STSJ Comunidad de Madrid 7/2015, 14 de Enero de 2015
Ponente | MANUEL RUIZ PONTONES |
ECLI | ES:TSJM:2015:40 |
Número de Recurso | 497/2014 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 7/2015 |
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social
Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010
Teléfono: 914931969
Fax: 914931957
34002650
NIG : 28.092.44.4-2012/0004155
Procedimiento Recurso de Suplicación 497/2014-T
ORIGEN:
Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles Procedimiento Ordinario 1905/2012
Materia : Materias laborales individuales
Sentencia número: 7/2015
Ilmos. Sres
D. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO
D. MANUEL RUIZ PONTONES
D. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN
En Madrid a catorce de enero de dos mil quince habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación 497/2014, formalizado por el D. Jose Augusto, D. Alfredo, D. Diego
, Dña. Mariola, D. Ignacio, D. Patricio, D. Jose Enrique, D. Alvaro, D. Doroteo, D. Indalecio, D. Pedro, D. Carlos Manuel y Dña. Africa, contra la sentencia de fecha 14 de Febrero de 2014 dictada por el Juzgado de lo Social nº 01 de Mostoles en sus autos número Procedimiento Ordinario 1905/2012, seguidos a instancia de D. Carlos Manuel, D. Pedro, D. Indalecio, D. Doroteo, D. Ignacio, Dña. Mariola, D. Diego, D. Alfredo, D. Jose Augusto, D. Patricio, Dña. Africa, D. Alvaro y D. Jose Enrique frente a PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE FUENLABRADA y NORFEL SPORT SL, en reclamación por Materias laborales individuales, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. MANUEL RUIZ PONTONES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
Los 13 actores han prestado servicios para Norfel Sport S.L. con las categorías, antigüedades y salarios descritos en el hecho primero de la demanda, dando por reproducido su contenido.
El día 30 de Agosto de 2011 la Vicepresidencia del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada dictó Resolución en materia de adjudicación de expediente de contratación, servicio de apoyo al uso deportivo de socorrismo para las piscinas municipales del Patronato Municipal de Deportes, Exp. NUM000 socorristas PA.
El Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada suscribió un contrato administrativo con Norfel Sport S.L. el día 12 de Septiembre de 2011 para el servicio de apoyo deportivo de socorrismo para las piscinas municipales del citado Patronato.
Norfel Sport S.L. adeuda a:
-
) Don Jose Augusto la cantidad de 2.105, 38 euros por el impago de la cantidad de 1.208, 38 euros en concepto de liquidación y finiquito, 71, 50 euros por las horas extras del mes de Junio de 2012 y 825, 50 euros por las horas extras del mes de Julio,
-
) Don Alfredo la cantidad de 1.825, 88 euros por el impago de la cantidad de 1.208, 38 euros en concepto de liquidación y finiquito, 97, 50 euros por las horas extras del mes de Julio y 520 euros por las horas extras del mes de Agosto,
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) Don Diego la cantidad de 2.043, 89 euros por el impago de 1.202, 15 euros en concepto de liquidación y finiquito, 201, 50 euros por las horas extras del mes de Junio de 2012, 364 euros por las horas extras del mes de Julio y 276, 24 euros por las horas extras del mes de Agosto,
-
) Doña Mariola la cantidad de 1.529, 66 euros por el impago de 593, 28 euros en concepto de liquidación y finiquito, 88, 14 euros por las horas extras del mes de Junio, 633, 74 euros por las horas extras del mes de Julio y 214, 50 euros por las horas extras del mes de Agosto,
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) Don Ignacio la cantidad de 1.900, 62 euros por el impago de 1.208, 38 euros en concepto de liquidación y finiquito, 247 euros por las horas extras del mes de Junio, 227, 50 euros por las horas extras del mes de Julio y 217, 74 euros por las horas extras del mes de Agosto,
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) Don Patricio la cantidad de 2.011, 57 euros por el impago de 1.173, 07 euros en concepto de liquidación y finiquito, 312 euros por las horas extras del mes de Junio y 526, 50 euros por las horas extras del mes de Julio,
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) Don Jose Enrique la cantidad de 1.365, 53 euros por el impago de 1.183, 53 euros en concepto de liquidación y finiquito, y 182 euros por las horas extras del mes de Julio de 2012,
