STSJ Comunidad Valenciana 4/2014, 27 de Mayo de 2014

PonenteANTONIO FERRER GUTIERREZ
Número de Recurso1/2013
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución4/2014
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CIVIL Y PENAL

VALENCIA

Juicio Oral 1/2013

Rollo de Sala Nº 21/2012

Procedimiento Abreviado 1/2013

Diligencias Previas Nº 3/2012

Dimanante:

Diligencias Previas 1743/2011

Juzgado de Instrucción Nº 21 Valencia

SENTENCIA Nº 4/14

Excma. Sra. Presidenta

Dª. Pilar de la Oliva Marrades

Iltmos. Sres. Magistrados

D. Antonio Ferrer Gutiérrez

D. Juan Climent Barberá

En la Ciudad de Valencia, a veintisiete de mayo de dos mil catorce.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha visto en Juicio Oral y Público la causa instruida ante este Tribunal con el número 3/12, contra:

  1. - D. Victorio Roberto , con DNI NUM000 , nacido el día NUM001 de 1945 en Alcira (Valencia), hijo de Obdulio Ivan y de Emma Herminia , con domicilio en Valencia, CALLE000 nº NUM002 pta. NUM003 - NUM004 , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª PILAR PALOP FOLGADO y dirigido por el Letrado D. JAVIER BOIX REIG.

  2. - D. Ivan Nicanor , con DNI NUM005 , nacido el día NUM006 de 1966 en Tortosa (Tarragona), hijo de Victoriano Evaristo y de Rosa Dulce , con domicilio en Valencia, PLAZA000 NUM003 NUM007 - NUM008 , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª PAZ CONTEL COMENGE y dirigido por el Letrado D. PEDRO NACHER COLOMA.

  3. - D. Leandro Urbano , con DNI NUM009 , nacido el NUM010 de 1969 en Alzira (Valencia), hijo de Maximo Mateo y Berta Pilar , con domicilio en Valencia, CALLE001 nº NUM011 , NUM012 NUM002 , representado por el Procurador de los Tribunales D CARLOS GIL CRUZ y dirigido por el Letrado D. JOSE VICENTE GOMEZ TEJEDOR.

  4. - D. Aquilino Mateo , con DNI NUM013 , nacido el NUM014 de 1955 en Pajaroncillo (Cuenca), hijo de Obdulio Ivan y de Carlota Julieta , con domicilio en Puerto de Sagunto (Valencia), CALLE002 nº NUM001 , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª ROSA SELMA GARCIA FARIA y dirigido por el Letrado D. AMADEO PÉREZ PELLICER.

  5. - Dª Milagros Marcelina , con DNI NUM015 , nacida el día NUM016 de 1962 en Aldaya (Valencia), hija de Mariano Prudencio y de Marcelina Delia , con domicilio en Puerto de Sagunto (Valencia), CALLE002 nº NUM001 , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª ROSA SELMA GARCIA FARIA y dirigida por el Letrado D. AMADEO PÉREZ PELLICER.

  6. - D. Aquilino Serafin , con DNI NUM017 , nacido día NUM018 de 1950 en Tarragona, hijo de Pascual Eusebio y de Paulina Trinidad , con domicilio en Valencia, CALLE003 NUM019 pta. NUM020 , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª MARIA RAMIREZ VAZQUEZ y dirigido por el Letrado D. Obdulio Ivan DE ANTONIO JUESAS.

  7. - D. Marino Saturnino , con DNI NUM021 , nacido el día NUM022 de 1962 en Vinalesa (Valencia), hijo de Estanislao Virgilio y de Leocadia Benita , con domicilio en Vinalesa (Valencia), CALLE004 nº NUM023 , representado por el Procurador de los Tribunales D. ALBERTO MALLEA CATALA y dirigido por el Letrado D. JOSE MIGUEL SANCHEZ VILLAESCUSA.

  8. - D. Bartolome Gustavo , con DNI NUM024 , nacido en Jijona (Alicante) el día NUM025 de 1961, hijo de Adriano Casiano y de Erica Ruth , con domicilio en Picanya (Valencia), CALLE005 nº NUM026 , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª ROCIO CALATAYUD BARONA y dirigido por el Letrado D. JOSÉ CALATAYUD BARONA.

  9. - Dª Amparo Julieta , con DNI NUM027 , nacida el día NUM028 de 1949, hija de Florian Severino y Rosario Luisa , con domicilio en Valencia, CALLE006 NUM029 - NUM030 , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª CARMEN RUEDA ARMENGOL y dirigida por la Letrada Dª ANGELES ESTRELA BOLINCHES.

