teofilo, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 18 de septiembre de 2012, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda promovida por, DOÑA Asunción, representada por la Procuradora Doña Roser Llonch Trías y asistida del Letrado Don Joan Plans Pa-lomar, contra DON Teofilo y la aseguradora "LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A.",,debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a que abonen al actor la cantidad de 28.980,56 euros, con el interés legal que para la compañía aseguradora es el del art. 20 LCS .

Las costas procesales no se imponen a ninguna de las partes, debiendo abonar cada parte las suyas y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Línea Directa Aseguradora, S.A. y dado el oportuno traslado a las demás partes se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 5 de noviembre de 2014.

CUARTO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo. Magistrado D. Francisco Herrando Millan.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovió la parte actora las presentes actuaciones en reclamación de la indemnización por los daños sufridos en un accidente de tráfico. Admitida a trámite la demanda y emplazados los demandados comparecieron en tiempo y forma contestando a la demanda bajo la misma representación procesal y dirección letrada. Tras los trámites procesales pertinentes se dictó sentencia estimando parcialmente la demanda. Contra la sentencia se alzó la aseguradora.

SEGUNDO

Se admiten y dan por reproducidos los hechos y fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida

TERCERO

El motivo del recurso se centró en el devengo de los intereses moratorios del art. 20 LCS sobre la cantidad a la que fue condenada la aseguradora. Ciertamente tiene razón la parte apelante, en cuanto a la legislación aplicable al supuesto presente. No se puede aplicar la modificación del TR. LRC y SCVM por la

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