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) Don Alvaro la cantidad de 1.595, 12 euros por el impago de 1.208, 38 euros en concepto de liquidación y finiquito, 331, 50 euros por las horas extras del mes de Junio de 2012, 42, 24 euros por las horas extras del mes de Julio, y 13 euros por 1 hora extra del mes de Agosto,
-
) Don Doroteo la cantidad de 2.254, 88 euros por el impago de 1.208, 38 euros en concepto de liquidación y finiquito, 266, 50 euros por las horas extras del mes de Junio de 2012, 338 euros por las horas extras del mes de Julio, y 442 euros por las horas extras del mes de Agosto,
-
) Don Indalecio la cantidad de 1.871, 38 euros por el impago de 1.208, 38 euros en concepto de liquidación y finiquito, 351 euros por las horas extras del mes de Junio de 2012, 6, 50 euros por media hora extra del mes de Julio y 305, 50 euros por las horas extras del mes de Agosto, 11°) Don Pedro la cantidad de 1.783, 76 euros por el impago de 1.205, 26 euros en concepto de liquidación y finiquito, 169 euros por las horas extras del mes de Junio de 2012, 396, 50 euros por las horas extras del mes de Julio y 13 euros por 1 hora extra del mes de Agosto,
-
) Don Carlos Manuel la cantidad de 1.018, 36 euros por el impago de 1.008, 60 euros en concepto de liquidación y finiquito y 9, 76 euros por 0, 75 hora extra del mes de Junio de 2012,
-
) Doña Africa la cantidad de 1.684, 65 euros por el impago de 1.202, 15 euros por la falta de abono de la liquidación y el finiquito, 284, 68 euros por las horas extras del mes de Junio de 2012, 357, 50 euros por las horas extras del mes de Julio y 422, 50 euros por las horas extras del mes de Agosto.
Se presentó la papeleta de conciliación por los actores el día 13 de Noviembre de 2012 ante el SMAC, celebrándose la conciliación sin efecto el día 3 de Diciembre, interponiendo aquéllos la demanda el día 28 de Diciembre de 2012.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:
"ESTIMAR la demanda interpuesta por Don Jose Augusto, Don Alfredo, Don Diego, Doña Mariola, Don Ignacio, Don Patricio, Don Jose Enrique, Don Alvaro, Don Doroteo, Don Indalecio, Don Pedro, Don Carlos Manuel y Doña Africa contra Norfel Sport S.L. y el Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, CONDENANDO a Norfel Sport S.L. y al Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada de forma solidaria a abonar a:
-
) Don Jose Augusto la cantidad de 2.105, 38 euros,
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) Don Alfredo la cantidad de 1.825, 88 euros,
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) Don Diego la cantidad de 2.043, 89 euros,
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) Doña Mariola la cantidad de 1.529, 66 euros,
-
) Don Ignacio la cantidad de 1.900, 62 euros,
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) Don Patricio la cantidad de 2.011, 57 euros,
-
) Don Jose Enrique la cantidad de 1.365, 53 euros,
-
) Don Alvaro la cantidad de 1.595, 12 euros,
-
) Don Doroteo la cantidad de 2.254, 88 euros,
-
) Don Indalecio la cantidad de 1.871, 38 euros,
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) Don Carlos Manuel la cantidad de 1.018,36 euros.
-
) Doña Africa la cantidad de 1.684,65 euros, más el 10% de interés por mora.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas."
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandada PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE FUENLABRADA, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.
Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 14 de Enero de 2015 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes
Frente a la sentencia de instancia que condena solidariamente a Norfel Sport S.L. y al Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada a que abonen a los demandantes las cantidades que se indican en el fallo, la representación letrada del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Fuenlabrada interpone recurso de suplicación formulando tres motivos destinados a la revisión fáctica y a la censura jurídica. El recurso ha sido impugnado. En el primer motivo, al amparo del artículo 193 b) de la LRJS, interesa la revisión del hecho probado tercer proponiendo redacción alternativa en base a los documentos confeccionados a mano obrantes a los folios nº 52 a 70 porque no reconoció los mismos en el acto de juicio, exponiendo que eran los trabajadores quienes debieron acreditar la realización de horas extraordinarias.
Como señala la STS de 7/03/2003, recurso nº 96/2002 :
>>es jurisprudencia reiterada y constante, tanto de la Sala...
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