Todos ellos, salvo D. Aquilino Mateo , sin antecedentes penales y en situación de libertad, excepción hecha de D. Leandro Urbano que permanece en situación de prisión provisional desde el día 23 de febrero de 2012.

Como responsable civil subsidiario la FUNDACION CYES , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª ROSA SELMA GARCIA-FARIA y dirigida por la Letrada Dª ELENA PEREZ PASTOR.

Han sido partes acusadoras, el MINISTERIO FISCAL representada por los ILTMOS. SRS. D. VICENTE MANUEL TORRES CERVERA y D JESUS CARRASCO FERRAN. Como acusación particular la GENERALITAT VALENCIANA dirigida por la ABOGACIA GENERAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA, representada por la Letrada Dª MARIA JOSE RODRIGUEZ BLASCO. Como acusación popular D. Matias Inocencio , representado por la Procuradora Dª PAULA BERNAL COLOMINA y defendido por el Letrado D. ANTONIO PENADES CHUST quien a su vez litiga unido y en dirección de la acusación popular ejercitada en su día por la COORDINADORA VALENCIANA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO y el PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL.

Ha sido Ponente el ILTMO. SR. D. Antonio Ferrer Gutiérrez, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En un total de treinta sesiones celebradas entre el día 7 de enero y el día 14 de marzo de 2014 se celebró ante esta Sala juicio oral y público en la causa instruida por este mismo Tribunal como Procedimiento Abreviado 1/2013, dimanante de las Diligencias Previas Nº 3/2012, que trae causa de la Diligencias Previas 1743/2011 del Juzgado de Instrucción Nº 21 Valencia, que ha dado lugar a la causa aquí registrada como Juicio Oral 1/2013, dimanante del Rollo de esta Sala Nº 21/2012. Practicándose durante el desarrollo de las diferentes sesiones del juicio las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL en sus conclusiones definitivas consideró que los hechos serian constitutivos de los siguientes delitos de los, que tras entender que no concurrían circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, responderían los acusados en la forma que queda expuesta, solicitando en consecuencia su condena en los términos que igualmente se detallan a continuación:

2.1.- D. Victorio Roberto :

- Como autor material de un delito continuado de malversación de caudales públicos, del artículo 432. 2 del Código Penal , en relación con el artículo 74. 1 del mismo cuerpo legal , en concurso ideal, según el artículo 77 del Código Penal , con un delito de tráfico de influencias del artículo 428 del Código Penal , con un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal y con un delito continuado de falsedad en documento oficial del artículo 390.1.1 º y 2º del Código Penal , en relación con el artículo 74 del Código Penal solicita la imposición de la pena 8 años de prisión e inhabilitación absoluta para por tiempo de 18 años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena.

- Como autor de un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal la pena de 9 años de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público.

- Como inductor de un delito continuado de falsedad en documento público y oficial, de los artículos 390.1, 1 º y 2º del Código Penal , en relación con el artículo 74 del mismo cuerpo legal 6 años de prisión, multa de 24 meses, a razón de 60 euros diarios, y 6 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público.

2.2.- Dª Amparo Julieta :

- Como cooperadora necesaria de un delito continuado de malversación de caudales públicos, del artículo 432. 2 del Código Penal , en relación con el artículo 74. 1 del mismo cuerpo legal , en concurso ideal, según el artículo 77 del Código Penal , con un delito de tráfico de influencias del artículo 428 del Código Penal , con un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal y con un delito continuado de falsedad en documento oficial del artículo de los artículos 390.1.1 º y 2º del Código Penal , en relación con el artículo 74 del Código Penal la pena de 7 años y 6 meses de prisión, inhabilitación absoluta para por tiempo de 18 años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena.

- Como autora de un delito continuado de falsedad en documento público y oficial, del artículo 390.1, 1 º y 2º del Código Penal , en relación con el artículo 74 del mismo cuerpo legal la pena de 6 años de prisión, multa de 24 meses, a razón de 20 euros diarios, y 6 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público.

- Como cooperadora necesaria de un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal la pena de 8 años de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público.

2.3.- D. Bartolome Gustavo :

- Como cooperador necesario de un delito continuado de malversación de caudales públicos, del artículo 432. 2 del Código Penal , en relación con el artículo 74. 1 del mismo cuerpo legal , en concurso ideal, según el artículo 77 del Código Penal , con un delito de tráfico de influencias del artículo 428 del Código Penal , con un delito de Prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal y con un delito continuado de falsedad en documento oficial del artículo 390.1.1 º y 2º del Código Penal , en relación con el artículo 74 del Código Penal las penas de 8 años de prisión, inhabilitación absoluta por tiempo de 18 años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena.

2.4.- D....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR